El Tribunal de Cuentas ha alertado hoy de “deficiencias” en el control de la Seguridad Social en 2014 sobre el fallecimiento de pensionistas cuya prestación se seguía pagando, así como de “retrasos” en la reclamación de cobros indebidos de prestaciones, lo que ha provocado la prescripción de algunas deudas.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene problemas para verificar que los pensionistas a los que abona la nómina mes a mes están vivos. Según se desprende del “Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercicio 2014” aprobado por el Tribunal de Cuentas hay “lagunas” en el control que el INSS realiza sobre el fallecimiento de los perceptores de una pensión, debido, sobre todo, a las “carencias” de la información que remiten la Dirección General de los Registros y del Notariado y el Instituto Nacional de Estadística (INE).
El Tribunal de Cuentas también achaca a los criterios establecidos por el INSS para efectuar el cruce informático, “que no garantizan que a partir de la información disponible se detecten y se den de baja a todos los pensionistas fallecidos”. El Tribunal afirma que el INSS no tiene establecido un control de vivencia de los beneficiarios de una pensión “y las entidades financieras colaboradoras en el abono de las pensiones tampoco efectúan de manera sistemática dicho control”.
Para entender este descontrol el informe recuerda que en el periodo 2008-2014, Justicia aportó datos de 1.218.873 fallecidos en los que no consta su Documento Nacional de Identidad (DNI), por lo que no fueron objeto de control.
Millones de casos sin DNI
Además, y para llegar a las conclusiones del informe, el Tribunal de Cuentas le pidió a la Dirección General de Registros del Notariado (DGRN) dependiente del ministerio de Justicia información sobre el histórico de fallecimientos registrados desde 1987 (fecha a partir de la cual se dispone de datos informatizados) hasta agosto de 2015. De estos fallecidos, no se dispone del dato del DNI de 3.296.817 entre 1987 y 1996, ya que dicho dato se incorporó por el INE a partir de 1997. Además, no consta el DNI en 349.055 casos, y ello a pesar de que corresponden a fallecimientos posteriores a 1996.
Del contraste de los datos correspondientes a los fallecidos entre 1997 y agosto de 2015 y de los que sí consta el DNI en la nómina del INSS y en la base de datos del INE el órgano fiscalizador obtuvo algunos resultados sorprendentes, como que 29.321 perceptores, (con pensiones valoradas en 25 millones de euros) figuran con el mismo DNI en la nómina de diciembre de 2014 y como fallecidos en la base de datos del INE. De estos 29.321 pensionistas que figuraban con el mismo DNI en la nómina de diciembre de 2014, seguían en la de octubre de 2015 un total de 27.860.
Además, para los datos correspondientes de los fallecidos entre 1997 y agosto de 2015 y de los que no consta el DNI en la nómina del INSS y en la base de datos del INE, el Tribunal de Cuentas ha realizado comprobaciones con la coincidencia de la provincia, fecha de nacimiento y primer y segundo apellido, habiéndose observado que 367 pensionistas que figuran en la nómina a 31 de diciembre de 2014, con un importe de, al menos, 283.000 euros, se incluyen en la base de datos del INE. Además, en 40 casos también coincide el nombre. En la fiscalización se ha verificado, asimismo, que de los mencionados 367 pensionistas continuaban en la nómina de octubre de 2015 al menos 343.
También se cogieron de forma aleatoria expedientes de quince fallecidos a partir del año 2009 pero detectados en 2014 para entender el origen del problema. Cuatro de ellos tenían un DNI coincidente en dos bases de datos, “por lo que no se justifica que esta circunstancia no fuera detectada en los cruces diarios que efectúa el INSS con la información proveniente de la DGRN, o mensual con la remitida por el INE”, dice el Tribunal. El resto no tenían el DNI incorporado a las bases de datos del INE por lo que era casi imposible su comprobación.
El papel de los bancos, que al fin y al cabo tramitan estas prestaciones, también es fundamental. El Tribunal insta a las entidades financieras a que efectúen un control de vivencia de los pensionistas y que remitan la correspondiente comunicación, y a las direcciones provinciales a que realicen de manera sistemática un control, al menos trianual, con el fin de interrumpir el plazo para que opere la prescripción.