Cuando en marzo de 2014 el Gobierno anunció su intención de legalizar las devoluciones en caliente, la avalancha de críticas recibidas por parte de organismos de derechos humanos empujó al Ejecutivo a crear unas oficinas de asilo en los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla. Así, defendía, quienes necesitasen protección, acudirían a estas salas. Quienes saltasen las vallas, decía, “no tendrían derecho a pedir asilo” y serían expulsados de forma inmediata. Pronto se descubrió que su argumentario escondía varias trampas: los subsaharianos no pueden acceder a estas dependencias y, aunque lo hicieran, las devoluciones colectivas siguen estando prohibidas.
Tres años después, en sus primeras declaraciones sobre la condena del Tribunal de Estrasburgo a España por las devoluciones en caliente, el ministro del Interior ha tirado del mismo razonamiento para seguir defendiendo unas prácticas que, según ha concluido la Corte, son ilegales: “Si la intención al saltar el perímetro fuera sencillamente pedir el asilo, no hace falta que lo salten, pueden ir al puesto fronterizo a solicitarla”, ha afirmado Juan Ignacio Zoido este martes en el Senado.
“Creo que debemos distinguir entre quienes quieren entrar de forma irregular y aquellos que quieren hacerlo de forma regular y solicitan el derecho y asilo”, ha insistido el ministro. “En Ceuta y Melilla, el que quiera puede solicitar el derecho de asilo y no tiene que trepar”.
La forma de entrada no importa, dice Acnur
Aunque lo fuera, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) recuerda al Gobierno que “toda persona tiene derecho a pedir asilo en cualquier momento, independientemente de la forma de entrada al país”. He aquí la primera trampa: aunque los potenciales refugiados pudiesen pedir protección a través de unos puntos específicos, este hecho no les impide solicitarlo aunque hayan pisado suelo español tras saltar una valla, insisten desde Acnur.
La segunda trampa queda evidenciada en las cifras oficiales, que contradicen las declaraciones del ministro del Interior: las personas negras, salvo excepciones, no tienen acceso a las oficinas de asilo de los puestos fronterizos de las ciudades autónomas. De las 8.972 personas que han solicitado protección en la sala de Melilla desde su inauguración en 2015, solo dos de ellas son de origen subsahariano, según los datos incluidos en una respuesta del Ministerio del Interior a una solicitud registrada por el senador de Bildu Jon Iñarritu.
Una vez alcanzado el territorio nacional a través de otras vías, los ciudadanos subsaharianos sí pueden registrar su solicitud, aunque las condiciones de los solicitantes de asilo en las ciudades autónomas “desincentiva” las peticiones en Ceuta y Melilla, según ha denunciado en diversas ocasiones organismos como Acnur u ONG como CEAR.
En 2015, ninguna persona de África Subsahariana pudo solicitar protección en la frontera de Melilla. 2016 es el único año en el que pudieron hacerlo dos personas negras. En marzo y junio de ese año, una guineana y una senegalesa, respectivamente, registraron su petición en el puesto de la ciudad autónoma, según los números de Interior. En lo que va de este año, ninguna de las 763 peticiones registradas corresponde a una persona de origen subsahariano.
Esas dos peticiones corresponden a dos mujeres que, camufladas con ropas típicas marroquíes, lograron escaquearse del control alauí y su petición fue finalmente aceptada por las autoridades españolas, explica Paloma Favieres, responsable del departamento jurídico de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). La abogada asegura que han sido “casos puntuales” y, como confirman las cifras oficiales, ninguna persona de origen subsahariano ha vuelto a tener acceso a estas oficinas hasta mayo de 2017.
En Ceuta, ninguna persona ha podido pedir asilo en la oficina de asilo de la frontera del Tarajal en sus dos años de existencia.
Quejas a la Defensoría del Pueblo
Helena Maleno, investigadora y portavoz de la ONG Caminando Fronteras, recuerda los “sistemáticos” impedimentos impuestos por los agentes españoles y marroquíes al acceso de las personas de origen subsahariano. “Para pedir asilo, tienen que cruzar dos fronteras de forma irregular. Primero, el control marroquí, después el español”, afirma.
