Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Audiencia Nacional confirma la multa a PwC por la auditoría del Popular tras la fusión con Pastor

Ángel Ron era el presidente del Banco Popular cuando se fusionó con el Banco Pastor.

Economía

La Audiencia Nacional ha ratificado la multa que el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC) impuso a PwC por la auditoría de cuentas de 2012 que realizó el Banco Popular en las que se recogía el efecto de la absorción de Pastor, según ha adelantado el diario Cinco Días. El ICAC impuso dos multas por infracciones contra PwC de 119.908 euros y 149.885 euros por el el 0,12% y el 0,15% de los honorarios de auditoría facturados al Popular.

Los problemas de liquidez del Banco Popular provocaron que fuera finalmente comprado por el Santander por solo un euro.

Los magistrados concluyen que “el trabajo de los auditores no queda soportado en la obtención de evidencia adecuada y suficiente sobre aspectos muy relevantes correspondientes a la revisión de las cuentas auditadas, por lo que el informe de auditoría emitido carece significativamente de la fundamentación necesaria que debería haberse obtenido para su emisión, siendo dichas faltas de evidencia susceptibles potencialmente de tener un efecto significativo sobre el informe emitido al afectar a áreas y magnitudes relevantes de las cuentas auditadas”. La auditora PwC ha anunciado que recurrirá la sentencia en el Tribunal Supremo.

Según la sentencia, PwC habria cometido “infracciones graves al haber incurrido en el incumplimiento de las normas de auditoría susceptible de tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe” al haber derivado dichos incumplimientos en un trabajo e informe con un contenido sustancialmente diferente al que hubiera resultado de no haberse incurrido en los referidos incumplimientos. La auditora habría cometido una infracción grave tipificada en el artículo 16.3.b) de la Ley de Auditoría de Cuentas.

Los magistrados detallan que tras la absorción del Pastor por el Polular “en las cuentas individuales y consolidas se resalta la falta de evidencia en la contabilización de la combinación de negocios, combinación que supuso ajustes al valor razonable del valor inicial de elementos del activo o pasivo al que se encontraba registrado en el Banco Pastor contra el Patrimonio neto de este por importes de 3.343.556 miles de euros, el reconocimiento de activos intangibles por importe de 243.578 miles de euros en dichas cuentas, que no constaban registrados en el Banco Pastor, y la valoración del fondo de comercio, por importe de 1.743.332 miles de euros en las citadas cuentas”.

Etiquetas
stats