Coca-Cola Iberian Partners estudiará “en detalle” la forma de ejecutar el fallo del Tribunal Supremo sin alterar el proyecto de futuro de la compañía que “es ya una realidad”.
Así lo ha asegurado el embotellador único de Coca-Cola en España tras conocer que el Alto Tribunal ha declarado nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) por vulneración del derecho de huelga, ratificando así la sentencia de la Audiencia Nacional.
La compañía ha asegurado que acatará y cumplirá con la legalidad “como ha hecho siempre”. “Iberian Partners respeta el fallo del Tribunal Supremo que, a pesar del criterio recogido en el informe del Ministerio Fiscal, declara nulo el proceso de reestructuración derivado del plan de consolidación”, ha subrayado la compañía.
En concreto, según el escrito de Fiscal del Supremo al que tuvo acceso Europa Press, la sentencia de la Audiencia Nacional establece una relación causal entre la huelga por el cierre de Fuenlabrada (Madrid) y la alteración de las rutas llevada a cabo por la empresa, pero “no entre la huelga y la decisión empresarial”, que “es la única causa por la que se puede declarar nula dicha extinción”.
El Fiscal del Supremo considera que Coca-Cola Iberian Partners, al intentar reducir las consecuencias de la huelga, podría haber sido objeto de sanción por infracción de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) o por vulnerar el derecho de huelga, pero dicha decisión “no puede ocasionar la nulidad del despido colectivo”.
La compañía ha insistido en que todos los empleados afectados que solicitaron la readmisión han seguido dados de alta en la Seguridad Social y están recibiendo sus salarios, al tiempo que ha reiterado que, a pesar de las dificultades a las que se ha enfrentado, su proyecto empresarial es un “proyecto de futuro” que da empleo directo a más de 4.300 personas.
En concreto, el Pleno de la Sala de lo Social del Supremo entiende que durante la huelga convocada en contra del despido por el cierre del centro de Fuenlabrada (Madrid), la empresa sustituyó la producción dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudicando así el adecuado desarrollo del periodo de consultas.
De esta forma, el alto tribunal respalda la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró ya nulo en junio del pasado año el ERE de Coca-Cola Iberian Partners, que afectó a 1.190 trabajadores y conllevó el cierre de cuatro plantas (Fuenlabrada, Alicante, Asturias y Palma de Mallorca).
La sentencia del despido colectivo de Coca-Cola Iberian Partners es “directamente ejecutiva” y va acompañada de la condena al embotellador del pago de los salarios de tramitación.
“En los despidos colectivos declarados nulos, la condena a readmisión debe llevar unida la condena al abono de salarios de tramitación”, subraya el Supremo, que señala que dicha sentencia, de modo complementario, resuelve así dos extremos de carácter procesal.