Bruselas acusa a ocho bancos de violar las normas antimonopolio de la UE en la compra y venta de bonos gubernamentales europeos

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

La Comisión Europea sospecha que ocho bancos han violado las normas antimonopolio de la UE al ponerse de acuerdo, entre 2007 y 2012, para distorsionar la competencia al adquirir y comercializar bonos gubernamentales europeos. Ha redactado un pliego de cargos pero, de momento, no dice el nombre de esas entidades. “En este tipo de casos, nunca comunicamos los nombres de los bancos”, explica la Comisión.

A Bruselas le preocupa que, en diferentes periodos entre 2007 y 2012, los ocho bancos participaron en un esquema de colusión que tenía como objetivo distorsionar la competencia al adquirir y comercializar bonos gubernamentales europeos –EGB–. “Los agentes empleados por los bancos intercambiaron información comercial sensible y coordinaron estrategias comerciales”, afirma la Comisión, a través de chats.

Los EGB son bonos soberanos emitidos en euros por los gobiernos centrales de los Estados miembros de la zona euro.

Si se confirmara la opinión preliminar de la Comisión, tal comportamiento violaría las normas de la UE, que prohíben las prácticas comerciales contra la competencia, como la colusión en los precios (artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y artículo 53 del Acuerdo EEE).

La investigación de la Comisión se refiere a ciertos agentes en ocho bancos y no implica que la supuesta conducta anticompetitiva fuera una práctica general en el sector de EGB.

Los bonos son títulos de deuda que pagan una tasa de interés definida, que permite a las entidades recaudar fondos en los mercados financieros internacionales y que posteriormente se mantienen como inversiones o se negocian como cualquier otro instrumento financiero.

Los bonos se emiten por primera vez en el “mercado primario” para la venta a través de subastas. Posteriormente, los bonos se negocian entre bancos, corredores e inversores en el “mercado secundario”. Los bonos pueden distinguirse por la identidad del emisor y la moneda en la que están denominados. Las mesas de negociación de los bancos se organizan en consecuencia.

Un pliego de cargos es un paso formal en las investigaciones de la Comisión sobre presuntas violaciones de las normas antimonopolio de la UE. La Comisión informa por escrito a las partes interesadas de las objeciones formuladas contra ellas. Luego, las partes pueden examinar los documentos de la investigación de la Comisión, responder por escrito y solicitar una audiencia para presentar sus comentarios sobre el caso ante representantes de la Comisión y autoridades nacionales de competencia.

Si, después de que las partes hayan ejercido sus derechos de defensa, la Comisión concluye que hay pruebas suficientes de una infracción, puede adoptar una decisión que prohíba la conducta e imponga una multa de hasta el 10% del volumen de negocios anual de una empresa.