Actualmente, cuando uno quiere poner una reclamación de consumo debe dirigirse a una oficina municipal, autonómica o, en determinados sectores, a organismos competentes como el Banco de España, la Agencia de Protección de Datos y la CNMV. El Ministerio de Consumo no tiene capacidad sancionadora, pero el Gobierno modificará la ley general de consumidores para dotarle de ella. Se trata de una reforma más amplia en la que se pretende que esta sea la medida estrella. El Consejo de Ministros inició este martes la tramitación del anteproyecto.
Fuentes del ejecutivo destacan que, una vez modificada, Consumo podrá sancionar los fraudes de grandes empresas. El objetivo de fondo es disuadir a los infractores.
“El anteproyecto resuelve el vacío que ha permitido que exista una asimetría de poder [entre empresas y consumidores]”, ha dicho el ministro impulsor de la medida, Alberto Garzón. “Es una herramienta que complementará a las de las comunidades autónomas. Estableceremos un desincentivo a que las grandes empresas cometan fraudes o abusos”.
Como ha señalado Garzón, en casos como el 'dieselgate' —la manipulación de emisiones contaminantes que llevó a cabo Volkswagen en sus vehículos— el Gobierno podría haber actuado antes de haber tenido esta capacidad. “Otros países sancionaron, sin perjuicio de la vía judicial. Eso no pasó en España porque carecíamos de instrumentos para hacerlo”.
Cabe recordar que la Comisión Europea abrió expediente a nuestro país (y a Alemania, Grecia, Lituania, Luxemburgo, Reino Unido y República Checa) por no sancionar al grupo automovilístico y que el Gobierno español alegó que un expediente informativo a Seat era lo máximo que podía hacer con la legislación de entonces. En 2018, la fiscalía de Braunschweig impuso una multa de mil millones de euros a Volkswagen.
Otro ejemplo en el que la actuación del Gobierno podría haber estado del lado del consumidor es el de las cláusulas suelo. Como Facua lleva años denunciando, la banca ha rechazado en los últimos años “casi medio millón de reclamaciones extrajudiciales con la tranquilidad de que las autoridades de consumo de las comunidades autónomas siguen sin multarles”.
Con el mecanismo extrajudicial “las entidades deciden a quién devuelven o no el dinero, sin que intervenga un árbitro de la administración que dice resoluciones de carácter vinculante”. Así, los afectados deben acudir a la Justicia, que les da la razón en la mayoría de los casos, pero son tantos que colapsan el sistema. Algo similar sucede con las reclamaciones de tarjetas 'revolving' o las de las hipotecas multidivisas.
Con la nueva normativa de Garzón, Consumo tendrá más competencias. Las mismas fuentes señalan que el departamento podrá actuar también contra infracciones que se den en varios países de la Unión Europea o en las que el infractor no esté localizado en España (por ejemplo, las relativas al comercio electrónico)
Con respecto a las sanciones, el Ministerio prevé que estas sean de hasta un millón de euros, de ocho veces el beneficio ilícito obtenido por la empresa que comete el fraude y de hasta el 4% de su facturación (si la infracción tiene lugar en varios estados miembros).
Nuevas normas para los e-commerce
El anteproyecto inicia ahora su tramitación así que no hay un texto con todos los detalles y letra pequeña, pero Garzón ha avanzado otras de las medidas que incluirá.
Muchas afectan de lleno a los comercios electrónicos:
- Se perseguirá la compra masiva de entradas para su posterior reventa.
- Se prohibirá la publicidad encubierta en redes sociales.
- Se prohibirán las reseñas falsas y se considerarán una práctica desleal: el responsable de la web deberá garantizar que las reseñas sean reales.
- Si los buscadores no informan de que un resultado es pagado, “tendrán que mostrar una descripción de los parámetros utilizados para establecer la clasificación” de los mismos.
- Si un servicio ofrece precios personalizados, deberá informar al consumidor.