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Guía para declarar las criptomonedas en Hacienda: a qué impuestos afecta y qué cambios se avecinan

Archivo - El CGE pide regulaciones en las criptomonedas para proteger a los inversores.

Diego Larrouy

3 de junio de 2021 22:23 h

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Criptomonedas, criptoactivos, Bitcoin o Ethereum son palabras que han ido ganando protagonismo durante los últimos meses ante el boom que tuvo el precio de estos activos financieros durante el arranque del año. Este auge que está teniendo la inversión en criptomonedas lleva aparejadas unas obligaciones fiscales que no siempre se conocen. El IRPF, Sociedades, o incluso el impuesto sobre el Patrimonio son algunos de los tributos cuyo cálculo se ve afectado por el uso y la inversión en criptomonedas.

En primer lugar, cabe recordar que están obligados a hacer la declaración de la renta aquellos que han tenido rendimientos de su trabajo por encima de los 22.000 euros, si se ha tenido un único pagador, o 14.000 en el caso de que se tuvieran varios pagadores. Sin embargo, los rendimientos por criptomonedas, al igual que en el caso de otras inversiones, pueden provocar que, sin llegar a ese citado mínimo, el contribuyente tenga que presentar la declaración. Si sus ganancias patrimoniales por las criptomonedas superan los 1.000 euros (o pérdidas de más de 500), sumados con otros rendimientos, sí tendría que presentar su declaración.

Tanto la compraventa como el minado de estas criptomonedas son actividades que están sujetas a tributación en España y afecta a distintos impuestos. En lo que se refiere al IRPF, las compraventas que generan una ganancia o pérdida entre el precio de transmisión y por el que fue adquirido se debe tributar como renta del ahorro. La Agencia Tributaria tiene incluso contemplado el caso en el que haya una denuncia por robo o la plataforma de compraventa de criptomonedas haya quebrado, uno de los riesgos que tiene esta actividad, reconocido por los propios actores del sector. Se considerará una pérdida patrimonial de la renta en el momento en que resulte judicialmente incobrable. Las mismas condiciones que al IRPF se aplican para el IRNR, que grava las rentas percibidas en España por contribuyentes no residentes.

En el caso de las empresas que se dedican a mediar en la compraventa de las criptomonedas, las comisiones que cobran a los clientes por estos servicios deberán formar parte de la base imponible de estas empresas en el Impuesto de Sociedades. Se libran, sin embargo, del IVA, puesto que las criptomonedas son consideradas como medios de pago, lo que le exime de este impuesto. El Impuesto de Actividades Económicas se aplica tanto si la compraventa se hace mediante cajeros físicos como si se realiza en una web de la empresa en cuestión. El minado de las criptomonedas, cuando se recibe una contraprestación por ello, también acarrea la obligación de tributar por ello. Puede ser el caso de arrendar servicios informáticos para realizar esta minería o el uso de servidores en la nube. En estos casos, se debe tributar por el IVA y el IAE.

Por último, la posesión de criptomonedas puede llegar a contabilizarse para el impuesto sobre patrimonio. La tenencia de las criptomonedas se contabilizaría como patrimonio del contribuyente. Sin embargo, esto no afectaría a cualquiera ni a cualquier cantidad pequeña de estos activos que se tenga en posesión. En términos generales en España, el mínimo exento para entrar a abonar el impuesto sobre el patrimonio son 700.000 euros. De superarse esa barrera, el valor de las criptomonedas que se tomará de referencia será el precio de mercado que tenía a 31 de diciembre.

Controles desde 2019

La compraventa y la inversión en criptomonedas es una actividad muy reciente, así como los controles que lleva a cabo la Agencia Tributaria. En concreto, el fisco comenzó a hacer controles a partir del año 2019, referidos a la Renta de 2018. Por aquel entonces, la Agencia Tributaria realizó requerimientos en 60 entidades, entre ellas bancos e intermediarios, que intervienen en la adquisición o venta de criptomonedas, lo que le aportó información adicional a la que viene rastreando sobre el mercado de las criptomonedas. Desde entonces, la Agencia Tributaria obtuvo información sobre cuentas bancarias que han sido origen o destino de transferencias con casas de cambio de criptomonedas.

