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Claves del sistema público de avales para el alquiler: quién puede solicitarlo y qué requisitos deben cumplir los caseros

Un cartel de 'Se alquila', el 19 junio de 2023 en Madrid

David Noriega

28 de enero de 2025 16:35 h

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El acuerdo entre el Gobierno y Junts para aprobar el nuevo real decreto, que prolonga una parte del escudo social, como las ayudas al transporte, confirma la subida de las pensiones y del ingreso mínimo, y prorroga la moratoria antidesahucios para familias vulnerables, anunciado este martes por el presidente del Gobierno incluye una novedad respecto al que decayó la semana pasada. Es, ha dicho Sánchez, “la creación de un sistema público de avales y garantías”.

La medida había sido anunciada ya en el foro sobre vivienda en el que la parte socialista del Gobierno desgranó un paquete de medidas para tratar de paliar la crisis residencial. El objetivo, explicó Sánchez el pasado 13 de enero, es que “los ciudadanos puedan alquilar y los propietarios lo hagan sin asumir riesgos”. “Reforzamos el escudo social”, explican fuentes del Ministerio de Vivienda.

Desde el Ejecutivo han insistido en la idea de que esta herramienta beneficia tanto a las personas que quieren alquilar una vivienda y que encuentran dificultades para conseguir un aval por su situación económica, como a los propietarios, a los que se ofrece una garantía pública frente a impagos o destrozos en los inmuebles. Según fuentes de Junts, que se había mostrado crítico con la moratoria antidesahucios que se mantiene en el acuerdo, esta es una medida para combatir las ocupaciones y “garantizar el cobro del alquiler a los propietarios y el pago de desperfectos”.

¿Quién puede solicitar el aval?

La medida está diseñada para avalar a los menores de 35 años que quieren alquilar una vivienda, en un país donde la edad media de emancipación de los jóvenes supera la treintena, según los datos del Consejo de la Juventud de España. Además, según fuentes del Ministerio de Vivienda, también podrán optar a ella las familias o personas vulnerables, de acuerdo a los criterios establecidos, como desempleo o precariedad laboral, problemas de salud o carencias en la vivienda.

¿Qué requisitos debe cumplir el casero?

Los propietarios que pongan una vivienda en alquiler y que quieran optar por esta garantía pública ante desperfectos o casos de morosidad solo deberán cumplir un requisito: el precio del alquiler no puede superar el índice estatal de referencia de precios. Este indicador se aplica para el control de precios en zonas tensionadas y, con esta medida, el Gobierno intenta que los rentistas accedan a bajar los precios allí donde las comunidades autónomas, como las del PP, se han negado a aplicar la Ley de Vivienda en este sentido.

Además, se deberá depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones, así como suscribir tanto el casero como el inquilino el compromiso relativo al aval al alquiler.

¿Quién lo gestionará?

El acuerdo contempla que sean finalmente las comunidades autónomas las que gestionen el aval. Para ellos, según fuentes ministeriales, el Gobierno transferirá a estas fondos finalistas. Esto es, no se podrán dedicar a otros usos que no sean este. Lo que aún está por definir es la cuantía de estas transferencias o los criterios de reparto.

¿Cuándo se cobra la cantidad avalada?

La solicitud para el cobro de las cantidades debidas y avaladas se podrá realizar en el plazo de 6 meses desde que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, ya sea “mediante resolución judicial de lanzamiento o acuerdo judicial o extrajudicial que acredite dicha recuperación de la posesión”, según recoge el BOE.

¿Cuándo entrará en vigor?

El Gobierno tiene a partir de ahora 30 días para llevar el real decreto ley al Congreso pero, tras su aprobación, la puesta en marcha del aval no será inmediata. Según ha podido saber elDiario.es, el texto fiará su desarrollo a un reglamento que deberá estar listo en un plazo máximo de seis meses tras el paso del decreto por la Cámara Baja.

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