Un aspirante a la Policía Nacional con pies planos ha logrado una sentencia que le considera apto para el cuerpo, anulando el dictamen del Tribunal Médico que le excluyó del proceso selectivo. Así lo ha considerado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, en una sentencia que ha distribuido el bufete Suárez-Valdés, que explica que ha defendido al afectado.
El candidato a entrar en la Policía Nacional presenta pies planos, pero había sido considerado apto en tres convocatorias de oposiciones anteriores. En la de agosto de 2021, el Tribunal Médico sin embargo resolvió que era no apto para el cuerpo, lo que le dejó fuera del proceso de selección, por considerar que su grado de pies planos era de mayor gravedad y que era incapacitante para el puesto.
En concreto, el opositor fue “excluido al encontrarse incurso en la causa de exclusión médica comprendida en el punto H.10, según el cuadro de exclusiones, esto es, 'alteraciones morfológicas de uno o ambos pies que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada”, recoge la sentencia.
La defensa del opositor a polícia sostuvo que los argumentos ofrecidos por la Administración eran “totalmente genéricos” y “podrían aplicarse a cualquier persona con pies planos”, añadiendo además que el candidato había “superado no solamente las pruebas físicas del proceso selectivo, sino en propio reconocimiento médico, en tres convocatorias distintas”.
Pruebas médicas y consideración de apto
El informe del Tribunal Médico justificaba su exclusión porque detectaba una “caída del arco longitudinal plantar de ambos pies, presentando pie plano bilateral grado III, alteraciones que previsiblemente serán motivo de incapacidad futura”.
Frente a dicho informe, el candidato a policía presentó otros informes médicos de especialistas en traumatología y cirugía ortopédica, así como un estudio biomecánico elaborado por un podólogo. Las pruebas presentadas conforme sostenían la “funcionalidad completa de pies y tobillos” del opositor.
También aportó un estudio radiológico, “del que resulta que presenta pies planos bilaterales sin cambios degenerativos asociados ni deformidades de dedos, antepié o retropié. Pies planos flexibles, grado II (leve), que constituyen mera variante de la normalidad, ya que son asintomáticos y no alteran la funcionalidad del miembro inferior”, recoge la sentencia.
Así, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que los “informes médicos detallados” presentados por el aspirante “concluyen en lainexistencia de patologías excluyentes”. Esto, unido “al hecho de haber superado el actor el reconocimiento médico en otras convocatorias anteriores, permite considerar desvirtuada la presunción de acierto del informe médico oficial que justificó la exclusión” del opositor.
Por ello, el tribunal considera “apto” al candidato y resuelve que debe volver a ser incluido en los procesos selectivos para entrar al Cuerpo de la Policía Nacional. Además, condena a la Dirección General de la Policía al pago de las costas, hasta un máximo de 800 euros. La sentencia, notificada ayer a la defensa del opositor, es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.