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Cambios para sicav y socimis o la nueva lista de morosos: así es la ley contra el fraude fiscal que ha aprobado el Congreso

Diego Larrouy

25 de mayo de 2021 13:01 h

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Tras varios meses encallada en el Congreso, el Gobierno ha logrado sacar adelante la ley contra el fraude fiscal. Esta norma es uno de los pilares importantes del plan de recuperación que el Ejecutivo ha enviado a Bruselas, dentro de los apartados que corresponden al Ministerio de Hacienda. Con esta norma se busca reducir las vías de escape del sistema que reducen la recaudación fiscal del Estado y afecta a multitud de vehículos como las socimis o las sicav o limita los pagos que se realizan en efectivo, entre otras reformas que trae consigo. El texto ha sido aprobado este martes en la comisión de Hacienda, tras seis meses de tramitación parlamentaria, y pasará al Senado.

Son multitud los cambios que incorpora la nueva norma y van desde lo más cotidiano a complicadas decisiones societarias. En el primer apartado se podrían encuadran los nuevos límites que se imponen al pago en efectivo. En el caso de que sean operaciones entre empresarios se reducirá de 2.500 a 1.000 euros para evitar “comportamientos defraudatorios”, según ha explicado en distintas ocasiones el Ministerio. Se mantiene en 2.500 entre particulares, pero a su vez de reduce de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España. Con ello, se persigue restringir estas operaciones que, al ser en efectivo, son más difícilmente rastreables y pueden facilitar, por tanto, el fraude.

La nueva norma prohíbe expresamente las amnistías fiscales en España. “Se impide así que haya beneficios tributarios injustificados que supongan la quiebra del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos del Estado”, explicó el Ministerio cuando presentó la norma el pasado mes de octubre. “A partir de ahora los ciudadanos saben que el Estado no se rendirá ni buscará atajos en su lucha contra el fraude fiscal”, señaló la ministra.

También hay cambios en la famosa lista de deudores de Hacienda. Hasta ahora incluía únicamente a aquellos que acumulaban una deuda con el Estado de más de un millón de euros. A partir de ahora el límite se reduce hasta los 600.000 euros y se incorporarán a los responsables solidarios de esta deuda. Los cambios llegan incluso a la definición del concepto de paraíso fiscal, que pasan a llamarse jurisdicciones no cooperativas. Se amplía el concepto, según explicó en su momento el Ejecutivo, atendiendo a criterios de equidad fiscal y transparencia. Se incluirán en el listado de paraísos, por ejemplo, aquellos territorios que faciliten la existencia de sociedades extraterritoriales para atraer beneficios sin actividad económica real, o aquellos donde haya opacidad o donde exista una baja o nula tributación. El Gobierno podrá actualizar la lista y deberá ser revisada periódicamente.

La nueva ley trae novedades para dos figuras societarias controvertidas durante los últimos años: las socimi y las sicav. Las primeras, dedicadas a inversiones inmobiliarias en activos para alquiler, verán cómo se grava con un 15% los beneficios que no se distribuyan entre sus accionistas. Las segundas tendrán más restricciones que en la actualidad. La nueva ley fijará requisitos de inversión mínima de 2.500 euros, o 12.500 euros en el caso de una sicav por compartimentos, para contabilizarlas dentro del mínimo de cien participantes necesario para tributar al 1% en el Impuesto sobre Sociedades. Eso sí, si cualquiera de estas sociedades se disuelve por no cumplir con los requisitos, se permite una periodo transitorio de seis meses exentos de impuestos, como la tasa Tobin.

Las medidas aprobadas en esta nueva ley llegan incluso al mundo del cine. Para las desgravaciones en el Impuesto sobre Sociedades a productores cinematográficas, se exigirán una serie de certificados y se solicita la incorporación en los créditos de los lugares específicos, así como la autorización de uso del título de la obra y del material gráfico y audiovisual sobre el rodaje para la promoción en España y en el extranjero con fines culturales y turísticos.

