Anciano de 81 años aquejado de Alzhéimer y esposa de 80 años sin formación. Test de idoneidad para definir el perfil de riesgo del inversor (de obligatorio cumplimiento en base a la legislación Mifid) con resultado negativo. Es decir, el matrimonio no era un inversor de riesgo.
A pesar de ello, Caja Laietana –ahora parte de Bankia– les vendió participaciones preferentes en 2011. Con estas bases sobre la mesa, es fácil comprender por qué el juez de Mataró que ha llevado este caso ha fallado a favor de los demandantes y, condenado a Bankia a devolverles el dinero además de pagar las costas del proceso judicial.
Abusos tan flagrantes no son extraños en el proceso de comercialización de preferentes en España. Las sentencias judiciales a favor de los que ya se han atrevido a denunciar engrosan, cada día, las 'listas de éxitos' en asociaciones de defensa de los usuarios de banca y en despachos de abogados.
A pesar de ello, tanto el Gobierno como las propias entidades implicadas, sobre todo Bankia, pretenden plantear el arbitraje como la mejor de las soluciones para recuperar el 100% del capital invertido en preferentes o deuda subordinada. Esta modalidad de acuerdo, alternativa a los juicios, se presenta como la opción barata (sobre todo tras la subida de las tasas judiciales) y rápida para calmar la ira de los ahorradores contra lo que consideran un engaño de sus entidades financieras.
Pero detrás de ese esfuerzo de marketing, lo que subyace es un intento de evitar que las entidades emisoras de estos títulos tengan que enfrentarse a los jueces, cada vez más concienciados con los abusos, y también ahorrarse las costas de juicios que, como el de este matrimonio de Mataró, saben que tienen perdidos de antemano. Con todo, desde la entidad financiera insisten en que el arbitraje no es la solución que ellos hubieran elegido y que es una imposición de Bruselas, y del Gobierno, para buscar una solución al problema. Bankia asegura estar haciendo todo lo posible por lograr la mejor salida a la situación de los afectados en la venta de estos productos.
El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob), el brazo ejecutor del rescate de las entidades financieras, ya ha dicho que el próximo viernes publicará las condiciones de canje de las participaciones preferentes y deuda subordinada emitidas por el Banco Financiero y de Ahorro (BFA, la matriz de Bankia), Novagalicia Banco y Catalunya Banc. Además, se da vía libre para que los afectados de Bankia puedan solicitar el arbitraje.
Los afectados deberían saber que la recomendación generalizada por defensores de afectados y abogados es “no acudir a esos arbitrajes”. Sólo los casos más extremos pueden salir beneficiados, esos en los que no hay duda de que ganarían en un juicio. “Nosotros no recomendamos a nadie acudir al arbitraje. Ni aceptar ninguna propuesta, ya sea de canje o negociación, de forma voluntaria, ya que eso resta argumentos ante los jueces”, advierte Jordi Ruiz de Villa, abogado de Jausas Legal.
Son varios los motivos que los expertos esgrimen contra el arbitraje en las preferentes:
Primero, porque estamos hablando de un sistema alternativo a la justicia. Es decir, el árbitro es un intermediario entre las dos partes en conflicto, y no un juez. “No siempre se recurre a una base legal para llegar al consenso entre las partes”, advierte Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Afectados por Permutas y Derivados Financieros (Asuapedefin).
Segundo, porque lo que se presenta como una ventaja –no necesitar abogado ni procurador para gestionar la cuestión– puede ser un inconveniente. “Si el afectado va solo al arbitraje, se encuentra con un representante de la entidad financiera, que en muchos casos es abogado, que tiene mucha más experiencia y habilidad para plantear y defender los argumentos en su favor. Sólo en casos muy abusivos donde los argumentos caen por su propio peso, el ahorrador tiene ventaja”, dice Suárez.
Tercero, porque el acceso al arbitraje no es libre. Se necesita una autorización previa, que en el caso de Bankia, hará la consultora KPMG (la misma que asesora a Bankia en los juicios). En el caso de Novagalicia Banco y Catalunya Banc estuvo a cargo de organismos más independientes, como las oficinas de Consumo de sus respectivas Comunidades Autónomas.
“Los vemos todos los días defendiendo a capa y espada los intereses de Bankia en los juzgados, por lo que dudo mucho de su independencia en la selección que tienen que hacer”, advierte Suárez. Por cierto, ¿alguien recuerda aquel pacto PP-PSOE firmado a finales de enero para crear una comisión que hiciera esta labor? “Como denunciamos muchos de nosotros, aquello sólo era una pose política, que en el mejor de los casos tendrá carácter consultivo”, comenta Javier Contreras, portavoz de la Asociación de Usuarios de Banca, Adicae.
Cuarto, porque si el laudo (así se llaman las sentencias en los arbitrajes) es negativo, impide al afectado recurrir a la Justicia. Y, en el caso de que sea positivo, y el afectado recupere el 100% de capital invertido, no es fácil que además reciba una compensación por los intereses de demora, algo que sí suelen adjudicar los jueces, y es el banco culpable el que se ahorra el pago de las costas del proceso judicial.
Según los cálculos de la Asociación de defensa de los consumidores, CEACU, el ahorro para el banco puede llegar a un 10%. “En el fondo es mejor que no te acepten porque los jueces están defendiendo mucho mejor los intereses de los afectados. Si un arbitraje finalmente no te da razón, está todo perdido”, asegura Javier Contreras, portavoz de la Asociación de Usuarios de Adicae.
Argumentos que triunfan
En muchos casos, el motivo por el que los afectados recurren al arbitraje es, además de por su simpleza, porque tienen miedo a que los jueces fallen en su contra si no pueden justificar que realmente desconocían el riesgo que implicaba la inversión que estaban realizando. Pero recurrir a lo que técnicamente se llama “vicio de consentimiento”, y defender a capa y espada la falta de formación financiera está dejando de ser el principal argumento contra los abusos realizados por la banca.
“De lo que se trata es de trasladar la responsabilidad al que realizó la venta. Igual que cuando vamos a hacernos una prueba médica nos obligan a firmar un documento donde se contemplan riesgos que en algunos casos llegan hasta la muerte. Los bancos deben justificar que ellos advirtieron adecuadamente de los riesgos que implicaba la inversión, incluso si el que la subscribía tenía un máster en finanzas”, advierte Jordi Ruiz, tras haber comprobado que el argumento convence, cada vez más, en los tribunales de justicia.
No es el único profesional que aplica esta táctica y el resultado salta a la vista. El pasado 28 enero un juez de Santander condenó a Liberbank a devolver a una anciana sus 30.000 euros invertidos en preferentes más los intereses, debido a “la falta de información adecuada”. Y lo mismo hizo otro magistrado de Mataró el 14 de marzo.