“Embarazada, pero solo un poco”. Tan contradictora como esta afirmación es, según los juristas consultados por eldiario.es, la última sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo, cuyas conclusiones se publicaron a última hora del miércoles en una nota de prensa, pero cuya redacción final y firma todavía no se ha completado.
Según esa nota, el Supremo se reafirma en que las cláusulas suelo son nulas por falta de transparencia, tal y como dictó el 9 de mayo de 2013 en una sentencia histórica contra BBVA, NovaGalicia y Cajamar. Pero en contra de lo publicado en aquella ocasión, ahora sí reconoce que ese abuso bancario debe ser compensado. Es decir, que los bancos afectados deberán devolver las cantidades cobradas de más.
Lo sorprendente, en términos jurídicos, es que el TS marca como momento para el cálculo de esa compensación esa fecha, 9 de mayo de 2013, cuando dictó la primera sentencia sobre este tema en respuesta a una demanda de la Asociación de Consumidores Ausbanc.
Es extraño, aseguran las fuentes consultadas, que la sentencia se refiera a la devolución de cantidades si se supone que a partir aquel día las tres entidades afectadas dejaron de aplicar las cláusulas.
“A falta de conocer el texto final parece una contradicción sin sentido jurídico. Reconoce la retroactividad, pero impone una fecha arbitraria para que ésta tenga efecto. La legislación española deja muy claro que si hay retroactividad sobre una cláusula nula, ésta afecta a todo el contrato. No hay ley que justifique que se puede decidir una fecha intermedia para que esto tenga efecto”, asegura Jesús María Ruiz de Arriaga, abogado especializado en litigar con las entidades financieras.
“O se reconoce la retroactividad o no, pero no se puede reconocer a medias. Como tampoco se puede estar un poco embarazada”, insiste el abogado especializado en temas financieros Marcelino Tamargo, del despacho Espacio Legal.
Rebeldía judicial sin precedentes
En cualquier caso, llueve sobre mojado en este tema. El debate sobre si los afectados deben recuperar o no el dinero cobrado de más por una cláusula suelo que es nula tiene enfrentada a la mitad de los jueces españoles contra la otra mitad.
En mayo de 2013, el TS evitó reconocer que las entidades financieras tuvieran que devolver las cantidades injustamente cobradas hasta ese momento por dos razones. La primera era que los demandantes, Ausbanc, no lo habían pedido y la segunda, que los jueces consideraban que esa decisión podría poner en peligro al debilitado sistema financiero español. Sin embargo, un amplio sector de los magistrados está reinterpretando al Supremo apoyándose en otra sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que sí considera que los afectados tienen derecho a que se les devuelvan todas las cantidades cobradas de más.
“Nunca en la democracia se ha dado un rebelión judicial como la que hay con este tema. Veinte Audiencias Provinciales no están siguiendo la doctrina del Supremo y están fallando a favor de devolver a los afectados por cláusulas suelo todas las cantidades cobradas de más. Mientras, otras 18 audiencias sólo anulan la cláusula desde el momento de la sentencia y no exigen la devolución del dinero, siguiendo al pie de la letra al Supremo. El resto no se ha pronunciado todavía”, explica Agustín Azparren, magistrado y exvocal de Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ahora asesora a la asociación de usuarios de banca Asuapedefin.
“Una decisión así [en referencia a la nueva sentencia del Supremo] sólo puede responder a presiones políticas. Jurídicamente no se sostiene, pero el lobby bancario no podía permitirse que en plena campaña electoral el TS anule la cláusula suelo y además reconozca la retroactividad completa”, asegura Tamargo.
Injerencias políticas
Casualmente, o no, la nota de prensa del Tribunal Supremo se publicó el mismo día en el que el presidente del Gobierno anunció en el debate del estado de la nación que ampliaba el perfil de las familias españolas que pueden acogerse a la anulación de las cláusulas suelo por problemas económicos. La medida debería detallarse en el Consejo de Ministros de este viernes.
“Desconocemos los intereses de los miembros del Tribunal Supremo en dictar sentencias contrarias a la ley y el motivo que tienen para sacar notas de prensa sin tener redactadas las sentencias. Notas de prensa que coinciden con anuncios de políticos en las Cortes y que las hacen políticos que nombran a los miembros del CGPJ que a su vez designan a los magistrados del Tribunal Supremo. Confiemos en que estos mismos políticos no terminen formando parte del consejo de administración de alguna de las empresas participadas por la banca a quien favorece claramente esta situación”, han manifestado desde la web denunciascolectivas.com en un mensaje difundido a los medios desde su página de Facebook.
Para el presidente de ADICAE, Manuel Pardos, “el Tribunal Supremo ha querido salvar a la banca y no ha querido hacer justicia realmente; debería condenarse a la banca a devolver todo el dinero cobrado de más. En todo caso, sí es una buena noticia que el Supremo haya reafirmado esta nulidad, porque es un paso más hacia la nulidad total de las cláusulas suelo de toda la banca, algo por lo que ADICAE lleva luchando muchos años”.
En la misma línea se manifiesta Patricia Suarez, presidenta de Asuapedefin. “Lo que todo el mundo debe tener muy claro es que no se gana si no se pelea. La retroactividad es importante, pero mucho más lo es la vida total de la hipoteca. Con esta decisión del TS será aun más fácil que los jueces anulen la cláusula suelo de hipotecas que todavía tienen 15 o 20 años de vida. Hay que mirar al futuro más que al pasado”, advierte.
¿A quién beneficia y a quién perjudica?
A falta de conocer la redacción concreta de esta sentencia, los juristas consultados tienen claro que la decisión va a beneficiar a los afectados de las zonas de España cuyas Audiencias Provinciales son afines al TS. “Hasta ahora, no se les reconocía ninguna retroactividad, así que recibirán compensación por este año y medio”, asegura Agustín Azparren.
No queda tan claro lo que pasará en el resto. En principio, el hecho de reconocer la retroactividad abona el terreno a los abogados y jueces que consideran que sí hay un abuso y el afectado debe ser compensado. “Todo dependerá de cómo lo maneje cada uno en cada caso”, explica Azparren.
Lo cierto es que el Tribunal Supremo no solo ha perdido una oportunidad de oro para aclarar un monumental caos jurídico, sino que también ha cerrado la puerta para una solución salomónica para todos los afectados. Ni en mayo de 2013 el resto de bancos eliminó las cláusulas suelo, ni ahora lo harán. “Lo que deja claro el TS es que hay que mirar caso por caso. Cuando se quiera recuperar el dinero por parte de los bancos afectados por esta sentencia habrá que solicitar daños y perjuicios. Y con otras entidades hay que pedir la nulidad”, concluye Tamargo.