La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso del activista José Palazón contra la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga por vulnerar el derecho al honor del exconsejero de Bienestar Social de Melilla tras considerar que sus comentarios a raíz de la muerte de un menor migrante están protegidos por la libertad de expresión.
En 2018, el entonces consejero Daniel Ventura, del Partido Popular, interpuso una demanda de protección al honor contra Palazón, presidente de la Asociación Pro Derechos de la Infancia (Prodein) tras las declaraciones del activista en las redes sociales, a raíz de la muerte, en diciembre de 2017, de un menor tutelado por la Consejería de Bienestar Social de la ciudad autónoma, Mamadou Barry.
Entre otros comentarios, José Palazón escribió que Mamadou Barry, de 17 años, murió después de estar “20 días en coma” en el Hospital Comarcal de Melilla “tras una paliza en el Centro de Reforma” y criticó la actuación del exconsejero, con expresiones como “Venturilla” y afirmaciones de intento de ocultar lo sucedido.
En una primera instancia, en Melilla, el juez consideró que los comentarios estaban amparados por la libertad de expresión, pero Ventura recurrió esa primera sentencia y la sección séptima de la Audiencia Provincial de Málaga finalmente le dio la razón y condenó a Palazón el año pasado. El presidente de Prodein recurrió en 2022 al Tribunal Supremo, que ha fallado dejar sin efecto esta sentencia.
Prima la libertad de expresión
La sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso elDiario.es, concluye que prima la libertad de expresión de Palazón y señala que “lo que pretende” el activista “es transmitir su opinión crítica, en tono de denuncia, sobre lo que considera constituyen conductas vulneradoras de los derechos fundamentales de las personas con respecto al trato dado a menores inmigrantes por las administraciones públicas”.
“Buena muestra de ello, es que efectúa sus comentarios en relación a noticias previamente difundidas por medios de comunicación social (...) a las que hace, incluso, referencia como fuentes de información, o a la investigación que, sobre este suceso, se realizó por el Defensor del Pueblo”, dice el fallo. “El fin pretendido, congruente además con el objeto de la asociación que preside, es dar su parecer crítico sobre lo sucedido”.
Según el Supremo, el recurso debe ser estimado porque se trata de hechos “de un indiscutible interés social, toda vez que versan sobre las circunstancias de la muerte de un menor inmigrante, tras una contención practicada en un centro de menores tutelado por el gobierno de la ciudad autónoma de Melilla, con traslado a un establecimiento hospitalario en que falleció días después”. Y señala que ante “una materia tan sensible como la relativa a los derechos humanos, y máxime si se trata de los correspondientes a menores de edad, el interés, que suscitaban los hechos objeto del proceso, era incuestionable”.
“Ha sido una demanda para perseguirnos”
El presidente de la ONG Prodein lleva más de 20 años denunciando las vulneraciones de derechos humanos cometidas en la frontera de Melilla y defendiendo los derechos de los menores migrantes.
En declaraciones a elDiario.es tras el fallo del Supremo, Palazón sostiene que la sentencia es importante en relación a la “persecución” que, denuncia, sufren los activistas que defienden los derechos humanos. “No ha sido nunca una demanda en defensa de su honor, sino una demanda más de tantas que se han puesto para perseguirnos, cazarnos, a los defensores de derechos humanos”.
“Es una vergüenza para el consejero que nunca haya abierto otra demanda por cualquiera de las 1.000 violaciones de derechos del niño que tuvieron lugar bajo su mandato, incluidas muertes. El Supremo deja a cada uno en su sitio finalmente: a Ventura, al sistema que gestionaba, a la Audiencia Provincial, a mí”, dice el activista. “Hay muchas personas y organizaciones que me están llamando para darme su apoyo y felicitarme. Me gustaría desde aquí darles las gracias a todos”.