Trabajadores obligados a coserse los bolsillos para evitar robos: sanción “muy grave” en los almacenes de Primor
Sanción laboral muy grave y en grado máximo a una de las empresas que está detrás de las famosas perfumerías Primor, China Red SL. Esta empresa suministra productos a las tiendas de la marca desde su almacén en Málaga, origen del imperio familiar dirigido por el empresario Juan Ricardo Hidalgo Domínguez.
La autoridad laboral de la Junta de Andalucía ha respaldado una multa propuesta por la Inspección de Trabajo contra la empresa por vulnerar la dignidad de la plantilla, al obligar a los mozos de almacén a coserse los bolsillos de su propia ropa para evitar los “robos”. El importe de la sanción alcanza los 100.006 euros, según la documentación a la que ha accedido elDiario.es.
Se trata de una de las infracciones laborales detectadas en una investigación de la Inspección de Trabajo en este almacén de Málaga. Las sanciones fueron ratificadas a finales de mayo por la Viceconsejería de Empleo, empresa y Trabajo Autónomo de la Junta.
Desde el equipo legal de Juan Ricardo Hidalgo Domínguez, consejero delegado de Primor y que, según la documentación a la que ha tenido acceso este medio, se presentó ante la Inspección como “apoderado” de China Red, niegan “rotundamente” las infracciones y anuncian su recurso ante los tribunales. También niegan que Juan Ricardo Hidalgo Domínguez sea apoderado de China Red y denuncian una “persecución” de un inspector.
En la compañía desmienten la vulneración de derechos, pero no la práctica empresarial detectada, que reconocieron ante la autoridad laboral de la Junta de Andalucía y justificaron como “necesaria para el buen funcionamiento de la empresa”. El propio Juan Ricardo Hidalgo Domínguez, CEO de Primor, sostuvo en las dependencias del organismo vigilante de la legalidad laboral que “una de sus preocupaciones eran los robos en las tiendas de la marca Primor por parte de clientes y también en los almacenes en los que acopian los productos por parte de trabajadores”. El representante legal de Hidalgo Domínguez lo niega: “Este inspector miente mucho”, afirma en un correo electrónico.
Según se recoge en la documentación que ha podido consultar este medio, las personas que ocupaban los puestos de mozos de almacén en esa instalación en Málaga estaban obligadas a coserse los bolsillos de su propia ropa, como pantalones o sudaderas, ya que la empresa no proporcionaba a los empleados más que un chaleco reflectante y el calzado de seguridad.
En la plantilla, entrevistada por los inspectores de trabajo, relataron cómo esta condición era explicitada desde el inicio de la relación laboral, en las propias entrevistas e incluso se adelantaba por parte de las ETT que mandaban trabajadores al almacén. “Recomiendan a los trabajadores traer pantalones sin bolsillos y, si tienen bolsillos, han de proceder a coserlos”, explicó también uno de los encargados de la planta en una de las visitas de los inspectores.
Bolsillos hasta grapados y registros continuos
La norma era estricta, según relató la plantilla, con controles habituales del vestuario por parte de los encargados del almacén. Estos últimos, que no tenían que coserse los bolsillos, no dejaban pasar por alto su incumplimiento. Los testimonios dan cuenta de multitud de casos en los que los empleados eran obligados a volver a casa a coserse los bolsillos y, después, “tener que recuperar el tiempo invertido en ello”.
Varias personas refieren también otros casos en los que se llegaba a grapar los bolsillos de los trabajadores en la propia planta. “En alguna ocasión, cuando alguien los tenía sin coser, le daban una grapadora para proceder al sellado de los bolsillos, llegando a amenazar con el despido si no cumplían con esta obligación”, recoge uno de los testimonios.
Otro relato señalaba a los inspectores “no entender cómo se produce semejante desconfianza hacia el trabajador”: “Es como si te dijeran desde el principio que les estás robando…”, apuntó.
El control “antirrobos” no terminaba aquí. Los trabajadores también eran sometidos, según la documentación de la Inspección, a registros diarios a la salida del almacén (salvo el domingo). Los empleados no podían introducir ninguna mochila o bolso personal y la empresa les facilitaba una bolsa con una PDA y un cutter. A la salida, los encargados y también vigilantes de seguridad revisaban diariamente esta bolsa.
Algunos de los testimonios mencionan “cacheos” puntuales y en el exterior de la nave, “en ocasiones, un guarda de seguridad mira en el interior de las mochilas y bolsos de propiedad de los trabajadores”.
Todo ello suponen medidas adicionales al control por cámaras, mediante un sistema de videovigilancia que se incluye en una cláusula en el propio contrato de trabajo para “fines de seguridad y protección de personas y bienes que se encuentren en el recinto sometido a protección”.
Medida desproporcionada, en contra de la dignidad
La Inspección de Trabajo ha considerado abusivas las exigencias empresariales de obligar a los empleados a coserse los bolsillos de su propia ropa, así como los registros sistemáticos a la plantilla. Los inspectores recuerdan que la regulación permite “al empresario adoptar medidas para la protección” de su patrimonio, pero advierten de que estas serán lícitas “mientras no produzcan resultados inconstitucionales” contra los derechos de los trabajadores.
