El Gobierno corrige y establece que las cuarentenas preventivas de trabajadores como consecuencia de la epidemia de coronavirus serán computadas como bajas por accidente de trabajo, en lugar de bajas por enfermedad común, que fue su primer criterio. Esa consideración tendrán también todas las bajas médicas de personas enfermas por coronavirus. La medida, reclamada por los sindicatos, aumenta la prestación que percibirán los afectados que se encuentren en estos casos y supone la asunción del coste por parte de la Seguridad Social, algo que habían pedido los empresarios.
El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a un real decreto ley para aprobar este cambio. “Tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por accidente de trabajo”, concreta en una nota de prensa el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Así, aunque una persona haya contraído el virus debido a una situación personal, como un viaje de ocio a Milán, la baja por enfermedad será considerada como una incapacidad temporal por accidente de trabajo, explican fuentes de la Seguridad Social.
Se trata de la primera medida de carácter económico que se verá complementadas por otras previsiblemente el próximo jueves, según han apuntado la ministra portavoz, María Jesús Montero, y el ministro de Sanidad, Salvador Illa. El jueves el presidente del Gobierno se reúne con los sindicatos y la patronal y volverá a haber un Consejo de Ministros.
En el encuentro de Pedro Sánchez con los agentes sociales abordarán el “plan de choque” frente al coronavirus que anunció ayer el presidente, ha afirmado Montero, con medidas como el fomento del teletrabajo, ayudas a los trabajadores con dificultades para cuidar a sus hijos en las zonas en las que se han suspendido las clases e impulsos económicos para empresas y sectores más afectados por la epidemia.
María Jesús Montero no ha concretado apenas las iniciativas del plan del Ejecutivo y ha destacado que aún deben ser discutidas con los representantes de los trabajadores y los empresarios. La Seguridad Social había informado por error de una moratoria en las de las cotizaciones a la Seguridad Social para empresas y trabajadores por cuenta propia, que se está aún discutiendo y que irá en principio al Consejo de Ministros del próximo jueves.
Prestación por baja más cuantiosa
La consideración de baja por accidentes de trabajo se traduce en prestaciones más cuantiosas para las personas trabajadoras. “Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración”, recoge el comunicado de la Seguridad Social. Algunas empresas y sectores complementan ese 75% por convenio colectivo, aumentando la protección de sus plantillas.
En el caso de las prestaciones de baja de incapacidad temporal por contingencias comunes, los trabajadores perciben el 60% de la base reguladora a partir del cuarto día de baja y hasta el día 20. Del día 21 en adelante de baja, los empleados perciben el 75% de la base reguladora.
Los sindicatos CCOO y UGT habían reclamado al Ejecutivo considerar estas bajas como accidentes de trabajo, así como “que se configure una prestación, de carácter extraordinario, que cubra la pérdida de ingresos en un 100% en los casos de suspensiones de contrato de trabajo por cuarentena, cierre de centros escolares, de centros de día o restricciones de movilidad”, entre otras medidas.
El Estado asume el pago de las bajas por cuarentena
La consideración de las cuarentenas preventivas como bajas por accidente laboral, además de más protección para los trabajadores, también supone que el coste de estas prestaciones las asume el Estado en lugar de las empresas. La patronal CEOE había advertido de cierres de compañías si los empresarios tenían que asumir solos el coste de las bajas por cuarentena.
En el caso de las bajas por contingencia común, el pago de la prestación entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario. Solo a partir del día 16 de baja, la responsabilidad de pago es del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o de la mutua.
En las bajas por accidente laboral, como ahora se consideran los aislamientos preventivos por coronavirus, el pago de la prestación corresponde a la Seguridad Social desde el día siguiente a la baja.