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Pros y contras de las dos vías legales que dividen al Gobierno para subir los impuestos a las eléctricas

Diego Larrouy

16 de junio de 2022 23:05 h

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El último desencuentro en el Gobierno se está viviendo en los últimos días en torno al gravamen de los beneficios extraordinarios de las compañías energéticas debido al alza de precios. Las dos almas del Ejecutivo comparten que estas compañías deben tributar más, pero la gran diferencia está en el cómo y el cuándo: ahora mediante un Real Decreto, o en los Presupuestos Generales. Los mensajes entre ambos partidos, PSOE y Unidas Podemos, evidencian diferencias no solo políticas sino también jurídicas.

El ala socialista ha planteado que la vía para esta modificación no debe de ser un Real Decreto, sino en la ley que formula las cuentas públicas del próximo año. Así lo aseguró la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera. La ministra de Hacienda, por su parte, no ha especificado el método adecuado, aunque ha pedido que se busque la mejor manera posible de aplicarlo sin que se alargue en el tiempo.

Por contra, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado este jueves que no se puede crear un nuevo impuesto en la ley de Presupuestos y que la vía de urgencia justificaría que se aprobara un Real Decreto. “Nosotros creemos que hay que actuar con prontitud para paliar sus efectos negativos [de la inflación] y lo que estamos diciendo es que actuemos ya, que legislemos y pongamos en marcha este mecanismo”, ha señalado Díaz en Luxemburgo.

Estas palabras fueron también respondidas por Ribera. “Yolanda Díaz dice algo que forma parte del planteamiento del Gobierno de coalición y es que a esta situación hay que responder de forma más equilibrada y justa a las necesidades de los ciudadanos, para que los costes se repartan de forma equitativa. Pero a la hora de diseñar el sistema fiscal, es obvio que el liderazgo lo lleva el Ministerio de Hacienda. Además de esa voluntad política que nos une al Gobierno de coalición, requiere de una valoración técnica. Por tanto, hay que estar más pendiente de lo que diga Montero que Yolanda Díaz”, aseguró.

Hay, por tanto, dos debates abiertos públicamente en el Gobierno. El primero es el cómo. Unidas Podemos defiende un nuevo impuesto, pero también plantean subir Sociedades. El PSOE guarda cautela sobre la mejor vía. “Estamos explorando cuál es la fórmula”, defendió Montero este jueves. El segundo es el cuándo. El ala que lidera Díaz apuesta por que sea ya, en la ampliación del decreto de medidas frente a la crisis, mientras que en el ala socialista hablan de meditar bien cómo aplicarlo, sin fijarse un plazo.

Se abren de esta manera tres vías a las que podría acogerse el Gobierno para subir los impuestos a las eléctricas. La primera de ellas está prácticamente descartada: el proyecto de ley. Esta sería la medida legal clásica y la que menos dudas jurídicas levantaría, el Gobierno propone un texto, lo lleva al Congreso y tras una tramitación parlamentaria que puede prolongarse hasta el año que viene, entra en vigor. “La tramitación de proyectos de ley tienen un amplio plazo. Queremos que entren en vigor lo antes posible”, señaló Montero. Esta es la vía que ha utilizado el Gobierno para aprobar nuevos impuestos como el de transacciones financieras o el conocido como 'tasa Google'.

La segunda y más urgente es el Real Decreto Ley. El Gobierno lo aprueba en el Consejo de Ministros y entra en vigor al día siguiente, con la necesidad de convalidarlo posteriormente en el Congreso. Sería la forma en que se aplicara cuanto antes esta subida fiscal. Es la medida que plantea Unidas Podemos, quien recuerda que en esta legislatura ya se han hecho cuatro modificaciones del impuesto de Sociedades por esta vía. Expertos fiscalistas consultados plantean, sin embargo, dudas sobre la constitucionalidad de esta vía. Reconocen que no existe una doctrina clara del Tribunal Constitucional, pero que en el pasado ya tumbó un cambio introducido por Cristóbal Montoro, anterior ministro de Hacienda, mediante esta herramienta. Así, alertan del riesgo de que las compañías eléctricas pudieran recurrir el texto, tanto si se trata de subir Sociedades como de crear un nuevo impuesto. Con el tiempo, podría acabar tumbado por los tribunales.