Tras analizar el caso, la Inspección concluyó, siempre según la documentación a la que ha tenido acceso este medio, que la actuación de la empresa es contraria “al principio de proporcionalidad exigido por la jurisprudencia”. Considera que los registros diarios y los bolsillos cosidos no son “necesarios” ante la existencia de medidas “más moderadas” para proteger los bienes de la empresa, como la videovigilancia continua. China Red no detalló el número de cámaras existentes en la nave, pese a la petición de los inspectores.
También concluyó la Inspección que estas obligaciones no son proporcionales al generar “un perjuicio objetivo en el patrimonio personal de los trabajadores”. Sobre los registros, “se concluye que los mismos se llevaron a cabo regularmente sin que ello obedeciese a una necesidad concreta y justificada (indicios suficientes, por ejemplo, cada vez que se efectuaba un registro de que se hubiesen producidos hurtos de productos”), añadió la Inspección.
En resumen, “se considera que se ha vulnerado el derecho de aquellos trabajadores a la consideración debida a su dignidad”, una infracción “muy grave” que se sanciona en su grado máximo, con 100.006 euros, al considerar como agravantes el número de trabajadores de la compañía (195) y la cifra neta de negocio de la empresa, más de 341 millones solo en 2020.
La empresa: “Nada que ver con Primor”
Aunque China Red defendió esta práctica ante la Junta de Andalucía, a preguntas de elDiario.es sobre si se sigue obligando al personal a coserse los bolsillos, ahora lo niegan. “No se hace, hoy se entregan uniformes a todo empleado que presta servicios en almacén”, indican.
El representante legal de esta empresa insiste también en que el expediente sancionador es una “persecución” de uno de los inspectores, contra el que ha emprendido acciones legales, y defiende que “en el juzgado de lo social se acreditará” que “en ningún caso se ha atentado la dignidad de los trabajadores”.
“De haberse hecho no puede imputarse ese comportamiento a China Red en ningún caso y desde luego mucho menos a Primor”, añade. El abogado señala así a las empresas subcontratadas en el almacén y, sobre todo, defiende que Primor “nada tiene que ver con China Red”.
Todo esto, pese a que el actual líder empresarial de las perfumerías Primor –las segundas con más compradores del mercado español, según la consultora Kantar– ha actuado como “apoderado” de la compañía sancionada y a que la mayor parte de las ventas de China Red corresponden a las tiendas Primor, según la documentación del expediente.
La cadena de perfumerías, cuyos orígenes se remontan a un establecimiento abierto en Málaga en 1953 por los abuelos del actual CEO, es, según explica en su web, “una empresa 100% de carácter familiar que ha ido pasando de generación en generación con el mismo objetivo: ofrecer a nuestros clientes cualquier producto o tratamiento cosmético a un precio imbatible”.
Las últimas cuentas disponibles en el Registro Mercantil de la empresa sancionada, China Red, correspondientes a 2021 y accesibles a través de Insight View, muestran que el administrador único de esta compañía es el padre del actual CEO, Juan Ricardo Hidalgo Aguilera, que se jubiló de la primera línea de gestión en 2007 y es el máximo accionista de esa sociedad, con un 52,2%. Otro 47,47% está en manos de la madre del CEO de Primor, Josefa Domínguez Aguilar.
El abogado matiza que “claro que China Red tiene relación con Primor, es su central de compras y pertenece a la misma familia”, pero advierte de que esa relación no hace responsable a las perfumerías de los incumplimientos en el almacén, que achaca a las subcontratas. También pone en duda el testimonio de los trabajadores, ya que dice que algunos habían sido despedidos.
La sociedad sancionada tiene como actividad el “comercio mayorista de productos de cosmética”. En 2021 declaró beneficios de 5,3 millones. Si en esta empresa aparece como principal accionista y administrador único el padre del actual CEO, este último figura como dueño de Rosa Crema SL, la sociedad del grupo que, según su web, factura los pedidos online en Península, Baleares y Andorra. En concreto, Hidalgo Domínguez controla el 96% de esta empresa, según sus cuentas. Estos datos muestran cómo los miembros de la familia se reparten cargos y participaciones en las empresas que canalizan el negocio del grupo Primor.
China Red reconoce en sus cuentas anuales que existe “una relación de grupo o asociada” con multitud de empresas que operan bajo la marca Primor, entre ellas la propia Rosa Crema SL, aunque haya decidido no consolidar sus estados financieros bajo el paraguas de un mismo grupo empresarial. De todas esas sociedades, China Red se deduce como “la de mayor activo del conjunto de sociedades domiciliadas en España”, indica en ese documento depositado en el Registro Mercantil.
Como en anteriores ejercicios, las cuentas de China Red SL y de la propia Rosa Crema tienen salvedades de su auditor. En el caso de China Red SL, por la falta de un “adecuado sistema de control interno” de las existencias, por lo que “no ha resultado posible obtener evidencia acerca del importe reflejado en esta rúbrica de la cuenta de explotación, por valor de 6.411,37 miles de euros al cierre del ejercicio 2021”.
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