Madrid, 25 jun (EFE).- La Audiencia Nacional ha avalado la orden de entrada y registro a la sede de Abengoa en Sevilla, ejecutada el pasado abril, al considerar que fue una medida “suficientemente motivada” e idónea ya que la documentación objeto de interés “no sería posible de obtener” por otros cauces.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la sección cuarta de la sala de lo Penal rechaza el recurso del expresidente de la compañía, Felipe Benjumea, e insiste en que se trata de una diligencia realizada en el marco de la investigación por presunta falsedad contable y estafa a inversores, iniciada hace cinco años.
La orden fue dictada por el titular del juzgado central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, a instancias de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
Fruto de aquella medida, decenas de efectivos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil registraron durante trece horas la sede central de Abengoa, en el complejo Palmas Altas de Sevilla, así como “anexos, garajes y locales”, en una actuación que, por entonces, fue declarada bajo secreto de sumario.
Entre la información incautada estaban los correos electrónicos intercambiados y recibidos entre 2013 y 2016 por 41 personas de la compañía, incluido Benjumea, que recurrió ante la sala por la “ausencia de toda justificación y proporcionalidad” en la entrada y registro, y por posible vulneración de su derecho a la intimidad.
BENEFICIOS PARA EL INTERÉS GENERAL
Ahora la sala descarta estos argumentos, y defiende una acción que procuró “más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”.
En este punto, reitera, no se debe olvidar que se trata de una diligencia practicada “tras más de cinco años de ardua investigación”, y justificada por la necesidad de completar los indicios que ya constan en el caso.
Además, no se puede obviar “que la propia persona jurídica, Abengoa, se encuentra imputada”.
INDICIOS DE OCULTACIÓN DE PÉRDIDAS
A modo de resumen, el auto explica qué se investiga en esta causa, esto es, si las cuentas anuales de la multinacional sevillana y de sus filiales Abengoa Solar y Abengoa Bioenergía de los años 2014 a 2016 “contenían inexactitudes con efectos perjudiciales para los socios, accionistas y/o terceros”.
Para determinarlo, “se hace necesario el análisis de la documentación que se traslada a dichas cuentas, que es, ni más, ni menos,” que la obtenida en el registro.
Según la sala, que recoge la opinión de Fiscalía, “se han recabado datos que permiten sostener, siquiera indiciariamente, la ocultación sistemática de cuantiosas pérdidas de sus activos, así como la inclusión de certificaciones de obras no suficientemente acreditadas que han determinado una notable alteración de la apariencia real de la situación económico-financiera” de Abengoa.
Y continúa: “se han ocultado pérdidas de forma generalizada y han aflorado activos inexistentes”, como se desprende de la resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) de 2018 y de la ausencia de documentación que soporte obras certificadas “por importe de 4.515,49 millones de euros”.
ACCESO “NECESARIO” A LOS CORREOS
Los magistrados descartan también que la obtención de los correos corporativos de 41 personas vulnere derecho alguno “ya que se encuentran incorporados al informe 'forensic' de KPMG”.
En ellos “se constata una actividad presuntamente fraudulenta de la situación real de la ejecución de proyectos”, siempre a tenor de los testigos, “siendo así que los propios investigados manifestaron que esa era la forma normal y habitual de comunicarse”.
Tampoco es una medida desproporcionada pues fue dictada con una “concreción exquisita”, de modo que la única documentación que se incautó fue, entre otras, la relativa a los deterioros de las participaciones de Abengoa en Abengoa Solar y Abengoa Bioenergía.
Junto a ella obra la información relacionada con los créditos concedidos a dichas filiales cabeceras, los documentos referidos a los test de deterioro de 2013 a 2015, los formularios de estimación de margen final de obra de todos sus proyectos en estos ejercicios, y el listado de resumen mensual por proyectos durante aquellos años.
Completan el listado las previsiones de flujos de caja sobre los llamados “Proyectos de alta rentabilidad” que no se especifican de sus filiales en Brasil, Chile y México, que necesitaron aparentemente fondos “superiores a los inicialmente previstos” en la cantidad de 700 millones de euros.
LA PLATAFORMA DE PERJUDICADOS POR ABENGOA, PRECURSOR DEL CASO
La querella inicial fue presentada por la Plataforma de Perjudicados por Abengoa -a la que aún se pueden adherir posibles afectados- para investigar si las “óptimas” cifras de la empresa y la “idílica” situación difundida por sus administradores antes de solicitar el preconcurso de acreedores era real.
En un primer momento las pesquisas sólo se dirigían contra Benjumea, el que fuera su consejero delegado, Manuel Sánchez Ortega, las exconsejeras Mercedes Gracia y Alicia Velarde, y el socio auditor de Deloitte Manuel Arranz.
A principios de 2020, el juez Moreno admitió que se investigara también a Abengoa y a Deloitte como personas jurídicas.