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Jubilación demorada, activa y parcial: cómo quedan tras el acuerdo entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal

David Noriega

31 de julio de 2024 22:45 h

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“Mejoramos la compatibilidad de la pensión con el trabajo y, con ello, garantizamos el tránsito hacia una jubilación flexible y adaptada a cada una de las personas”, decía este miércoles el presidente del Gobierno. Cuando Pedro Sánchez anunció durante el cierre del curso político el acuerdo con sindicatos y patronal sobre jubilación activa, demorada y parcial, no desgranó mucho más. UGT y CCOO habían apurado el martes para limar los últimos detalles, pendientes del visto bueno del ministerio. La CEOE aprobaba el texto en sus órganos de dirección casi al filo de la comparecencia de Sánchez.

El Ministerio de Seguridad Social y los agentes sociales cumplen el plazo que se habían dado y, tras casi ocho meses de negociación, han alcanzado un acuerdo que adelanta el acceso a la jubilación parcial, recoge un nuevo incentivo a la demorada y modifica la compatibilidad entre empleo y pensión en el caso de la activa. A la espera del trámite parlamentario de estas cuestiones, así queda cada modalidad en el acuerdo, al que ha tenido acceso elDiario.es:

¿Qué nuevos incentivos hay para la jubilación demorada?

El Ministerio quiere que, en la medida de lo posible, se incrementen las carreras profesionales, para acercar la edad real a la edad legal de jubilación. En ese objetivo juega un papel fundamental la modalidad demorada. Esto es, continuar trabajando más allá de esa edad legal. El Ejecutivo trató de impulsarla ya en la reforma de pensiones de 2021, en la que incorporó mejoras, como el incremento del 2 al 4% de mejora anual después del primer año y la posibilidad de recibir, en su lugar, un pago único o una fórmula mixta.

Este 'premio', que ha hecho que este tipo de jubilaciones pasasen del 4,8% en 2021 a más del 10% este ejercicio, se mantiene, aunque con un ligero cambio. A partir del segundo año de demora, las personas trabajadoras podrán ver incrementada su pensión a la hora de jubilarse en un 2% cada seis meses. Un ejemplo: un trabajador que demora su retiro dos años y medio, verá incrementada su pensión en un 10%, mientras que actualmente solo podría retirarse al cabo de dos años, con el 8% más, o transcurridos los tres, con el 12%.

¿En qué cambia la jubilación activa?

Uno de los cambios en los que ha hecho hincapié el Gobierno ha sido en la facilidad para compatibilizar empleo y pensión. En este momento, solo se permite cobrar el 50% la pensión mientras se sigue trabajando, tras un año de demora. Este primer año, más allá de la edad de jubilación, se mantiene sin pensión, pero después los porcentajes van incrementándose. La escalera queda así:

  • Primer año, tras el de demora: 45%.
  • Segundo año: 55%.
  • Tercer año: 65%.
  • Cuarto año: 80%.
  • A partir del quinto año: 100%.

Esto hace que una persona que opte por esta modalidad de jubilación se vea perjudicada, con una merma del 5% de lo que cobra de pensión, el primer año tras la demora, pero que su situación mejora notablemente a partir de ahí. Además, se elimina el requisito de contar con una carrera de cotización completa y el 100% de la base reguladora, que perjudicaba especialmente a las mujeres, con periodos más cortos, y se reconoce la compatibilidad con los incentivos de demora. Eso es: un trabajador puede demorar su jubilación y, después, pasar a la jubilación activa.

¿Cómo queda la jubilación parcial con contrato relevo?

Las personas trabajadoras podrán optar a esta modalidad de jubilación, que permite compatibilizar un contrato de trabajo a tiempo parcial con el ingreso de una parte de la pensión en los términos que corresponda por ese adelanto, tres años antes de la edad legal, en lugar de dos, como ocurre desde la reforma del Partido Popular en el año 2013.

Ese año que se gana tiene, no obstante, condiciones: la reducción de la jornada del jubilado parcial tiene que ser de entre el 20 y el 33%. Para los otros dos años, todo sigue igual, entre el 25 y el 75%. Además, los trabajadores podrán pactar con la empresa, de forma individual, o mediante negociación colectiva, acumular periodos de tiempo de trabajo.

¿Y si soy relevista?

Era uno de los grandes empeños de los sindicatos, que las condiciones de los trabajadores que acceden a ese contrato relevo fueran las mejores. Parece que lo han conseguido. Su contratación tendrá que ser indefinida, a tiempo completo y deberá mantenerse, al menos, hasta dos años después de la extinción de la jubilación parcial.

¿Se resuelve la incertidumbre sobre la industria manufacturera?

Sí, con matices. El sector manufacturero, con una normativa propia en esta materia, vivía en una situación de incertidumbre respecto a la negociación colectiva, abocada a prórrogas anuales. El acuerdo clarifica la situación, ya que mantiene las condiciones de la jubilación parcial en vigor. El matiz es que lo hace hasta 2029. Tendrá que ser el futuro Gobierno de ese año quien resuelva el asunto.

