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Un condenado podrá ser consejero de una caja si el Banco de España decide que es “honorable”

El anteproyecto de la ley de cajas de ahorro pretende poner patas arriba la regulación del sector financiero. El Ejecutivo ha elevado el lunes el texto a consultas con cambios muy significativos que afectan desde el tamaño a la circunscripción territorial de su negocio. En un claro esfuerzo de mejorar la imagen pública de estas instituciones, el Ejecutivo eleva el control sobre los nombramientos del consejo de administración, que deberá tener el visto bueno del Banco de España.

Para que un sujeto pueda ser nombrado en el consejo de administración deberá ser una persona “de reconocida honorabilidad comercial y profesional”, según recoge el texto que aún debe pasar el trámite parlamentario. Aunque fuentes del ministerio de Economía aseguran que los parámetros de lo que es y no es ser honorable quedan muy definidos en el anteproyecto, lo cierto es que no hay una prohibición expresa a que se pueda nombrar a imputados o condenados por causas delictivas.

El texto recoge literalmente que para definir la “honorabilidad” de la persona objeto del nombramiento se deberá “valorar” si se ha sido condenado “por la comisión de delitos dolosos y la sanción por la comisión de infracciones administrativas”. Para “valorar” esta condena, se deberá estudiar si el posible cargo tiene una sanción en firme y de qué gravedad, si los delitos son contra terceros, el tiempo transcurrido, la existencia de “atenuantes” o la reiteración de condenas.

Una vez que se tiene toda esta información, la comisión de nombramientos deberá comunicar su decisión al Banco de España con la información completa que deberá dar el visto bueno en el plazo de diez días. En definitiva, se estudiará más a fondo el pasado penal de los miembros de las cajas pero no se excluye por completo la posibilidad de que un condenado llegue a ser nombrado si se encuentra la justificación para ello.

Este asunto es espinoso ante la posibilidad de que alguno de los ejecutivos que están siendo actualmente investigados por casos como el de Bankia puedan, una vez condenados, volver a ser nombrados cargos de relevancia en una entidad financiera. También tiene polémica que un condenado e indultado, como Alfredo Sáenz, continúe como consejero delegado de Banco Santander.

La honorabilidad se exigirá también a los directores generales y aquellos trabajadores que tengan cargos “clave en la entidad”. En el caso de que un consejero o alto cargo ya nombrado incurriera durante el desempeño de su cargo en alguna falta a la honorabilidad, se deberá comunicar el cambio al Banco de España en un plazo máximo de dos semanas.

Además, se estudiará también la competencia profesional y los conocimientos financieros de los cargos nombrados. Por esta vía se quieren evitar situaciones como las que han llevado a muchos consejeros a asegurar que no tenían los conocimientos suficientes como para desempeñar correctamente sus cargos. Para evitar “errores del pasado”, según Economía, se impondrá que la mayoría del consejo tengan estos conocimientos.

El texto actual no especifica si será necesaria una titulación académica precisa para desempeñar este tipo de cargos, pero sí dice que tendrán que tener una formación reglada y una experiencia laboral suficiente.

Sin límite de sueldos

En cuanto a las remuneraciones de los consejeros, el texto no introduce ninguna limitación más que las que provenga del correcto funcionamiento en liquidez y solvencia de la entidad. Fuentes de Economía aseguran que al establecer un fondo de reserva, otra de las novedades del decreto, ya se está drenando recursos de la caja lo que debería ser suficiente como para autorregular los sueldos del consejo de administración. En cualquier caso, si la Asamblea aprueba las remuneraciones, estas podrán ser lo elevadas que se quiera.

La norma, que está sujeta a cambios en su tramitación parlamentaria, está orientada a restringir el negocio de las cajas de ahorros y aumentar la supervisión del Banco de España. Las cajas que en la actualidad tienen una participación superior al 50% en un banco deberán presentar al supervisor detallados planes financieros. Para seguir controlando la totalidad de un banco, deberán constituir un fondo de reserva, una condición impuesta por Bruselas.

Fuentes de Economía reconocen que la reforma ha sido consensuada con la “misión” de la UE y que cualquier cambio que se haga en el Parlamento tendrá que estar dentro del perímetro marcado por el MOU (acuerdo de entendimiento por sus siglas en inglés).

Además, sobrepasado un cierto tamaño las cajas deberán convertirse en fundaciones. En las condiciones actuales, solo se librarán las cajas de Ontinyent y Pollensa. Esto supone que La Caixa, Unicaja, Ibercaja y la fusión de BBK, Kutxa y Caja Vital deberán ser fundaciones antes de finales de 2014.

Estas fundaciones bancarias deberán estar dirigidas a su vez por patronatos cuyos miembros también deberán cumplir requisitos de compatibilidad de cargos y no podrán estar sentados en la fundación y en el banco al mismo tiempo.