En lo que respecta al catastro, las enmiendas aprobadas modifican la regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de cara a la valoración que deba realizar la Dirección General del Catastro cuando la Agencia Tributaria solicite su participación ante alegaciones del contribuyente o reclamaciones. Concretamente, se busca que en sus informes el valor de referencia ratificado o corregido esté motivado mediante la resolución que traiga causa, así como sus módulos de valor medio, factores de minoración y el resto de elementos.

Los cambios de la ley alcanzan también a los nuevos requisitos para hacer inspecciones sorpresa. La entrada al domicilio de los contribuyentes “deberá estar debidamente justificada y motivar la finalidad, necesidad y proporcionalidad de dicha entrada”. Tanto la solicitud como la concesión de la autorización judicial, prosigue la enmienda, podrán practicarse antes del inicio formal del correspondiente procedimiento “siempre que el acuerdo de entrada contenga la identificación del obligado tributario, los conceptos y períodos que van a ser objeto de comprobación y se aporten al órgano judicial”.

La nueva ley también se establece la prohibición del denominado software de doble uso, que consiste en programas informáticos que permiten manipular la contabilidad. El objetivo es no permitir ni la producción ni la tenencia de programas y sistemas informáticos que posibiliten la manipulación de datos contables y de gestión. Exige que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones. 

Obligaciones para las criptomonedas

Las criptomonedas se incluyen también en la modificación de la ley de lucha contra el fraude fiscal. Se incorpora la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles. De este modo, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos, con criptomonedas.

Fuera de estos puntos, la ley incluye la transposición de normativa europea contra la elusión fiscal, conocida como ATAD. Con ella, se establecen normas contra estas prácticas que inciden directamente en el mercado interior, además de incorporar varias de las materias tratadas por la OCDE en su plan para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. En esta ley aprobada este martes, se incorporan a la legislación española, los ámbitos de la directiva concernientes a la Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y a la imposición de salida o “Exit Tax”. Por un lado, para reforzar la tributación en España de rentas que se venían localizando en territorios de baja fiscalidad, y así evitar su deslocalización. Por otro lado, se persigue asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no dejen de tributar por bases imponibles que legalmente deben quedar gravadas en España. Así, con el “Exit Tax” se busca garantizar que, cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal fuera del Estado, dicho Estado grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en su territorio, aun cuando la plusvalía en cuestión todavía no se haya realizado en el momento del traslado de activos. De este modo, se consigue que tributen en España las plusvalías generadas cuando una sociedad traslada su residencia fiscal al extranjero.

Con el rechazo del PP y Vox

El Congreso ha aprobado esta norma, que pasa ahora al Senado para completar su tramitación, con el voto en contra del PP y Vox, mientras que la han respaldado las formaciones que apoyan al Gobierno, el PSOE y Unidas Podemos, Ciudadanos, el PNV, el PDeCAT y el Partido Regionalista de Cantabria (PRC). Esquerra Republicana ha decidido abstenerse.

Sin embargo, en la última ronda de votaciones antes de su aprobación, la oposición ha derrotado este martes en el Congreso de los Diputados al Gobierno y ha congelado la subida de facto prevista para este año en el impuesto de matriculación. Esta enmienda ha salido adelante con votos del PP, Vox, Esquerra Republicana, Ciudadanos, el PDeCAT y el PRC. El PSOE y Unidas Podemos han votado en contra y el PNV se ha abstenido.

No ha sido la única votación que ha perdido el Gobierno, ya que la oposición, en este caso con el voto de Unidas Podemos, ha logrado introducir en esta ley una enmienda de ERC que encomienda al Gobierno encargar a expertos independientes un análisis y evaluación de la economía sumergida, el fraude fiscal y laboral y de la elusión fiscal, desagregado por territorios, sectores económicos e impuestos. Este informe, según recoge la enmienda, deberá ser presentado y debatido por las Cortes Generales, para promover medidas correctoras oportunas como modificaciones organizativas, recursos humanos o materiales para conseguir la reducción del fraude y la economía sumergida, con la fiscalización de sus resultados periódicamente por las Cortes. Esta enmienda ha salido adelante con votos del PP, Vox, Unidas Podemos, ERC, y el PDeCAT, mientras que el PSOE, el PNV y el PRC han votado en contra y Ciudadanos ha optado por abstenerse.