Entre los requerimientos se encontraban una decena de entidades intermediarias en estas operaciones, como son las casas de cambio o las pasarelas de pago que permiten intercambio de euros y criptomonedas. A estas empresas se les requirió información sobre su actividad, la relación de sus operaciones de criptomoneda con identificación de compradores y vendedores, así como importes en euros de transacciones de criptomonedas, tipo de cambio y comisiones aplicadas en euros. Adicionalmente, en el caso de los cajeros se solicitaron contratos de arrendamiento y gestión, facturas relacionadas con el funcionamiento del cajero, importes medios mensuales de compras y ventas, distinguiendo medio de pago, y detalle de las operaciones realizadas

También se enviaron requerimientos de información a más de 40 empresas que ofrecen en internet a sus clientes la posibilidad de realizar pagos con criptomonedas. En este caso, la Agencia Tributaria preguntó sobre el porcentaje de la facturación sobrada en criptomonedas, las facturas y los tiques de estas transacciones, así como la identificación de clientes, el cambio aplicado o la identificación de otras operaciones de la empresa con criptomonedas.

La información que ha ido recopilando la Agencia Tributaria en estas inspecciones incluye mensajes en las declaraciones de determinados contribuyentes a los que recuerda la obligatoriedad de informar sobre las ganancias patrimoniales con la compraventa de criptomonedas y que deben cotizar en la declaración del IRPF. Con los datos obtenidos a través de los requerimientos y los que llegan por las declaraciones de la renta, el organismo lleva a cambio comprobaciones e inspecciones. Las primeras inspecciones que se han abierto tras este ejercicio todavía están en curso, por lo que por el momento se desconocen los resultados.

Nuevas normas contra el fraude

Las criptomonedas vivirán en los próximos meses algunas novedades que afectan a la fiscalidad y al control que la Agencia Tributaria tiene sobre ellas. La nueva ley de lucha contra el fraude fiscal, que se encuentra actualmente en el Senado tras haber sido aprobada por el Congreso, establecerá nuevas obligaciones para los contribuyentes que inviertan en estos activos. “La nueva Ley de Lucha contra el Fraude también se adapta a las nuevas circunstancias existentes en los mercados. Así, por su proliferación y su popularidad entre los inversores y los ahorradores, se hace necesario tener un mayor control sobre las criptomonedas”, defendía el Gobierno hace unos días tras el trámite en la Cámara Baja.

La más conocida de las modificaciones que trae consigo la nueva norma es la obligación que tienen los contribuyentes de informar sobre las monedas virtuales que tienen en el extranjero, a través del modelo 720. Cuando se apruebe definitivamente la ley se conocerán los plazos y la redacción definitiva de esta nueva exigencia. Pero se suman otros dos cambios normativos. El primero de ellos es la obligación de suministro de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales por parte de quienes proporcionen servicios a nombre de terceros para guardar las claves criptográficas privadas que permiten tener y utilizar estas monedas digitales, incluyendo a aquellos proveedores de servicios de cambio de estas monedas si también tienen un servicio para guardarlas. En segundo lugar, estas mismas empresas deberán informar sobre las operaciones que se realizan con monedas virtuales en las que intervengan.

Por la propia naturaleza de las criptomonedas es complicado contar con un dato concreto de cuántos españoles tienen estos activos y cuánto han invertido. De referencia pueden servir las estadísticas recopiladas por la consultora Chainalysis, un centro estadounidense de análisis de datos y transferencias en el mundo de las criptomonedas y el blockchain que ofrece servicios tanto a inversores, como a medios y Gobiernos. Esta consultora realiza un ranking en el que combina distintos datos como el volumen de transacciones que se realizan con criptomonedas con el tamaño de la propia economía de cada país. Con ese cruce, España figura en la posición 37 a nivel mundial, mientras que Ucrania, Rusia y Venezuela lideran el listado. Entre los países del entorno, España se sitúa por detrás de Reino Unido, Alemania, Francia y Países Bajos.

Ante el boom de las criptomonedas y los cambios fiscales que se avecinan en los próximos meses, han surgido plataformas que dan servicios a los contribuyentes para elaborar los informes fiscales para quien tenga este tipo de activos con toda la información para la Agencia Tributaria. Es el caso de Blockpit, que esta semana ha lanzado su plataforma Cryptotax en España. “Actualmente, muchos traders de criptoactivos desconocen su obligación tributaria y que, por tanto, son responsables de declarar y pagar impuestos asociados a los activos digitales. En el peor de los casos, podrían ser acusados de evasión fiscal con fuertes sanciones”, señalaba la empresa.

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