En cualquier caso, el ministerio y los agentes sociales han pactado algunos ajustes, para intentar alcanzar un marco de convergencia entre estos trabajadores y el resto. Actualmente, los empleados y empleadas con jubilación parcial ordinaria tienen una cotización del 100%; mientras en el sector manufacturero era del 20%. Así, la mesa del diálogo social, también con la patronal, ha acordado incrementar esa cotización de la empresa de forma progresiva:

  • En 2025, al 40%.
  • En 2026, al 50%.
  • En 2027, al 60%.
  • En 2028, al 70%.
  • En 2029, al 80%.

Fuentes del Ministerio reconocen que no se igualan las cotizaciones pero que esa subida progresiva permite acotar la brecha y permitiría integrar a este sector en la regulación general a partir de 2029, cuando termina la prórroga.

¿Qué pasa con la jubilación de los autónomos?

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha celebrado el “importante acuerdo”, que incluye cambios para las personas trabajadoras por cuenta propia. Tampoco necesitarán una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa. El porcentaje de compatibilidad de la pensión será igual que el de los trabajadores por cuenta ajena, salvo que tengan uno o más empleados con contrato indefinido con una antigüedad mínima de 18 meses o si lo contrata. En ese caso, el porcentaje inicial será del 75%y se incrementará en cinco puntos cada 12 meses.

Y con las profesiones penosas y peligrosas

El sistema para establecer coeficientes reductores para ocupaciones con especial penosidad o peligrosidad no funcionaba, según admiten fuentes del Gobierno. Lo que han hecho el Ministerio, los sindicatos y la patronal ha sido establecer un nuevo procedimiento, que deben activar de forma conjunta las organizaciones sindicales y empresariales o la administración, de oficio. Para ello hacen falta dos requisitos: que no se pueda modificar las condiciones de trabajo y que los indicadores técnicos que se utilicen sean objetivos.

El texto no habla de sectores, sino de ocupaciones. Esto puede provocar que dentro de un mismo sector haya determinadas ocupaciones especialmente penosas o peligrosas y otras no. ¿Cómo se decide? Tras iniciarse el procedimiento, se realizará un análisis minucioso y exhaustivo de la trayectoria laboral, las contingencias profesionales, la morbilidad y, en los casos más extremos, la mortalidad. Al proceso tendrán que aportar informe la Inspección de Trabajo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y participará una comisión de evaluación, así como los agentes sociales y los ministerios de Seguridad Social, Hacienda y Trabajo.

¿Se ha abordado la jubilación flexible?

Fuentes del Ministerio indican que se trata de una modalidad compleja, por su desarrollo normativo. Esta supone compatibilizar empleo y pensión tras el retiro. Es decir, supone una reintroducción en el mercado laboral. Los agentes sociales han optado por mandatar al Gobierno para que, en un plazo de seis meses, revise la regulación y busque formulas para incentivar su acceso, “mejorando el porcentaje de pensión a percibir”, indica el texto.

¿Ganan poder las mutuas?

Los sindicatos y la patronal habían pactado, en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) de 2023, la participación de las mutuas en el seguimiento y tratamiento de los procesos traumatológicos. El acuerdo tripartito vehicula ese compromiso, que permitirá a los trabajadores saltarse las largas esperas de la sanidad pública y recurrir a los recursos de las mutuas. Desde el Ministerio llevan meses defendiendo que se trata de un recurso del sistema de salud, hasta ahora desaprovechado. En cualquier caso, serán las comunidades autónomas las que deban articular esos procedimientos, a través de convenios propios, mientras los procesos de bajas y altas médicas “continuarán siendo emitidas por los facultativos de los servicios públicos de salud”.

“El Convenio tiene como objeto la utilización de los recursos humanos y materiales disponibles de las Mutuas, en el margen que permita su destino a las funciones de la colaboración, con el fin de mejorar la salud de las personas trabajadoras y evitar la prolongación innecesaria de los procesos, mediante la realización de las actuaciones sanitarias que estime necesarias el Servicio Público de Salud en los procesos de Incapacidad Temporal, para la realización en su caso e pruebas diagnósticas, tratamientos terapéuticos y rehabilitadores, incluidas intervenciones quirúrgicas”, describe el acuerdo, en lo que supone, de facto, un desvío a la sanidad privada.

¿Qué otros incentivos tienen las empresas?

En 2019, se suspendió el incentivo para las empresas que disminuyeran de forma considerable la siniestralidad. El Ejecutivo y los agentes sociales han acordado recuperar ese bonus en las cotizaciones con un nuevo sistema, basado en calificaciones, de la A a la D, que se otorgarán en base a los datos de accidentes y enfermedad profesional propia y dentro del sector. La mejora en la nota, o mantener la calificación más alta, supondrá rebajas de entre el 4 y el 8% en las cuota empresarial. Pero, para acceder a ellas, deberán justificar también inversiones en materia de prevención.

¿Y mejoras para los fijos discontinuos?

También. Las personas trabajadoras con este tipo de contratos arrastraban importantes lagunas de cotización. El acuerdo sirve para clarificar y recuperar el coeficiente multiplicador del 1,5.