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La Fiscalía defiende que aprobar el sindicato OTRAS implica legalizar la prostitución en España

Una prostituta en una calle.

Ana Requena Aguilar

El juicio por la legalización de sindicato de prostitutas OTRAS ha quedado visto para sentencia este miércoles. Las demandantes, la Comisión de Investigación de Malos Tratos a Mujeres y la Plataforma 8 de marzo de Sevilla, y Fiscalía han argumentado que no cabe el derecho de libertad sindical para una actividad cuya “causa y objeto” es ilícita y han defendido que permitir el registro de OTRAS supone de facto legalizar la prostitución en España. La defensa del sindicato, por contra, ha reivindicado el derecho fundamental a la libertad sindical y ha señalado que actualmente la prostitución no es una actividad ilegal en nuestro país. Aunque hoy estaba previsto otro juicio similar, el de la asociación L'Escola contra el registro del sindicato por parte del Ministerio de Trabajo, el juez lo ha suspendido al entender que la decisión sobre el anterior caso afecta de lleno a esta causa.

El meollo del juicio se ha centrado en los estatutos de la organización, concretamente en su artículo 4, que delimita su ámbito de actuación y habla de “trabajo sexual en todas sus vertientes”. Las demandantes entienden que esa expresión se refiere claramente a la prostitución. “Entendemos que su ámbito de actuación colisiona fuertemente con el ordenamiento jurídico. La nulidad del artículo 4 de los estatutos conlleva la nulidad total del sindicato”, ha defendido la abogada Charo Carrecedo.

Tanto las demandantes como la Fiscalía han insistido en que la anulación de un artículo de los estatutos implica anularlos por completo y, por tanto, vaciar de contenido al sindicato, por lo que no habría lugar a su registro. Con ese argumento quieren evitar que el tribunal anule un artículo de los estatutos, pero no los invalide por completo, o bien que anule los estatutos pero no disuelva la organización como tal. La defensa de OTRAS, de hecho, ha asegurado que, aún en el caso de que sus estatutos fueran echados abajo, la personalidad jurídica de la organización continuaría y solo un juicio penal podría conseguir su disolución. 

“En nuestro sistema legal el cuerpo no puede ser objeto de comercialización. Que haya muchas mujeres y niñas que pervivan en la prostitución y que haya contradicciones en el sistema no significa que cualquier forma de actividad humana tenga cabida en la categoría de la actividad laboral”, ha proseguido Carrecedo. “Las relaciones prostitucionales son per se desiguales con independencia de la subjetividad de quien la ejerce”.

Otra de las argumentaciones principales de las demandantes es que reconocer la parte sindical implica reconocer la parte empresarial, “proxeneta”. “No se puede extraer plusvalía del ejercicio de la prostitución ajena. Un contrato de trabajo no es admisible porque su causa es ilícita”, apuntan. 

La Fiscalía se ha sumado a esta argumentación y ha añadido que reconocer a la parte sindical y, por tanto, a la empresarial en la prostitución implicaría dar derecho a los empresarios a regular la actividad “en cada momento que se lleve a cabo”. Sería, ha dicho, “un derecho a la libertad sexual anticipada” porque una mujer que suscribiera un contrato de este tipo no podría decidir sobre las prácticas en cada caso concreto.

Para la defensa de OTRAS, el sindicato está amparado por el derecho fundamental de libertad sindical y subraya que su objeto va más allá de la prostitución y abarca otras formas de trabajo sexual, como los espectáculos o líneas eróticas y la pornografía. “El ámbito de los estatutos cumple rigurosamente la legalidad. A esta parte tampoco le gusta que existan sindicatos como Manos Limpias, sin base afiliativa, pero ahí están”, ha dicho la abogada Mariola Felipe.   

La letrada ha recordado que la parte empresarial, en forma de asociaciones, está reconocida legalmente y que la ilegalización de OTRAS implicaría dejar a las mujeres que ejercen estas actividades sin representación sindical. Que una actividad esté huérfana de legalidad, ha dicho, no significa que sea ilícita: “El ejercicio de la prostitución hoy por hoy no está regulado pero eso no significa que sea ilegal”. La abogada ha recordado los estatutos de otras organizaciones, como la CNT, que contienen el objetivo de “abolir el Estado y la Iglesia”. “OTRAS es un sindicato que defiende a las mujeres, en ningún caso a los empresarios o a los explotadores”, ha concluido.

El tribunal dictará sentencia en los próximos días y de su decisión dependerá lo que suceda con la otra causa abierta, cuyo juicio ha sido hoy suspendido. 

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