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La repatriación de menores: la figura legal “anecdótica” que se pretende usar en Ceuta sin medios ni para iniciar los expedientes

Menores marroquíes acuden al juzgado.

Gonzalo Testa

26 de agosto de 2021 21:56 h

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el jefe del Ejecutivo ceutí, Juan Jesús Vivas, se han conjurado para intentar devolver a los cerca de mil menores marroquíes no acompañados que accedieron a Ceuta a mediados de mayo y permanecen en la ciudad acogidos por la administración local o viviendo en la calle. El reto es ciclópeo a la luz de los antecedentes. En Ceuta sólo se ha intentado una vez culminar una repatriación de menores desde la aprobación del Reglamento de Extranjería al que ahora se han comprometido a ceñirse el Gobierno central y el de la ciudad autónoma una vez abortada por orden judicial su intento de devoluciones exprés. Fue hace seis años, con una niña argelina a la que reclamaron sus padres y que acabó quedándose en España ante la negativa a volver de la propia menor y el rechazo a su retorno tanto de la Fiscalía como del Servicio de Protección a la Infancia velando por su interés superior.

Según las memorias anuales de la Fiscalía General del Estado, la repatriación de menores es “una figura jurídica de escasísima aplicación”, “anecdótica”. En 2019, el último ejercicio con datos, solo se llevaron a cabo dos: la de un menor argelino desde Almería y la de otro colombiano desde Toledo. En 2018, tres. El año anterior, cinco. El Ejecutivo central y el de Vivas aspiran ahora a usar ese procedimiento con cientos de niños “lo más rápido posible” y comenzando la casa por el tejado. Para empezar, según las fuentes consultadas por elDiario.es, Ceuta ni siquiera sabe exactamente cuántos menores marroquíes solos siguen en la ciudad de los cerca de 1.100 que llegó a filiar la Policía Nacional en mayo.

Hasta ahora sólo se han realizado pruebas de determinación de edad a “unos 400” y Save The Children únicamente ha tenido tiempo de hacer entrevistas psicosociales individuales a 350 chavales para incorporar al expediente que el Equipo Técnico del Área de Menores ha de elaborar de cada uno de los 900 que se estima que continúan en la ciudad. De los 350 entrevistados por la ONG, una cuarta parte mostró vulnerabilidades extremas por haber sido maltratados o explotados. 

Antes de iniciar formalmente ningún expediente de repatriación, como se ha dado por hecho que hará cuanto antes la delegada del Gobierno, Salvadora Mateos, ésta debe pedir a la embajada de Marruecos a través de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras un informe “de las circunstancias familiares” de cada niño. Si Rabat sólo ve posible que acabe en un centro de protección, L'Entraide Nationale —una institución pública de asistencia social— o la autoridad que corresponda tendría que aportar un compromiso por escrito “de asumir la responsabilidad sobre el menor” en caso de regreso.

“Ese es el primer paso, que como todos los demás no se dio en el procedimiento iniciado el 13 de agosto”, advierten las fuentes jurídicas consultadas por elDiario.es, que recuerdan que desde la ciudad autónoma nunca se ha explorado siquiera la figura de la repatriación al Reino alauita ante la persistente negativa de las instituciones marroquíes a entablar cualquier tipo de contacto con sus homólogos en una ciudad que considera “ocupada”.

“No tenía ningún sentido hacer papeles por hacer, así que las reagrupaciones familiares se gestionaban, en caso de que el menor migrante quisiera volver y su familia que regresase, recibiendo a los progenitores en el Servicio de Protección de la ciudad para, una vez acreditada su relación y certificada la idoneidad del retorno, propiciar su regreso juntos a través de la frontera”, indica personal directamente relacionado con este tipo de procedimientos. Tras las entradas de mayo, el Área de Menores intentó hasta en tres ocasiones hacer lo mismo acompañando a niños hasta la frontera, pero las autoridades marroquíes siempre se negaron a que los técnicos españoles pudieran ver el primer encuentro con sus padres para poder entregárselos.

Sólo cuando la Delegación del Gobierno disponga de los informes marroquíes y de la entidad que tiene la guarda de los menores podrá incoar formalmente, de acuerdo con la legislación española, un procedimiento de repatriación de cada menor plenamente identificado —la cifra de los que ya lo están también es una incógnita— si estima que su interés superior “se satisface con la reagrupación con su familia o su puesta a disposición de los servicios de protección de su país de origen”.

A continuación, el acuerdo debe ser notificado “inmediatamente” y “por escrito” al afectado “en una lengua que le sea comprensible”, a la Fiscalía y al Área de Menores para que durante diez días puedan formular alegaciones. Los mayores de 16 años pueden intervenir en esta fase directamente o a través de otra persona que designen. “Los que no alcanzan esa edad son representados por el Servicio de Protección, aunque a partir de 12 años se considera con carácter general que tienen juicio suficiente y si se oponen a la repatriación deben contar con un defensor judicial”, papel que se suele asignar a abogados del turno de oficio.

Especialización para ejercer la defensa judicial

Disponer de personal con formación adecuada y conocimiento de dariya —el dialecto del árabe que hablan la mayoría de los menores— ha sido una de las dificultades con las que se han encontrado las ONG implicadas en la atención individual a los niños. La carencia se multiplicará si se quiere acelerar esa labor, pero no será la única. Anticipándose, Save The Children y la Fundación La Merced Migraciones han propuesto al Colegio de Abogados de Ceuta impartir un curso de especialización a sus letrados tanto para garantizar asistencia letrada a los niños como para el eventual nombramiento de defensores judiciales.

De acuerdo con la normativa, cuando los argumentos alegados por el niño, su representante legal o defensor judicial o el Área de Menores tienen “relevancia decisiva” para la adopción del acuerdo de retorno se tiene que abrir un periodo de entre 10 y 30 días para la práctica de pruebas. El procedimiento concluye con el trámite de audiencia, en el que una vez aportados los dictámenes de partida y los escritos de conclusiones del Servicio de Protección a la Infancia y la Fiscalía, el menor debe tener la oportunidad de pronunciarse antes de que la delegada resuelva, “de acuerdo con el principio de interés superior del menor”, sobre la repatriación de cada menor o sobre su permanencia en España, decisión que se puede impugnar por la vía contencioso-administrativa con asistencia jurídica gratuita.

El Reglamento de Extranjería estipula que cada expediente debe estar terminado en un plazo máximo de seis meses que se antoja “imposible” de cumplir, a ojos de algunas de las partes que tendrán que estar implicadas por imperativo legal y de observadores directos externos. “Sería factible tramitar un caso en medio año, pero con los medios humanos y materiales disponibles, el número de menores con los que se pretende trabajar y la situación de partida en la que nos encontramos, gestionarlos todos presumiblemente llevará años”, advierten.

Vivas aseguró este miércoles “no estar en condiciones” de “concretar” adónde irán los refuerzos que Sánchez le prometió para olvidar la alternativa de distribuir a los menores entre las demás autonomías, como ha reclamado la Plataforma de Infancia de España para asegurar una acogida digna mientras se gestiona el procedimiento. Es algo inviable en Ceuta sin la colaboración de instituciones como el Ejército o la Iglesia, que se han negado a ceder inmuebles que permitan sacar a los menores del polideportivo y los contenedores con literas en los que se amontonan ahora.

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