El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la constitucionalidad del real decreto ley de noviembre de 2012 que dejó sin efecto, para ese ejercicio, la actualización de las pensiones en relación con el índice de precios de consumo (IPC).
En un comunicado, el TC informa de que la sentencia, que rechaza el recurso formulado por el PSOE, IU, ICV-EUIA, CHA, Izquierda Plural, PNV, CiU y UPyD, señala que, cuando se aprobó el real decreto, los pensionistas tenían una mera expectativa de derecho a la actualización de su pensión, pero no un derecho “consolidado, asumido e integrado en su patrimonio”, lo que impide considerar inconstitucional la medida.
Asimismo, los magistrados Fernando Valdés Dal-Ré y Luis Ortega han formulado un voto particular discrepante al que se han adherido la vicepresidenta, Adela Asua, y el magistrado Juan Antonio Xiol.
Según los recurrentes, la norma impugnada establece una medida de carácter retroactivo que vulnera el “principio de irretroactividad” de las leyes, en cuanto que es contraria al derecho de los pensionistas a recibir “pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas”.
El TC destaca que ese principio no es general, sino que está referido “exclusivamente” a las normas sancionadoras o restrictivas de derechos individuales.
Por ello, sostiene que fuera de esos dos supuestos, “nada impide constitucionalmente al legislador dotar a la ley del grado de irretroactividad que considere oportuno”.