El Ministerio de Trabajo acaba de obligar a Securitas Direct, la empresa líder en instalación de alarmas para hogares y pymes en España, a regularizar cuotas impagadas durante años a la Seguridad Social tras una inspección que se ha prolongado dos años y arrancó tras una catarata de denuncias contra la empresa ante el ministerio, la Agencia Tributaria e, incluso, los juzgados de lo Penal, según confirman diversas fuentes a elDiario.es
Fuentes oficiales de la compañía admiten que a finales de 2020 concluyó una inspección de cuya existencia dio cuenta la empresa en sus cuentas de 2019 y tras la cual “se ha procedido a ajustar y regularizar, sin ser objeto de infracción, alguno de los capítulos revisados durante el proceso”.
Securitas Direct, que no detalla el importe ni los conceptos regularizados, subraya que “no hay sanción ni responsabilidad penal para la compañía”, ya que no ha existido fraude, ni dolo, ni ánimo de ocultación: solo meras “diferencias de criterio” con la Administración.
En una presentación “confidencial” distribuida hace unos días a su equipo de ventas, Securitas Direct ha explicado que a partir de ahora “desaparece el concepto ”dieta“ de la nómina” y el tratamiento que hasta ahora se daba al vehículo de empresa, que pasa de ser considerado una herramienta de trabajo a tener el tratamiento de retribución en especie. “Para mantenerlo debemos reconocer el valor del coche en nómina, sin impacto en sueldo fijo”, se lee en esa presentación.
La Inspección ha obligado a Securitas Direct a cambiar su modelo de dietas, que la empresa asegura “era y es correcto: se trata de un concepto extrasalarial (ni se cotiza ni se tributa). El único punto a modificar es el modelo de gestión y aplicación, que fue validado hasta ahora por la propia Administración”, pero cuyo criterio han tenido que cambiar con motivo de esta inspección.
Securitas Direct destaca que “este modelo no ha sido cuestionado previamente en los tribunales laborales” y explica que “antes se hacía una estimación mensual de dietas y a partir de ahora, la gestión se va a realizar a través de la entrega de tarjetas Sodexo, un sistema que permite una gestión más individual y que se adapta al elevado número de personas que deben recibirlas”.
Para ponerse al día con la Seguridad Social, Securitas Direct dice que ha pactado “un reconocimiento voluntario para la regularización del modelo de aplicación, con el objeto de facilitar la gestión de estas dietas para más de 2.500 profesionales”. Insiste en que “ni antes ni ahora las dietas han sido un concepto que estuviera incluido en el salario y, por lo tanto, no se cotiza por el mismo. Las dietas son siempre un concepto extrasalarial”, independientemente de cómo se calculen.
Respecto a los vehículos, “la Inspección de Trabajo ha tenido en cuenta el criterio de disponibilidad y no el de uso”, reconoce Securitas Direct. “Según su parecer, para considerarse únicamente herramienta de trabajo, nuestros profesionales deberían dejar su vehículo en unas cocheras cuando acabase su jornada laboral y volver a recogerlo al inicio de la misma, con el trastorno que esto puede suponer”.
“La compañía ha decidido, para no perjudicar al empleado con las idas y venidas, añadir el porcentaje del supuesto uso privativo que puede realizarse, pasando a ser considerado retribución en especie. Se aplica así la regulación oportuna sin sanción por parte de la Administración”. “Este cambio de criterio ha obligado a muchas compañías en los últimos años a incluir el vehículo, que es una herramienta de trabajo, como retribución en especie”, añade.
La empresa de alarmas pone como ejemplo del “extraño criterio” de la Seguridad Social el uso del teléfono o del ordenador en el trabajo: “Desde el punto de vista de la Seguridad Social, el trabajador debería cotizar por el uso privado que pudiera hacer de sus herramientas de trabajo, como una llamada personal con el teléfono o acceder a una página web de diario de información en su ordenador. De este modo, pasaría a ser considerado retribución en especie. En este punto, la compañía ha trasladado su disconformidad, dada su naturaleza eminentemente profesional y la ausencia de cualquier tipo de precedente al respecto”.
“Ninguna denuncia”
Securitas Direct asegura que esta “ha sido una inspección de oficio, no motivada por ninguna denuncia”, en el marco de las inspecciones rutinarias que se realizan a compañías de gran tamaño.
Otras fuentes confirman sin embargo que las actuaciones se pusieron en marcha tras la interposición de una denuncia, en mayo de 2018, ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid por parte del Sindicato de Trabajadores de Seguridad Privada (Intersindical-STSP).
Este sindicato, sin representación en la empresa, acusaba a Securitas Direct de defraudar al Fisco y a la Seguridad Social “un importe no inferior a los 7 millones de euros, en los últimos 5 años, al eludir el pago de tributos”, abonando “parte del salario como dieta exenta”, “descontando el renting de los vehículos de empresa que utilizan los comerciales y el personal de RTC (retención de sus clientes) de las comisiones, fuera de nómina y sin cotizar” y mediante un supuesto esquema de “infracotizaciones”.
Esas denuncias fueron también tramitadas a través de la Agencia Tributaria y por la vía penal ante la justicia ordinaria. En este último caso, el Juzgado de Instrucción 1 de Pozuelo de Alarcón (Madrid) decretó el 16 de junio de 2017 el archivo de las diligencias previas tras tomar declaración a tres trabajadores. Entendió que “se carecen de suficientes indicios” de los delitos denunciados. No consta que Hacienda haya realizado una inspección tras esas denuncias.
En sus cuentas de 2019, que recogían un nuevo récord de facturación, la empresa, de la que son socios minoritarios la familia March junto a un nutrido grupo de grandes fortunas españolas, ya mencionaba la existencia de esta inspección de la Seguridad Social y de varias del Fisco: “Con fecha 10 de enero de 2019, la Dirección Especial de Inspección del Ministerio de Trabajo ha requerido a la sociedad Securitas Direct España, SAU, con el objetivo de iniciar actuaciones comprobatorias en materia de régimen económico de la Seguridad Social para los periodos comprendidos entre Diciembre de 2014 a Diciembre de 2018, sin haber recibido a la fecha de formulación de las presentes cuentas anuales ninguna resolución formal”, explicaba la empresa, que no esperaba “contingencias con efecto patrimonial significativo” en sus estados financieros.