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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

El finiquito de Màxim Huerta por sus seis días en el cargo: 1.174 euros de sueldo y 939 euros de indemnización

Un máximo de 2.113 euros por sus seis días al frente del Ministerio de Cultura y Deportes y dos años de incompatibilidad. Es lo que le espera a Máxim Huerta tras su abrupta dimisión, anunciada este jueves, 13 de junio, tras adelantar El Confidencial que la justicia confirmó el año pasado que el periodista y escritor había defraudado a Hacienda 218.332 euros entre 2006 y 2008, en su época como presentador de televisión, utilizando una sociedad interpuesta.

La Ley de Altos Cargos de 2015 establece “una compensación económica mensual, durante un período máximo de dos años” para los altos cargos cesados que, “de acuerdo con la normativa que sea de aplicación, tengan reconocido tal derecho”.

En el caso de los exministros, ese derecho fue reconocido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 1981, que estableció que “a partir del mes siguiente en que se produzca el cese, y durante un plazo igual al que hubieran desempeñado el cargo”, los exministros recibirán “una pensión indemnizatoria mensual igual a la dozava parte del ochenta por ciento del total de retribuciones asignadas al cargo respectivo en el Presupuesto en vigor”.

El proyecto de PGE para 2018 que actualmente tramita el Senado fija la retribución de los ministros en 71.424,12 euros brutos anuales, que equivalen a unos 195,68 euros diarios. Por sus seis días como ministro, a Huerta le corresponderían 1.174 euros. A esa cifra se sumaría la pensión que tiene derecho a cobrar por su cese, equivale al 80% de ese importe: 939,2 euros. En total, los citados 2.113 euros.

La ley de altos cargos también dice que, “durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado”.

Quienes hubieran ocupado un puesto de alto cargo deberán efectuar, durante el período de dos años a que se refiere el apartado 1, ante la Oficina de Conflictos de Intereses, declaración sobre las actividades que vayan a realizar, con carácter previo a su inicio.

Cuando la Oficina de Conflictos de Intereses estime que la actividad privada que quiere desempeñar quien haya ocupado un alto cargo vulnera lo previsto en el apartado 1, se lo comunicará al interesado y a la entidad a la que fuera a prestar sus servicios, que podrán formular las alegaciones que tengan por convenientes. En teoría, Huerta tiene por tanto dos años de incompatibilidad, pero como prácticamente acababa de llegar y no ha tomado ninguna decisión, no se anticipan conflictos de intereses. Eso sí, la normativa obliga a pedir autorización a la Oficina de Conflictos de Intereses para realizar cualquier actividad privada.