El interés legal del dinero, que se utiliza en los procedimientos de liquidación de deuda entre particulares, baja en 2015 por primera vez en cuatro años para situarse en el 3,5 %, medio punto inferior a la tasa anterior.
De la misma manera, el tipo de interés de demora, que se aplica en las liquidaciones de deuda entre Hacienda y los contribuyentes, será del 4,375 %, después de cuatro años en el 5 %, según consta en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado presentado hoy en el Congreso de los Diputados.
De acuerdo con el proyecto se trata de los tipos de interés más bajos establecidos por las leyes de Presupuestos Generales del Estado en los últimos 30 años.
La siguiente tabla recoge los tipos de interés legal y de demora desde 1996.
INTERÉS LEGAL INTERÉS DEMORA
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1996 9,00 11,00
1997 7,50 9,50
1998 5,50 7,50
1999 4,25 5,50
2000 4,25 5,50
2001 5,50 6,50
2002 4,25 5,50
2003 4,25 5,50
2004 3,75 4,75
2005 4,00 5,00
2006 4,00 5,00
2007 5,00 6,25
2008 5,50 7,00
2009 5,50 7,00
2010 4,00 5,00
2011 4,00 5,00
2012 4,00 5,00
2013 4,00 5,00
2014 4,00 5,00
2015 3,50 4,37
EFE