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El Gobierno incluye en el decreto del subsidio de paro la prioridad de los convenios autonómicos prometida al PNV

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente del PNV, Andoni Ortuzar, durante la firma del acuerdo de investidura. EFE/ Fernando Villar

Economía

20 de diciembre de 2023 09:10 h

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Sorpresa en el decreto ley que regula la reforma del subsidio de desempleo aprobada este martes. El Gobierno ha introducido en la norma la prioridad aplicativa de los convenios autonómicos sobre los estatales y sectoriales que Pedro Sánchez prometió al PNV en el acuerdo de investidura. Los empresarios han lanzado un duro comunicado en contra de la medida, por el “desprecio al diálogo social”.

La medida consiste en la prevalencia aplicativa de los convenios autonómicos sobre los sectoriales o estatales siempre y cuando obtengan el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora y resulten más favorables para las personas trabajadoras que los estatales.

La medida no fue anunciada ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que comparecieron la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz; el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños; la portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Pilar Alegría, y la ministra de Sanidad, Mónica García.

No obstante, Aitor Esteban, portavoz del PNV en el Congreso, ya reveló ayer que este asunto había sido aprobado en el Consejo de Ministros, informa Europa Press.

Se excluyó de la reforma laboral

La prevalencia de los convenios autonómicos sobre los sectoriales fue una medida que se discutió en la negociación de la reforma laboral de la pasada legislatura y que se excluyó de la norma finalmente por falta de acuerdo al respecto. Sin embargo, quedó incluida en el acuerdo que el PNV alcanzó con el PSOE para la investidura de Pedro Sánchez en este nuevo mandato. En el texto pactado, se incluía de hecho la redacción expresa del contenido ahora aprobado.

Las patronales CEOE y Cepyme han expresado su “rechazo total a la aprobación, sin preaviso y desde el desprecio al Diálogo Social”, han denunciado en un comunicado conjunto. Los empresarios advierten de que, “desde el punto de vista formal”, “la propia Constitución recoge el mandato de consultar a los agentes sociales modificaciones de este calado en la negociación colectiva”. Algo que no ha ocurrido.

Las patronales acusan al Ejecutivo “falta de lealtad y confianza imprescindible para el dialogo social”, una denuncia que complica las negociaciones abiertas en estos momentos, como la del salario mínimo interprofesional.

Los sindicatos mayoritarios criticaron por su parte esta decisión cuando se produjo el pacto entre PNV y PSOE. Tanto UGT como CCOO señalaron que la estructura de la negociación colectiva tiene que abordarse en el marco del diálogo social y se trata además de una modificación que no se logró pactar en el perímetro de la reforma laboral.

“Mejorar la negociación colectiva”

Según explica el Ejecutivo en la exposición de motivos del decreto esta medida se incorpora en el texto “al objeto de mejorar la regulación de la negociación colectiva en el ámbito de las comunidades autónomas, asegurando la aplicación de los acuerdos o convenios más favorables para las personas trabajadoras”.

El Gobierno señala que la reforma de 1994 del Estatuto de los Trabajadores y del texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social introdujo una importante reforma en materia de estructura convencional con la intención de impulsar el papel de la negociación colectiva en el ámbito autonómico, favoreciendo igualmente la progresión de lo que en aquel momento se denominó los marcos autonómicos de relaciones laborales.

“Se trataba de permitir que dichos convenios de ámbito inferior pudieran afectar a los convenios colectivos de ámbito estatal. La redacción introducida, no obstante, no acertó completamente en el diseño, entre otras cuestiones porque, junto a la negociación colectiva de ámbito autonómico, potenciaba y otorgaba facultades de suscripción de convenios o acuerdos con dichos efectos también en cualquier ámbito superior a la empresa e inferior al estatal”, recoge el decreto.

Dicha redacción fue objeto de posterior modificación por el Real Decreto-ley de 2011 de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva, en la que, si bien se limita al ámbito negocial autonómico la posibilidad de afectar a convenios colectivos estatales, “introduce importantes condicionantes al dejar esta posibilidad al arbitrio de los propios acuerdos o convenio de ámbito estatal”, señala el Ejecutivo.

Con la modificación introducida ahora, el Gobierno “procede a matizar” la regulación de modo que, manteniéndose los requisitos de que los acuerdos y convenios autonómicos sean suscritos por los sujetos legalmente legitimados, “estos acuerdos y convenios suscritos en el ámbito autonómico tendrán prioridad aplicativa sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal, siempre que dichos convenios y acuerdos obtengan el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación”.

Y, además, “dicha prioridad aplicativa queda condicionada ahora exclusivamente a que la regulación de los convenios o acuerdos autonómicos resulte más favorable para las personas trabajadoras que la fijada en los convenios o acuerdos estatales, de modo que paralelamente se promueva el desarrollo de los ámbitos autonómicos de negociación y los derechos de las personas trabajadoras”, recoge el decreto.

Se mantiene la limitación de regular algunas materias: el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual de trabajo, el régimen disciplinario, las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica.

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