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Las Administraciones gastaron durante la alarma más de 2.100 millones en 11.100 contratos de emergencia

Llegada de material sanitario adquirido por el Gobierno de Canarias.

Antonio M. Vélez

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Las Administraciones públicas adjudicaron durante el estado de alarma por la vía de emergencia, la más opaca y rápida, al menos 11.177 contratos con un presupuesto global de 2.140,5 millones de euros ante la emergencia sanitaria del coronavirus. Es la primera estimación preliminar de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), adscrita al Ministerio de Hacienda, que avisa del “creciente y exorbitado volumen de contratación por vía de emergencia como causa de la crisis COVID-19”.

En un reciente informe, la entidad ha recopilado los contratos publicados por el Estado y las comunidades autónomas entre el 14 de marzo y el 21 de junio. Ha identificado 11.073 contratos no menores de los que la mayoría (53,47%) se adjudicaron por el procedimiento negociado sin publicidad. En un 30,29% de los casos ni siquiera había información respecto al procedimiento de tramitación. Por tipo de contratos, los de suministro fueron el 72% del total, con 7.962, seguidos por los de servicios (2.888), obras (220) y concesión de servicios (3).

La oficina deja claro que la foto está incompleta. “Las cifras económicas deben manejarse con cierta cautela”, dadas las “dificultades que actualmente existen” para recopilar esos datos. Pero el documento da una idea de la avalancha de adjudicaciones por esta vía y los ingentes recursos destinados por Estado y comunidades autónomas para combatir la pandemia en un momento de máxima tensión en los mercados de suministro de materiales básicos en esta crisis como mascarillas, respiradores, guantes de nitrilo y geles desinfectantes.

La foto es parcial porque, entre otras cosas, no hay datos completos del gasto total efectivamente realizado, sino del presupuesto de los contratos. En muchos casos solo hay información sobre los acuerdos de gasto global de los consejos de gobierno de las comunidades autónomas, pero no del detalle de las adjudicaciones. Es lo que ha propiciado que no se haya publicado información en los portales de contratación de adjudicaciones como las que la Comunidad de Madrid pagó a un empresario venezolano con sociedades offshore para comprar material sanitario por 5,6 millones, como publicó eldiario.es.

Informes a mano

La cifra de procedimientos de emergencia con seguridad ha sido mayor porque “algunas Administraciones no están cumpliendo adecuadamente la obligación de publicación o existen ciertos retrasos en las mismas”, advierte la entidad que fiscaliza los contratos públicos, que dice que adolece de “falta de medios informáticos y una herramienta de explotación de datos adecuada que permita obtener de manera automática dicha información”.

“Dadas la calidad del dato, las diferencias entre las Plataformas de Contratación del conjunto del sector público, la falta de adecuación entre ellas y la elaboración ”manual“ de las tablas de contratos que acompañan a este informe, se ha sistematizado una revisión continua de dichos datos con el fin de minimizar al máximo el margen de error que pueda existir”, precisa la OIReScon.

El organismo tiene su presidencia vacante tras el nombramiento, el 23 de junio, de su hasta entonces máxima responsable, María José Santiago, como responsable de la Asesoría Jurídica de la empresa estatal Tragsa.

De esos 2.140,5 millones de presupuesto base de licitación en contratos de emergencia contabilizados por la oficina (importe que no incluye el IVA), el 43,23% (925,4 millones) correspondió a la Administración General del Estado y el resto, a las comunidades autónomas, encabezadas por Catalunya (18,74% del importe total), Comunidad Valenciana (10,05%) y Comunidad de Madrid (8%).

“Publicidad asimétrica”

La sobrerrepresentación de Catalunya puede deberse a que de esos más de 11.000 contratos, el 41% corresponde a esta comunidad autónoma tras “varias publicaciones masivas de distintos órganos de contratación” catalanes que “incluyen contratos que por cuantía no estarían sujetos a reglas de publicidad” de la Ley de Contratos y que se han incluido en el cómputo.

Aunque su análisis es sobre todo cuantitativo, la entidad identifica algunos aspectos “susceptibles de mejora”. Recomienda “especial cuidado y detalle en la información de las publicaciones de estos contratos”, puesto que de ella “depende la verificación posterior de la justificación y adecuación a la norma de estos contratos, así como los derechos que frente a estas adjudicaciones puedan tener los ciudadanos, tales como la interposición del recurso contencioso-administrativo”.

Se remite a un reciente informe de la Agencia Catalana de Competencia que recomienda “potenciar al máximo la publicidad, transparencia y rendición de cuentas” en estos contratos de emergencia, dado que “la sombra de potenciales influencias indebidas en las decisiones públicas puede desvanecerse con una adecuada motivación y transparencia de datos objetivos o de los precedentes documentados que han llevado a seleccionar determinadas opciones. De forma que hay que tomar las precauciones oportunas a fin de facilitar la fiscalización de los contratos subscritos en condiciones tan precarias en términos de garantías procedimentales y legales”.

La OIReScon, que destaca que “existe una publicidad asimétrica” de la información sobre estos contratos entre el Estado y las diferentes comunidades autónomas, publicó el 30 de abril un primer informe de supervisión que entonces solo pudo analizar 618 contratos y fue actualizando sucesivamente con cuatro estudios en mayo y otros tres en junio.

La crisis sanitaria provocada por la pandemia llevó al Gobierno a activar por Real Decreto-Ley el 12 de marzo, antes incluso del estado de alarma, la vía excepcional de la contratación de emergencia, mucho más ágil que el procedimiento convencional (ni siquiera es necesario publicar el anuncio de licitación), aunque con muchas menos garantías de transparencia y concurrencia competitiva que un procedimiento convencional.

“Sin pliegos, sin garantías, sin exigencias de solvencia y sin control de la ejecución... contratación verbal y a dedo”, resume un experto en derecho administrativo, que cree que ese procedimiento “podría haber estado justificado en algunos casos al principio de la pandemia, pero no de mayo para acá, porque ya se podrían haber tramitado procedimientos ordinarios con concurrencia”.

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