La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha constatado que, con la entrada en vigor el pasado 1 de junio de los nuevos peajes eléctricos y las nuevas tarifas que penalizan el consumo en las horas más caras, varias comercializadoras eléctricas, a las que no identifica, han incrementado en hasta un 30% más de lo que correspondería el coste del término de energía medio facturado, además de la variación en el componente regulado (peajes).
En estos casos, el regulador ha comprobado que, solo puntualmente, el comercializador ha informado de manera “transparente y comprensible” al cliente, mediante comunicación específica para esta cuestión, de la introducción de modificaciones más allá de las que corresponden al mero traslado de los componentes regulados, dando la posibilidad de rescisión del contrato sin penalización, todo ello de acuerdo con la normativa vigente, informó la CNMC en un comunicado.
En el resto de los casos, el organismo presidido por Cani Fernández indicó que no ha existido esa comunicación transparente a sus clientes informando sobre la actualización de precios realizada y han indicado incorrectamente que esta se ha realizado para recoger la variación de los componentes regulados.
No obstante, la CNMC señala que la gran mayoría de los comercializadores han trasladado adecuadamente la variación en los nuevos peajes.
En el caso de las irregularidades, el regulador ha solicitado a estas comercializadoras que realicen las regularizaciones necesarias en los contratos de sus consumidores para que incluyan los precios correctos y, además, les informen de manera transparente.
A la fecha de elaboración del informe, muchas de estas comercializadoras ya están realizando dichas regularizaciones, añade la CNMC, que subraya que, de esta manera, los consumidores deberían percibir la compensación equivalente por los precios que deberían haber abonado desde el 1 de junio
“Podrían iniciarse” acciones
El organismo afirma que está realizando un “seguimiento de las regularizaciones de esos contratos”. En caso de que estas no sean llevadas a cabo “de manera diligente y adecuada y con la transparencia necesaria” para el consumidor, “podrían iniciarse las actuaciones oportunas de acuerdo con lo previsto en los artículos 44.1.e) y 65.25 de la Ley 24/2013, en lo relativo al incumplimiento de la aplicación de las medidas de protección al consumidor y, con respecto a la transparencia adoptada en las prácticas comerciales llevadas a cabo para informar al consumidor en este proceso”.
Actualmente, se está analizando los resultados correspondientes a la información solicitada en la segunda fase (18 comercializadoras adicionales).
Estas pesquisas son resultado del informe que ha aprobado el 'superregulador' sobre el seguimiento de la adaptación de los contratos de suministro de electricidad por los comercializadores de los nuevos peajes eléctricos tras la entrada en vigor de la nueva estructura y condiciones de facturación de peajes, por la que todos los consumidores pasaron a tener un peaje con discriminación horaria en los términos de potencia y energía.
La CNMC ha solicitado información a las empresas sobre los precios facturados antes y después del 1 de junio, a una serie de clientes elegidos aleatoriamente. En este primer análisis se ha tenido en cuenta la información de las 25 comercializadoras con mayor cuota de número de suministros, lo que representa una cuota de mercado del 91% del total del número de puntos de suministro en mercado libre en baja tensión y, el 84% del total de energía en mercado libre en baja tensión.