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La Ley de Vivienda recortará a la mitad los privilegios fiscales de los grandes caseros

Vista de varios bloques de viviendas en construcción el barrio madrileño de El Cañaveral, en una fotografía de archivo.

Cristina G. Bolinches

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La nueva Ley de Vivienda va a incluir un recorte a las ventajas fiscales de las Entidades de Alquiler de Vivienda, que verán drásticamente reducidas sus exenciones en el Impuesto de Sociedades desde el 85% actual hasta el 40%.

De esta forma, estos grandes tenedores de viviendas sufragarán las medidas previstas en la futura Ley para reducir la carga fiscal de los pequeños propietarios, según indican fuentes de Unidas Podemos. Además, tendrán limitado el precio de alquiler por ley.

La nueva legislación aún está en fase de redacción y está previsto que salga del Consejo de Ministros, para iniciar su tramitación parlamentaria, en la recta final del año. 

El acuerdo entre Unidas Podemos y el PSOE, según indican las citadas fuentes, reducirá al 40% las exenciones de las Entidades de Alquiler de Vivienda. Esta figura, actualmente, ampara a sociedades que poseen más de ocho viviendas, que las colocan en el mercado en régimen de alquiler de larga duración (al menos, tres años). 

Desde 2014, gracias a una medida aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy, este tipo de grandes propietarios podían apuntarse una bonificación de hasta el 85% en la cuota de su Impuesto de Sociedades, que ahora se verá reducida prácticamente a la mitad.

Con esa medida, se sufragarán los incentivos fiscales previstos en la nueva Ley de Vivienda para los pequeños propietarios, que permitirán bajar los alquileres, ya afectados por la congelación en zonas tensionadas, según las fuentes de Unidas Podemos.

Rebaja de precios en áreas tensionadas

La futura Ley busca, entre otras medidas, la reducción de los precios del alquiler en las denominadas áreas tensionadas, en las que los precios de los alquileres sufren una presión alcista. En ellas, se persigue la puesta en marcha de índices de referencia para limitar las subidas. 

Un modelo de índices que está por diseñar, ya que los socios de Gobierno se han dado un periodo de 18 meses, desde la aprobación de la Ley, para decidir cómo se estructurará esta figura.

En cuanto a la definición de área tensionada, según han explicado fuentes del Ejecutivo, serán aquellas en las que los precios de los alquileres avancen cinco puntos por encima del IPC en los últimos años y donde el esfuerzo para abonarlos sea más del 30% de los ingresos de la unidad de familiar. 

La vigencia de la declaración de ámbito territorial, como zona de mercado residencial tensionado, será de tres años, aunque se podrá prorrogar posteriormente de forma anual. 

Una definición que no se hará efectiva de forma inmediata en las áreas donde se den estos criterios, ya que serán las Comunidades Autónomas -que tienen transferidas las competencias de Vivienda- las que tengan que solicitar su aplicación. De momento, y aunque la Ley aún no esté aprobada, CCAA gobernadas por el PP, como Madrid, ya han adelantado que no van a aplicar esta medida

En cuanto a la definición de grandes tenedores, el texto que ha pactado el Gobierno de coalición incluye a las personas jurídicas que poseen más de 10 viviendas y que serán las que tendrán que bajar los precios del alquiler de acuerdo a esos índices de referencia. Esos precios se aplicarán tanto a los nuevos contratos a un mismo inquilino como a otro inquilino diferente. 

Respecto a las medidas fiscales para propietarios particulares, la Ley contempla bonificaciones al alza en el IRPF, de hasta el 70%, para los propietarios que cedan el alquiler de una vivienda a una Administración Pública; o del 60% en el caso de que se trate de una vivienda rehabilitada. También, de hasta un 90% cuando se firme un nuevo contrato en una zona de mercado residencial tensionado, con una bajada de al menos un 5% sobre la renta del contrato anterior.

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