El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto-ley para regular los programas de rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), para el que se destinarán 4.420 millones de euros con cargo a los fondos europeos.
Esos 4.420 millones de euros incluyen 450 millones de euros destinados a financiar incentivos fiscales a la rehabilitación. Del monto total aprobado, 3.420 millones se destinarán a las inversiones del programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales, mientras que los 1.000 millones restantes irán dirigidos al programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha recordado en un comunicado que estas inversiones forman parte del proceso de 'Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana', parte del PRTR, dotado con 6.820 millones de euros. El Real Decreto aprobado este martes cuenta con cinco programas de rehabilitación y uno para impulsar la construcción de vivienda de alquiler social.
El primero de los programas de rehabilitación se centra en las actuaciones barriales y su intención es financiar rehabilitación de edificios dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), siempre que se haga con la intención de reducir al menos de un 30% del consumo de energía primaria.
Los fondos de este programa también podrán emplearse en la urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico, o la prestación de servicios de oficina de rehabilitación.
La cuantía máxima por vivienda puede ascender hasta los 21.400 euros y se condiciona al ahorro energético final de la actuación, desde al 40% hasta el 80%. Sin embargo, será total si los propietarios o usufructuarios cumplen el criterio de vulnerabilidad económica o social.
El segundo programa aprobado en el Real Decreto se dirige a las oficinas de rehabilitación, para financiar el servicio “ventanilla única”.
El programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, el tercero de este Real Decreto, subvencionará obras de rehabilitación en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética. Tendrán prioridad edificios residenciales y viviendas unifamiliares que obtengan una reducción de consumo de energía primaria no renovable del edificio igual o superior al 30%.
En este caso, las subvenciones podrán alcanzar los 18.800 euros por vivienda, en función del ahorro energético, y podrá ser del 100% de la actuación si se cumple el criterio social de vulnerabilidad.
El cuarto programa de este Real Decreto se centrará en fomentar la mejora de la eficiencia energética de viviendas. El monto de la subvención será del 40% de la actuación, con un límite de 3.000 euros por vivienda y se aplicará a través de las convocatorias públicas de las comunidades autónomas.
El coste mínimo de estas intervenciones en las viviendas debe ser igual o superior a 1.000 euros y contempla acciones para reducir la demanda energética al menos un 7%, reducir el consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, o modificar o sustituir elementos constructivos en la fachada adecuados al Código Técnico de la Edificación.
Por último, el Real Decreto regula el programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. En este caso, está dirigido a edificios finalizados antes del año 2000 y que se utilicen predominantemente como vivienda.
Las ayudas de este quinto programa oscilarán entre los 3.500 euros por libro del edificio existente y los 30.000 euros por proyecto de rehabilitación.
Este Real Decreto incluye un sexto programa, aunque este dedicado a la construcción de vivienda de alquiler social en edificios energéticamente eficientes. Los fondos financiarán, por al menos 50 años, el incremento del parque público de viviendas energéticamente eficientes que se destinen al alquiler social o a precio asequible.
Podrán beneficiarse las viviendas de nueva construcción sobre terrenos de titularidad pública o rehabilitación de edificios públicos destinados a otros usos. Para acceder a las ayudas, se deberá garantizar un consumo de energía primaria no renovable, como mínimo, inferior en un 20% a los requisitos exigidos en el Código Técnico de Edificación.
Los fondos, con un total de 1.151 millones de euros, se transferirán a las comunidades autónomas, así como a Ceuta y Melilla, una vez aprobado el Real Decreto, y el reparto será de acuerdo a lo acordado en la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo del pasado 21 de julio. A principios de 2022, se transferirán los fondos relativos al programa de construcción de vivienda social, acordados en la misma Conferencia y en función de la dotación establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
Medidas urgentes para la rehabilitación
Entre las medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que también ha aprobado hoy el Gobierno mediante un real decreto se introducen nuevas deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales. Estas deducciones, que estarán vigentes desde el mismo día de publicación del decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aplicarán sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.
La medida está financiada con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) aprobado por la Unión Europa y forma parte de la inversión contemplada en 'Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales', dotado con 3.420 millones de euros, de los que 450 millones se destinarán inicialmente para financiar los incentivos fiscales.
Reducción de la calefacción y la refrigeración
En particular, se introducen tres deducciones. La primera de ellas es una deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual.
Podrán acogerse a la misma las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
Mejora de calificación energética
La segunda deducción alcanza el 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras 'A' o 'B' en vivienda habitual.
Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética 'A' o 'B', en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
La última bonificación es una deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras 'A' o 'B' en edificios residenciales.
Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética 'A' o 'B', en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.
El periodo de aplicación de las tres deducciones será desde la entrada en vigor del decreto hasta 31 de diciembre de 2022, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual.
Reforma la de ley de Propiedad Horizontal
Asimismo, el decreto recoge la reforma la ley de propiedad horizontal para facilitar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios. En concreto, se modifica el régimen aplicable a las obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética en el conjunto del edificio, estableciendo un régimen de mayoría simple para la realización de tales obras, así como para la solicitud de ayudas y financiación para ello.
También se refuerza la capacidad de actuación de comunidades de propietarios para el acceso al crédito para obras de rehabilitación y mejora de los edificios, a través de una modificación de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, con objeto de que tengan plena capacidad jurídica para la formalización de los créditos a la rehabilitación o mejora de los edificios, y así favorecer su acceso a la financiación.
Avales del ICO
El decreto aprobado este martes contempla, asimismo, la creación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.
Con esta nueva línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que se desarrollará a través de un convenio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se cubrirán parcialmente los riesgos de los préstamos concedidos por parte de las entidades financieras privadas destinados a actuaciones de rehabilitación de edificios de vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.
Según lo dispuesto en el Real Decreto-Ley aprobado, a través de esta nueva línea se podrán conceder avales por un importe de hasta 1.100 millones de euros, con lo que será un “importante apoyo” a la financiación de las actuaciones de rehabilitación de edificios residenciales, destaca el Gobierno.