La activista enumera casos concretos. “Hemos presentado varias quejas a la Defensoría del Pueblo, de personas que han llegado a la frontera de Melilla y no han podido entrar. Casos en los que nos han llamado porque habían llegado a superar el control marroquí y estaban con la Policía Nacional, pero fueron devueltos a Marruecos”, relata Maleno, Premio de Derechos Humanos del consejo General de la Abogacía Española 2015.
“Desde la Brigadas de Derechos Humanos, también hemos documentado los casos de cinco mujeres que intentaron pasar tapadas, vestidas con las ropas típicas marroquíes y un pasaporte falso. Lograron atravesar el control marroquí pero la Policía Nacional las devolvió a los agentes marroquíes y fuimos a recogerlas nosotras”, añade Maleno.
En 2016, la Defensoría del Pueblo concluyó en un informe sobre la situación del asilo en España que los ciudadanos subsaharianos “no tienen acceso al puesto fronterizo y, por tanto, no tienen acceso al procedimiento”.
“El Defensor del Pueblo considera que la Administración española tiene la obligación de detectar cuáles son los obstáculos que existen para que personas en necesidad de protección no puedan acceder a los puestos fronterizos sin poner en riesgo sus vidas”, indicó la institución en el documento. “Para ello deben encontrarse vías de acuerdo con Marruecos para que permita el paso de aquellos extranjeros que quieren solicitar asilo”.
No obstante, el ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz admitió en 2015 que su gabinete no iba a realizar gestión alguna para solucionar los obstáculos generados en el control marroquí. “No voy a meterme en la política interior de Marruecos”, respondió en declaraciones recogidas por Europa Press.
Su sucesor parece seguir la misma línea. Durante la sesión de control del Congreso de los Diputados, Zoido reconoció que, en el caso de Ceuta, “no se ha registrado ninguna solicitud en los puestos fronterizos porque los agentes marroquíes no les dejan pasar”. El ministro no cuestionó ni lamentó la actuación de las fuerzas alauíes, que suelen actuar en coordinación con las autoridades españolas.
La Ley permite pedir asilo desde el consulado marroquí
“El ministro sabe perfectamente que los subsaharianos no pueden atravesar el lado marroquí, ni en Ceuta ni en Melilla”, señala Favieres, que destaca que, aunque las oficinas han “facilitado que muchas personas de origen sirio pudiesen solicitar asilo en España, estas oficinas no son una vía legal”. La letrada de CEAR propone como solución la aplicación del artículo 38 de la Ley de Asilo española, que permite activar el traslado humanitario a potenciales refugiados directamente desde los consulados de España de terceros países. En este caso, Marruecos.
“El Gobierno incita a quienes quieren pedir asilo a pasar el control marroquí de forma irregular. La entrada al puesto de Melilla no es una vía legal, tienen que esconderse, utilizar pasaportes falsos previo pago... Pero no aplican el artículo 38”, enfatiza la abogada.
Obstáculos a la oficina de asilo, también para los sirios
La imposición de sortear el control marroquí de forma irregular quedó reflejada en la frontera de Melilla en 2015. Mientras el Gobierno lamentaba la llamada crisis de refugiados en Grecia y aceptaba reubicar la cifra de solicitantes de asilo propuesta por Bruselas, cientos de sirios intentaban cada día pedir asilo en el puesto fronterizo de la ciudad autónoma, pero se encontraba con el bloqueo alauí y con la necesidad de pagar a traficantes o camuflarse entre la muchedumbre que cada mañana atravesaba la frontera.
Debido a sus rasgos, a las personas de origen árabe les resulta más fácil sortear el control marroquí haciéndose pasar por ciudadanos marroquíes o españoles, ya sea camufladas entre ropas típicas marroquíes o utilizando un pasaporte falso. La población negra, sin embargo no cuenta con esta ventaja.
Más allá de tener o no acceso a las oficinas fronterizas, Acnur insiste en que las devoluciones automáticas siguen estando prohibidas en todos los supuestos. “La sentencia deja clara la necesidad de que se tenga que identificar a las personas que llegan y la prohibición de la devolución colectiva. Destaca que no se puede realizar una devolución automática, sin tener en cuenta sus derechos y necesidades específicas de cada persona, ya sea pedir asilo, declararse menor o víctima de trata, etc”, indica Rosa Otero, portavoz de la Agencia de la ONU en España.