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Trabajo dará poder a la Inspección para controlar las causas en los despidos colectivos

Laura Olías

13 de diciembre de 2022 17:22 h

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Nuevo control administrativo en los ERE. El Ministerio de Trabajo ha pactado con EH Bildu otorgar a la Inspección de Trabajo una nueva competencia en la vigilancia de los despidos colectivos, que se regulará en la Ley de Empleo que está a punto de aprobarse. La Inspección elaborará un informe “preceptivo” en el que examinará si se cumplen las causas que las empresas alegan para aplicar los expedientes. Con este dictamen obligatorio, los trabajadores podrán impugnar los ERE en caso de no estar motivados, destaca el partido vasco y había anunciado hace tiempo la vicepresidenta Yolanda Díaz.

La medida se aprobará previsiblemente en el Congreso en los próximos días. “Gracias al grupo soberanista vasco, esta vez sí se incorporará en la Ley de Empleo dotar a la Inspección de Trabajo de un papel decisorio en la supervisión y el control de los despidos colectivos para que obedezcan a causas objetivas, una protección extra para los y las trabajadoras que se encuentran en riesgo de iniciar un Expediente de Regulación de Empleo”, destaca EH Bildu.

El Ministerio de Trabajo anunció hace un año la modificación, que incluyó en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2021-2023, pero la medida requería un cambio legislativo que aún no se había aprobado y que saldrá ahora adelante en la Ley de Empleo.

Otra forma de control administrativo

El partido vasco, al igual que otras formaciones, exigía al Gobierno que se recuperara la autorización administrativa previa en los ERE que eliminó la reforma laboral de 2012 de Mariano Rajoy. Finalmente, se ha acordado otra modalidad de control administrativo a través de la Inspección de Trabajo, apuntan fuentes conocedoras de la negociación, que la consideran incluso “más garantista”.

Será la Inspección de Trabajo la que vigile el cumplimiento de la legalidad de las causas del ERE, “no la autoridad laboral de turno” que esté al frente del Ministerio de Trabajo. Así, los inspectores deberán emitir un informe obligatorio sobre la correcta motivación de los despidos colectivos, que será una herramienta para los sindicatos y trabajadores que quieran impugnarlos en los tribunales.

“La Inspección de Trabajo debe ser la voz autorizada que determine cuando una empresa alega causas objetivas de despido que no son tales, sin tener que esperar al periplo o calvario judicial que atraviesan los y las trabajadores”, ha destacado el diputado de EH Bildu Oskar Matute.

Como argumentaban en el Ministerio de Trabajo hace un año, en la formación vasca consideran que “esto protege más a los trabajadores porque todos estos años se embarcaban en un periplo judicial sin ninguna garantía”. Este dictamen “de una autoridad pública como la Inspección” es “un paso muy importante”, subrayan en el partido soberanista, ya que muy a menudo los jueces se guían por la valoración de la autoridad laboral.

Se aprobará en la Ley de Empleo

La medida se incluirá en La ley de Empleo, como se pactó ayer en la ponencia de la norma en el Congreso de los Diputados. “Se aprobó ayer mediante enmienda transaccional con PSOE y UP”, celebran en EH Bildu, que destacan que era una medida indispensable para que la formación vasca votara a favor de la legislación.

En concreto, se incluirá en la ley una modificación del artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores. Este cambio indicará que la autoridad laboral recabará “con carácter preceptivo” el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, “que deberá ser evaluado en el improrrogable plazo de quince días desde la notificación a la autoridad laboral de la finalización del periodo de consultas para incorporarlo al procedimiento”.

Concretamente, la enmienda aprobada detalla que el informe de la Inspección, “además de comprobar los extremos de la comunicación y el desarrollo del periodo de consultas, se pronunciará sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial, y constatará que la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir”, recoge la enmienda a la que ha tenido acceso elDiario.es.