A pesar de ello, esta vía ha sido utilizada múltiples veces por el Ejecutivo de coalición. Un caso muy conocido es el del impuesto sobre plusvalía. El tributo local, de regulación estatal, había sido tumbado una semanas antes por el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Hacienda de María Jesús Montero modificó por esta vía de urgencia el método de cálculo del impuesto para que pudiera seguir siendo recaudado por los ayuntamientos. Varias rebajas del IVA también se han hecho por la vía de reales decretos, como las que afectaban a las mascarillas o a la luz. Otro Real Decreto, en octubre, aprobó deducciones en el IRPF para aquellos hogares que emprendieran rehabilitaciones en sus viviendas.

La tercera vía ha sido la indicada por Ribera, los Presupuestos Generales del Estado. Los expertos consultados defienden que es la vía más segura, blindada de recursos. La ley del Impuesto sobre Sociedades contempla que se puede modificar mediante esta ley, que marca las cuentas públicas del próximo año. Este es el método que ha utilizado el Gobierno varias veces durante esta legislatura. Así, se elevó el IVA de las bebidas azucaradas o se modificaron los beneficios fiscales para contratar planes de pensiones privados. Esta vía también se ha utilizado para hacer al menos dos reformas en el Impuesto de Sociedades en los últimos dos años. El primero, en los Presupuestos de 2021, redujo la bonificación que tenían las empresas sobre los beneficios repatriados de filiales extranjeras, del 100% al 95%. El segundo, en las cuentas de este año, aplicaba un tipo mínimo sobre la base imponible del 15%, pactado entre los dos socios de Gobierno.

Eso sí, esta alternativa tendría dos problemas. El primero, es que la Constitución no permite que en los Presupuestos Generales creen impuestos nuevos, como ya ha advertido la vicepresidenta Yolanda Díaz. El artículo 134 de la Carta Magna en su punto siete señala “la Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea”. El otro es que la subida fiscal se aplicaría sobre los beneficios del próximo año, y no sobre los de este curso, retrasando su impacto en la recaudación. Los expertos señalan que una vía para poder hacer que el impacto se aprecie antes sería mediante los pagos fraccionados.

Del precedente extremeño al aval de organismos internacionales

El impuesto sobre Sociedades ya contempla distintos tipos para algunos sectores. En 2014, el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó una reforma fiscal que rebajó este tributo para la mayoría de empresas del 30% al 25%. Quedaron en el nivel original el beneficio de las entidades bancarias y el de las petroleras. Aquella modificación se hizo por un proyecto de ley. Cuando el Gobierno aplicó en los últimos presupuestos el nuevo tipo mínimo sobre base imponible del 15%, lo elevó al 18% para estos dos sectores.

En España ya hubo un caso de un gobierno, en este caso autonómico, que planteó un impuesto específico para las empresas energéticas. Fue Extremadura, que en 1997 aprobó una tasa a las instalaciones que incidan en el medioambiente, que afectaba en concreto a estas compañías. El sector se puso en contra y lo llevó a los tribunales. También el Gobierno, entonces de José María Aznar. El caso terminó en el Tribunal Constitucional, que en 2019 acabó avalando este impuesto y que la Junta de Extremadura no tuviera que devolver los más de 1.000 millones ingresados en diez años de las eléctricas.

De concretarse una medida para aumentar los impuestos a las empresas energéticas, España no sería una excepción en Europa. El gobierno italiano, dirigido por Mario Draghi, ya anunció una subida de los impuestos sobre los beneficios caídos del cielo de las compañías eléctricas al 25%, frente al 10% que había aplicado unas semanas antes. Aunque se anunció este año, se aplica a los beneficios extra obtenidos desde octubre del año pasado. También Reino Unido, con un Gobierno conservador, aprobó un impuesto del 25% para los beneficios extra de estas compañías durante los próximos 12 meses, impidiendo además deducirse las inversiones o las pérdidas del pasado. Aspiran a recaudar 5.000 millones de libras (5.860 millones de euros). Grecia es otro de los países en los que esta idea ha calado. El regulador griego cifró en 590 millones los beneficios extra de las empresas energéticas en el país y el Ministerio de Energía avanzó en mayo su intención de gravar en un 90% esta cantidad para compensar a los hogares por el aumento de la factura de la luz.

Esta subida fiscal a los beneficios extraordinarios obtenidos por las empresas energéticas por la subida de precios viene respaldada por organismos internacionales que han avalado esta decisión. “Dados los beneficios de las empresas energéticas –asociados al fuerte incremento de los precios–, hay capacidad para aumentar el nivel de impuestos que están pagando las empresas de este sector y redirigir parte de ese dinero a medidas que amortigüen el impacto”, defendió, ya en el mes de marzo, Mathias Cormann, secretario general de la OCDE.