La portada de mañana
Acceder
Un día 'normal' en la zona cero: “Dormimos con un cuchillo bajo la almohada”
El material arrastrado por la DANA pudo aumentar hasta un 50% su poder destructivo
El 'Que te vote Txapote' no sirve para gestionar catástrofes. Por José Precedo

Consumo prohibirá la publicidad para menores de chocolate, azúcar, galletas, zumos, bebidas energéticas o helados

Economía

28 de octubre de 2021 11:37 h

0

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado este jueves que su cartera regulará, a través de un real decreto, la emisión de publicidad de alimentos y bebidas no saludables cuando se dirija al público infantil y adolescente. Según Garzón, el sistema de autorregulación que lleva vigente desde 2005 se ha mostrado “insuficiente”, tal y como muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños y niñas españoles y de los que la publicidad es una de las causas. 

La normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados. Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.

Consumo así opta por un marco regulatorio mínimo para seguir las recomendaciones de los organismos internacionales y asimilar la normativa española a la de países como Reino Unido, Portugal o Noruega. “Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerles frente a la publicidad”, ha señalado el ministro en una rueda de prensa junto a la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.

En su comparecencia, Garzón ha informado sobre algunos aspectos de la nueva normativa que afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil. Asimismo, regulará tanto televisión lineal como no líneal, contenidos radiofónicos, salas de cine y publicidad en internet, redes sociales, webs o app móviles, cuando los contenidos se dirijan a menores de 16 años. La normativa incluirá también limitaciones en la publicidad de medios impresos. A partir de estas premisas, las empresas podrán tener su propia autorregulación siempre y cuando supongan un marco de protección superior al de la propia norma.

Los horarios de protección reforzada de los canales de televisión generalista van de lunes a viernes, entre las 08:00 a 9:00 y de 17:00 a 20:00 horas, y los sábados y domingos, entre las 9:00 y las 12:00 horas, mientras que la prohibición en los canales infantiles de televisión será permanente.

23,3% de niños con sobrepeso

El Ministerio se ha apoyado para tomar esta decisión en el estudio ALADINO 2019 –relativo a niños y niñas de entre 6 y 9 años– donde se refleja que un 40,6% tiene exceso de peso, de los que el 23,3% está en niveles de sobrepeso y el 17,3% sufre obesidad. El estudio, elaborado por la Agencia Española de Nutrición y Seguridad Alimentaria (AESAN), muestra que los progenitores de los menores con exceso de peso –que incluye tanto a quienes tienen sobrepeso como a quienes tienen obesidad– no perciben el problema y frecuentemente consideran su peso como normal o sólo como ligero sobrepeso. El 88,6% de los padres de escolares con sobrepeso no lo perciben como tal. La cifra se sitúa en un 42,7% cuando se trata de obesidad y en el 19,1% cuando el niño o niña sufre obesidad severa.

En cuanto a la calidad de su alimentación, el informe detalla que un 76,2% de los escolares ha de mejorarla. Aunque ha aumentado el consumo de fruta respecto a años anteriores, solo un 20,1% de los escolares la consume habitualmente en el desayuno, mientras que los alimentos que deberían ser ocasionales tales como galletas, pasteles, bollería, batidos, néctares y golosinas se consumen incluso cuatro o más veces por semana, en un porcentaje elevado de escolares.

Barcelona regula la presencia de publicidad en el espacio público

Por su parte, la alcaldesa de Barcelona ha anunciado que el Consistorio regulará, mediante dos instrucciones municipales, la presencia de publicidad de alimentos y bebidas perjudiciales para la salud en el espacio público y reforzará también la presencia de productos saludables en los servicios de alimentación presentes en equipamientos públicos. Las dos instrucciones van en la línea del anuncio realizado por el ministerio de Consumo.q