El Gobierno quiere blindar sus propuestas de igualdad laboral antes de las elecciones y obligar a las empresas a publicar los salarios por sexo
A las puertas de la huelga feminista del 8M y con una legislatura que se agota, el Gobierno quiere gastar una última bala en una de sus banderas: la igualdad. El Ejecutivo prepara un real decreto ley de medidas urgentes que contempla la obligación de las empresas de llevar un registro con los valores medios de los salarios y los complementos desagregados por sexos y categorías profesionales. El documento, al que ha accedido eldiario.es y que ha adelantado La Vanguardia, establece que las empresas deberán poner esa información a disposición de cualquier trabajador o trabajadora que quiera acceder a ella. Con esta medida centrada en la transparencia salarial, el Gobierno quiere combatir la brecha de sueldos que separa a mujeres y hombres.
El decreto recoge también que en empresas con al menos 25 trabajadores se entenderá que existe “discriminación salarial por razón de sexo” cuando el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea un 25% superior (o más) a las del otro y la ampliación progresiva del permiso de paternidad a las 16 semanas, al igual que el de maternidad. En 2019, la duración del permiso de paternidad sería de ocho semanas –como quedaba recogido en los Presupuestos tumbados por el Congreso– y en 2021 se alcanzarían finalmente las 16 semanas. El texto contempla que estos permisos no sean transferibles entre los progenitores.
Fuentes del Gobierno advierten de que no se trata del texto definitivo, sino que es un borrador al que tanto sindicatos como patronal podrán hacer aportaciones. El decreto no estará, por tanto, en el orden del día del Consejo de Ministros de este viernes. Si lo hará en el siguiente, el del día 1 de marzo, es una incógnita que dependerá de los apoyos que el Ejecutivo crea tener para sacarlo adelante. Debido a los plazos, sería la Diputación Permanente del Congreso la que daría el visto bueno o no al texto.
El texto incluye también el concepto de “igual salario por trabajo de igual valor”. En los casos de trabajos con igual valor, el empresario deberá pagar la misma retribución de la misma manera (salarial o extrasalarial, por medio de sueldos base o complementos), sin que pueda existir diferencia en ninguno de los elementos.
“Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes”, dice el texto.
Planes de igualdad a partir de 50 trabajadores
El Gobierno extiende en el decreto la obligación de las empresas de redactar planes de igualdad en sus compañías. En la actualidad, y desde la aprobación de la Ley de Igualdad, deben contar con ellos todas las empresas de más de 250 trabajadores. El decreto rebaja esa exigencia a las compañías de más de 50 empleados.
El Ejecuivo socialista argumenta en la introducción del borrador del decreto ley la urgencia requerida para este tipo de texto legal, ya que “persisten unas desigualdades intolerables en las condiciones laborales de mujeres y hombres” pese a la existencia de legislación para evitarlas. Por ello, el Ejecutivo considera que “esta situación de desigualdad insoportable e injustificable exige una actuación urgente y necesaria por parte del Estado”.
La protección del trabajo a tiempo parcial, ejercido mayoritariamente por mujeres, se refuerza con medidas como la obligación de retribuir las horas complementarias como si estas fueran extraordinarias (y no ordinarias, tal y como se reconoce en la actualidad).
Permisos de lactancia para los dos progenitores
Los conocidos como “permisos de lactancia” pasan a denominarse permisos para “el cuidado del lactante” y son objeto de una ampliación. El Estatuto de los Trabajadores reconoce hoy que son un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, “pero solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen”. El Ejecutivo elimina esa restricción en el borrador, para que ambos progenitores disfruten del permiso, pero en caso de que estas dos personas trabajen en la misma empresa la dirección podrá limitar “su ejercicio simultáneo” si afecta al funcionamiento de la compañía.
El decreto modifica también el derecho de los trabajadores a solicitar la adaptación de la jornada de trabajo para conciliar su vida familiar y laboral. El borrador recoge el derecho a “solicitar” esta modificación, en el caso de tener hijo o hijas, “hasta que cumplan los doce años” y define cómo deberá procederse en caso de que no esté pactada esta cuestión en la negociación colectiva.
En ese supuesto, la empresa abrirá un proceso de negociación “durante un máximo de 30 días” ante la solicitu de un empleado. Finalizado este plazo, la compañía debe comunicar por escrito al trabajador si acepta la petición, si le ofrece una alternativa o si rechaza la solicitud de conciliación, con “las razones objetivas en las que se sustenta la decisión”.