- Ninguna de las 56 enmiendas del Grupo Popular, de las 498 presentadas a la Ley del Sector Eléctrico, toca una coma en lo relativo al peaje al autoconsumo
56 enmiendas. Y ni una coma sobre el autoconsumo. El Partido Popular quiere dejar el peaje al sol como está: todo aquel que utilice energías renovables para el autoconsumo tendrá que empezar a pagar por ello. Es decir, pagará por usar los rayos del sol y el viento de Levante –o por el de Poniente, vaya, pero pagará–. ¿Por qué? Porque el proyecto de ley establece “la obligación de las instalaciones de autoconsumo de contribuir a la financiación de los costes y servicios del sistema en la misma cuantía que el resto de los consumidores”.
La Ley del Sector Eléctrico, que se está tramitando por la vía de urgencia, va quemando etapas a toda velocidad: el jueves pasado el Grupo Popular tumbó las siete enmiendas a la totalidad. Y las enmiendas parciales que ha presentado el PP dan muchas pistas sobre lo que se puede esperar del articulado final: muy pocos cambios.
Y algunos de estos cambios son para insistir en la inseguridad jurídica que denuncian los productores de energías renovables. Por ejemplo, la enmienda 455, del PP, desarrolla todos los parámetros para revisar cada 3 o 6 años los criterios para el sostenimiento de las inversiones renovables: “Se podrán revisar todos los parámetros retributivos y, entre ellos, el valor sobre el que girará la rentabilidad razonable en lo que reste de vida regulatoria de las instalaciones tipo”. Aunque, indican fuentes del sector eléctrico, ahora ya no se podrá cambiar “el valor de la inversión inicial” una vez que haya sido establecido.
En todo caso, a todo aquel que haya invertido en energías renovables le cambiarán los criterios para el sostenimiento de la inversión en función de una “rentabilidad razonable” que está pendiente de articularse. Y aquellos que inviertan más adelante, podrán, también, encontrarse con un marco jurídico distinto, revisable cada seis años.
Según indica la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) en un informe, la enmienda 487 abunda en la retroactividad: “Establece que el nuevo régimen económico específico a las renovables afecta a todas las plantas incluidas en cualquiera de los regímenes económicos primados ya existentes. Además, clarifica que dicho régimen entró en vigor con la aprobación del RDL 9/2013 (enmienda 486)”.
La implantación de nuevas plantas de renovables, según establece la enmienda 456 del Grupo Popular, será de carácter “excepcional”, como ya decía la ley. Lo que se pide ahora es que “el otorgamiento de este régimen retributivo específico se establecerá mediante procedimientos de concurrencia competitiva”.
¿Qué quiere decir lo anterior? Según explica el Ministerio de Industria en su web, “esto conlleva que el proceso de selección de entidades colaboradoras presentadas en la convocatoria serán evaluados al mismo tiempo y bajo los mismos criterios teniendo todos los proyectos presentados las mismas oportunidades”. Esto es, además de ser “excepcional”, dependerá de una suerte de concurso. “Se debe articular un mecanismo de subasta para determinar, una vez descontada los precios de mercado, el nivel extra de ingresos que necesita la instalación en función de los conceptos ya conocidos de rentabilidad razonable”, explica la UNEF en su informe.
Jorge Morales, ingeniero industrial y miembro de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, llama la atención sobre la enmienda 473: “Es muy relevante, porque introduce un párrafo que impide suspender el suministro de luz a los servicios esenciales [hospitales, juzgados...]. El anteproyecto de ley sí que lo permitía. Ahora se vuelve a la situación anterior, en contra de los que querían las eléctricas, que estaban a favor de cortar la luz a todo el mundo en caso de impago”.
Si la 473 supone una derrota para las eléctricas, la enmienda 475, junto con la 484, lo será para el autoconsumo. “La 475”, explica Morales, “introduce la posibilidad de que un inspector del Ministerio pueda entrar en los domicilios de personas físicas. Es decir, que puede entrar en la casa de cualquiera y, sobre todo, de los que practiquen el autoconsumo, para revisar si están pagando el impuesto al sol”. ¿Y la 484?: “Tiene que ver con las sanciones, y sigue dejando al albur del juez el tipo de sanción para aquel que no haya dado de alta una placa solar de 200 vatios. Cuesta 300 euros y le puede caer una multa de 60 millones de euros”.
Las enmiendas también avalan (497) que las principales eléctricas (Iberdrola, Endesa, Gas Natural, Hidroeléctrica del Cantábrico y EON) financien el déficit tarifario de 2013 –y los siguientes, si es que hubiera, aunque la ley prevé lo contrario–, que, según el último cálculo del ministro José Manuel Soria, alcanzará los 4.500 millones. Algo recurrido por las empresas ante el Supremo, pero que el tribunal ha sancionado: las eléctricas querían que las renovables también participaran de esta financiación; el Supremo ha dicho que no.