Las empresas deberán fijar de forma inmediata las tareas prohibidas en picos de calor
Las empresas deberán definir de manera inmediata las tareas prohibidas al aire libre cuando existan condiciones climáticas extremas, como las olas de calor. “Será una nueva obligación de los planes de prevención de riesgos laborales”, adelantan desde el Ministerio de Trabajo sobre el decreto que el Gobierno aprueba este jueves. Además, de manera general la legislación recogerá por ley el mandato de “modificar o reducir” las jornadas de trabajo cuando la AEMET emita alertas por fenómenos meteorológicos adversos de nivel rojo o naranja, añaden en el departamento dirigido por Yolanda Díaz.
Las dos medidas forman parte de un real decreto ley más amplio que el Gobierno de coalición aprobará este jueves en un Consejo de Ministros Extraordinario con medidas para hacer frente a la sequía y el calor extremo. Las nuevas garantías laborales se prevé que entren en vigor “de forma inmediata”, explican en Trabajo, al día siguiente de la publicación en el BOE, como el resto de la norma.
La urgencia del despliegue del decreto y de estas dos medidas se justifica en el Ejecutivo por el auge de las temperaturas al que ya estamos asistiendo, con temperaturas en abril propias de julio, y la necesidad de proteger a las personas trabajadoras de riesgos en ocasiones fatales.
Como le ocurrió a José Antonio González, barrendero en Madrid que falleció el año pasado mientras limpiaba las calles de la capital a media tarde en plena ola de calor. Su hijo explicó a este medio el agotamiento de su padre días previos a su fallecimiento, su propio temor a un golpe de calor y la falta de una adaptación de horarios en la empresa ante el pico en los termómetros.
Unos días después falleció a otro trabajador en una nave en Móstoles. A principios de agosto, moría un hombre de 38 años tras otro golpe de calor en una nave de la región murciana de Fuente del Álamo. A finales de agosto, un trabajador de 45 años del sector de la construcción perdía la vida por el mismo motivo también en la comunidad murciana.
Dos nuevas obligaciones
Para evitar más muertes y accidentes por este motivo, en el Ministerio de Trabajo han incluido en el decreto estas dos medidas de refuerzo de la prevención. La primera, sobre tareas prohibidas ante situaciones climatológicas extremas, queda insertada dentro de los planes de prevención de riesgos laborales de cada empresa. Estos planes son obligatorios en todas las empresas y deben contener medidas preventivas ante los riesgos existentes para las plantillas.
Trabajo pone ahora un nuevo deber expreso a las empresas: identificar tareas que no se pueden realizar en coyunturas meteorológicas extremas. Estas pueden ser debidas a las temperaturas, como 39 grados al sol en la calle, pero también por otros motivos, como rachas de fuertes vientos o de lluvias, precisan en el Ministerio.
La clave para determinar qué tareas se pueden realizar y cuáles no deben evaluarse en cada compañía, siempre con la premisa de garantizar la salud y seguridad de las personas trabajadoras. “Algo que en algunas de las muertes por golpes de calor que por desgracia hemos visto es obvio que no sucedía”, lamentan en Trabajo.
En segundo lugar, cuando haya una alerta naranja o roja de la AEMET, el decreto extenderá de manera amplia una nueva obligación a “modificar o reducir” las jornadas de los trabajadores en exteriores. En interiores ya hay un reglamento que determina temperaturas máximas a las que pueden desarrollar sus tareas trabajadores con funciones sedentarias y ligeras, recuerdan en el Ministerio de Yolanda Díaz.
Además, fuentes de Sanidad explican a elDiario.es que el Ministerio cuenta con el Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas en la Salud, que establece recomendaciones en función de sus propios niveles de alerta, que elabora el Instituto de Salud Carlos III, independientes de los de la AEMET. Es por eso que estas mismas fuentes asumen que habrá una coordinación entre la Agencia, que depende del Transición Ecología, Trabajo y este departamento, informa David Noriega.
“Más herramientas” para la Inspección de Trabajo
Estas nuevas obligaciones concretas darán “más herramientas” a la Inspección de Trabajo para paralizar actividades en aquellos casos donde no se exceptúe la actividad y se esté exponiendo en riesgo la salud y seguridad de los trabajadores por las temperaturas extremas, sostienen en el Ministerio.
Hay que recordar que a día de hoy los empresarios ya tienen la obligación de proteger a los trabajadores del calor extremo. El estrés térmico, en auge por las altas temperaturas cada vez más frecuentes, es un riesgo para la salud reconocido y más que probado, que en sus peores expresiones se manifiesta en las mencionadas muertes por golpes de calor. También en el agravamiento de otras enfermedades y en el aumento de siniestros laborales en general, entre otras consecuencias que subrayaban en esta entrevista desde el departamento de Salud Laboral de CCOO.
Pero esa obligación ahora es bastante genérica. Se prevé que “en los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo”.
Así, con estos nuevos añadidos, en el Gobierno pretenden concretar más la prevención frente al calor para que se extienda con medidas concretas en las empresas, que se vean obligadas a analizar y tomar medidas preventivas ante este riesgo, y también facilitar el control por parte de la autoridad laboral. Las multas por no proteger la salud de los trabajadores son las más altas y pueden alcanzar en los casos más graves hasta los 983.736 euros.
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