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¿Qué sucede si falto al trabajo por el apagón? La ley reconoce el permiso retribuido a quienes no puedan desplazarse

Imagen de archivo de unos trabajadores en una obra en Toledo. EFE/ Ismael Herrero

elDiario.es

28 de abril de 2025 19:13 h

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No poder llegar al puesto de trabajo a causa de situaciones sobrevenidas como el apagón que este lunes ha sufrido buena parte del país no puede suponer ningún tipo de sanción para los empleados. El Ministerio de Trabajo ha recordado a través de sus perfiles oficiales en redes sociales que “las personas trabajadoras cuentan con permisos retribuidos en caso de no poder desplazarse o desempeñar su trabajo”.

Así lo recoge el artículo 37g del Estatuto de los Trabajadores, que establece hasta cuatro días “por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso”.

A causa del apagón, cientos de miles de personas han visto interrumpida su jornada laboral este lunes, o no han podido iniciarla, en el caso de los turnos de tarde, por lo que el abandono del puesto de trabajo o la falta de incorporación al mismo se encuadra en las contempladas en ese artículo.

La ley establece, además, que transcurridos los cuatro días “el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron”. El Estatuto de los Trabajadores también recoge la posibilidad de que la empresa de la empresa aplique “una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor”, es decir, un ERTE por estas causas sobrevenidas.

Eso sí, cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, la empresa podrá acordar el teletrabajo.

Los sindicatos mayoritarios han reiterado la protección de las personas asalariadas según esta legislación. CCOO ha publicado una guía con posibles dudas y respuestas para los ciudadanos ante distintas cirscunstancias derivadas del apagón masivo. Por ejemplo, si las empresas pueden “descontar salario o recuperar el tiempo perdido al trabajo por llegar tarde” debido a este suceso extraordinario.

“Desde UGT exigimos el pleno respeto a los derechos laborales y apelamos a la responsabilidad empresarial en un momento de evidente fuerza mayor que debe ser gestionado con sensibilidad y conforme a la legalidad vigente”, indica por su parte el sindicato liderado por Pepe Álvarez.

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