María y Juan son de la misma quinta: tienen 62 años y, después de una vida trabajando, se acerca el momento de la jubilación. Aunque su nivel formativo y experiencia son parecidos, su pensión no lo será: la de Juan doblará la de María. Tampoco se retirarán el mismo año: mientras que él podrá hacerlo a los 65 años, ella tendrá que esperar un año más. Ni María ni Juan existen como tal, pero sus casos se nutren de una realidad frecuente que hace que las pensiones de jubilación de las mujeres sean un 37% inferiores a las de los hombres, según un informe de UGT.
¿Cómo se genera esa brecha en las pensiones? Los ejemplos de María y Juan, que el sindicato ha tomado para ejemplificar cómo se llega a esa sustancial diferencia, muestran varias claves: carreras de cotización más cortas y con lagunas debido a los periodos que las mujeres han dedicado a cuidar (a hijos, pero también a familiares), mayor incidencia del trabajo a tiempo parcial, la losa de una brecha salarial que, en última instancia, influye en el cálculo de la pensión, y las fórmulas para computar las prestaciones, que ignoran estas diferencias de género y penalizan a las mujeres.
La brecha en las pensiones de jubilación es del 37,04%: las mujeres solo representan el 36,1% de las personas jubiladas con derecho a prestación y su pensión media es de 768 euros al mes frente a los 1.220 euros de los hombres. “La brecha salarial que afecta a las mujeres a lo largo de su vida laboral tiene efectos directos sobre cualquier tipo de pensión, en todos los regímenes y en todas las clases, perpetuándose a lo largo de toda la vida”, señala el informe del sindicato. Sin embargo, la brecha de las pensiones supera a la salarial, que se sitúa en el 23%, si se toma como referencia la Encuesta de Estructura Salarial.
Y es que en el entramado que lleva a Juan a tener una pensión que casi dobla la de María funcionan otros resortes: tiempo trabajado sin dar de alta, abandono temporal del mercado laboral para cuidar de la familia y empleo a tiempo parcial involuntario, factores “más frecuentes” en la carrera laboral de las mujeres y que están ligados a los cuidados de hijos y otros familiares. “Son mujeres que se jubilan ahora y que abandonaron el mercado de trabajo durante años para cuidar a los hijos cuando no había reguladas ni las excedencias, permisos o reducciones de jornada, por eso la brecha es tan grande”, explica la vicesecretaria general de UGT, Cristina Antoñanzas.
Todos estos factores hacen que las carreras laborales de las mujeres sean más cortas o irregulares y que tengan, por tanto, más difícil alcanzar el periodo de cotización necesario para jubilarse a la edad legal. Por eso, Juan, que no solo no cogió ninguna excedencia sino que además hizo horas extra, podrá jubilarse a los 65 años pero María, que sí dejó el trabajo para cuidar a sus hijos y que durante años tuvo que conformarse con una jornada a tiempo parcial, no podrá hacerlo hasta los 66.
La incidencia del tiempo parcial
La incidencia del trabajo a tiempo parcial es clave: ese periodo no solo cotiza menos (puesto que el sueldo es proporcional a la jornada), sino que el sistema aplica un coeficiente que hace que, para calcular la pensión, solo cuenten los días efectivamente trabajados. Es decir, mientras que una persona a tiempo completo cotiza los siete días de la semana aunque trabaje cinco, una persona que lo haga a tiempo parcial solo cotiza por los días que trabaja, sin que se le extienda al resto de la semana.
Los sindicatos, pero también grupos políticos y una resolución de Parlamento Europeo, han pedido insistentemente que el Gobierno corrija esta fórmula que, de facto, discrimina a las mujeres, que son el 75% de las personas que trabajan a tiempo parcial en España.
Otras medidas, como el factor de sostenibilidad, que entrará en vigor a partir de 2019, podrían también perpetuar esta brecha: aunque de momento se desconoce cómo afectará de forma concreta a las pensiones, su objetivo, como subraya UGT, es “minorar” la base reguladora sobre la que se calcula la prestación, por lo que tendrá más impacto en las pensiones más bajas, que son las de las mujeres. Una posible ampliación del periodo de cómputo para calcular la pensión (que ya aumentó en la última reforma) también perjudicaría en mayor medida a las mujeres.