La portada de mañana
Acceder
Feijóo pide que el Gobierno asuma la gestión de la DANA mientras Mazón se resiste
El esfuerzo colectivo para no dejar nada sin rastrear en el parking de Bonaire
Opinión - Feijóo entierra a Mazón. Por Esther Palomera

Las casas de apuestas que se salten el veto a la publicidad perderán su licencia durante seis meses

Antonio M. Vélez

3 de noviembre de 2020 14:24 h

0

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la primera regulación en España de la publicidad de las casas de apuestas, que va a limitar drásticamente los anuncios de los operadores de juego y va a implicar que los operadores que incumplan el veto a los anuncios puedan perder su licencia durante seis meses y se expongan a multas de hasta un millón de euros.

El decreto, según ha explicado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, responde a una “alarma social” que estaba “justificada” ante la “extraordinaria” expansión de las apuestas de los últimos años, especialmente, entre los jóvenes, con los que se está “cebando” el crecimiento del juego. Además, “cumple” el acuerdo de Gobierno PSOE-Unidas Podemos firmado en diciembre de 2019.

“Hace nueve años que se aprobó la ley del juego y hasta ahora no había ninguna regulación sobre la publicidad”, ha recordado Garzón, que ha asegurado que con este decreto se acaba “la ley de la selva” en este campo y ha defendido que, gracias al periodo transitorio que se va a dar para extinguir los contratos de patrocinio vigentes, la norma va a impactar solo en una “pequeña medida” sobre los medios de comunicación y sobre los clubes de fútbol.

Según Consumo, a los operadores que no se atengan a lo establecido en el decreto se les aprobará el régimen sancionador de la Ley 13/2011, de regulación del juego. Los incumplimientos serán del tipo grave y los operadores podrán ser sancionados con multa de entre 100.000 y un millón de euros y con la suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de seis meses.

Por su parte, a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual se les aplica el régimen sancionador previsto en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, cuya instrucción y sanción corresponde a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

El decreto, que en una primera versión presentada antes de la crisis del coronavirus era mucho menos restrictivo, prohibirá hasta el 90% de los anuncios de apuestas que existen y los restringirá al horario de madrugada, y no permitirá que estas empresas se publiciten en ropa deportiva, si bien se va a dar un plazo “razonable”, según Garzón, a los operadores de juego para que los patrocinios de clubes deportivos ya firmados sigan vigentes hasta el 30 de agosto de 2021, en línea con las observaciones realizadas por el Consejo de Estado. También se prohíben los denominados bonos de bienvenida y la utilización de famosos en los anuncios.

El decreto fue reformulado y endurecido tras la experiencia de la prohibición temporal de la publicidad del juego durante el estado de alarma y tramitado de urgencia en Bruselas ante la posibilidad de que eventuales “rebrotes puntuales” del coronavirus forzasen nuevos confinamientos de la población.

Consumo recuerda que en los últimos cuatro años, las cifras de inversión en publicidad de apuestas se han triplicado en nuestro país, mientras que se ha producido un aumento del consumo del juego entre jóvenes de 18 a 25 años. En 2017, el 28% de los nuevos jugadores formaba parte de esta franja de edad. Dos años después, en 2019, la cifra se había incrementado doce puntos y se sitúa en el 40%.