Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Supremo concluye en su primera sentencia sobre un 'rider' que es un falso autónomo

Un repartidor de Glovo monta una bicicleta durante su jornada laboral.

Laura Olías

23 de septiembre de 2020 14:42 h

11

Sentencia muy importante en la batalla judicial sobre el modelo laboral de los trabajadores en plataformas digitales. El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha analizado por primera vez la relación laboral de un repartidor de estas plataformas digitales, también llamados 'riders', de la empresa Glovo, y concluye que existe relación laboral con la multinacional catalana. Es decir, el trabajador es falso autónomo, según confirman fuentes del Tribunal Supremo a elDiario.es. La sentencia completa estará lista en “los próximos días”, que requiere de una detallada revisión al ser emitida por el Pleno, explican en el tribunal.

“Esto es un paso trascendente en el derecho laboral actual para un sector amplísimo de la economía, que lamentablemente está excluido por las empresas de la relación laboral y muy precarizado”, explica Luis Suárez Machota de SBO Abogado, que ha defendido al trabajador en su batalla ante los tribunales. “Estamos muy contentos”, reconoce el letrado, que explica que su representado “fue despedido, desconectado como dicen en la empresa, después de una gripe, cuando le bajaron mucho la puntuación por no trabajar y denunció a la empresa”.

Por su parte, Glovo ha difundido un comunicado en el que apunta que “respeta la sentencia del Tribunal Supremo y espera la definición de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y Europa”. El Ejecutivo, con la ministra de Trabajo a la cabeza, ha anunciado que regulará el trabajo en plataformas digitales de reparto en la ya llamada 'Ley Rider', con la intención de garantizar la relación laboral entre las partes.

Una sentencia clave

El fallo del Tribunal Supremo era muy esperando en el debate sobre el modelo laboral de los trabajadores de plataformas digitales. Las multinacionales de apps de reparto, como Glovo, Deliveroo y Uber Eats, utilizan a repartidores autónomos, pero la Inspección de Trabajo ha concluido en numerosas ciudades que deberían ser asalariados, estar contratados laboralmente, y que en la actualidad son lo que se conoce como falsos autónomos.

Esta defensa de la relación laboral, que sostienen también los sindicatos UGT y CCOO, ha sido secundada por la mayoría de tribunales que han analizado estos casos en España, desde denuncias individuales hasta las que afectan a cientos de trabajadores tras las actuaciones de la Inspección de Trabajo, como el macrojuicio con más de 500 trabajadores de Deliveroo en Madrid.

Sin embargo, algunos tribunales de primera instancia, y en una ocasión el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, avalaron la relación laboral de autónomos de varios repartidores y Glovo, por lo que las plataformas digitales han destacado durante este tiempo que el modelo laboral está en discusión en el terreno judicial.

Todas las miradas estaban puestas por tanto en el Tribunal Supremo, órgano encargado de sentar jurisprudencia, al que ya han llegado los primeros recursos judiciales. Finalmente, este 23 de septiembre, el pleno de la Sala Cuarta ha emitido por primera vez sus conclusiones sobre un caso de un trabajador de plataformas digitales, a propósito de este repartidor de Glovo que perdió en primera instancia y también en el TSJ de Madrid en su reclamación para demostrar la relación de falso autónomo con la compañía catalana que fundó Oscar Pierre.

“Glovo había presentado un recurso ante el Supremo”, explica Luis Suárez Machota, por su derrota en un caso que analizó el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Tras ello, la sentencia se convirtió en firme y se trata del fallo contradictorio que ha presentado el letrado de SBO Abogados en el caso de este trabajador, que tras perder en dos ocasiones ante los tribunales, ha logrado la primera vitoria de un 'rider' ante el Supremo.

Glovo no es una mera intermediaria

“El Tribunal rechaza elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, como había pedido Glovo, explican fuentes del Supremo a este medio. El Alto Tribunal estima el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante “argumentando que concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad”.

El Tribunal Supremo sostiene que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino que es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería “fijando las condiciones esenciales para la prestación del servicio”. Los magistrados sostienen que la multinacional es “titular de los activos esenciales para la realización de la actividad”, apuntan en el Supremo, y que para ello se sirve de repartidores que “no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador”.

La parte recurrente formuló un segundo motivo de casación, añaden en el Alto Tribunal, que se desestima “por el incumplimiento de requisitos formales”.

En opinión del abogado Luiz Suárez Machota, esta sentencia “da un impulso, desde el punto de vista político, a que el gobierno legisle esta materia para que clarifique la relación laboral. Aunque lo que dicen los magistrados del Supremo, a falta de conocer el texto de la sentencia, es que con la ley en la mano ya existe esa laboralidad”, abunda.

La regulación que prepara el Ministerio de Trabajo en este ámbito se ha retrasado por las numerosas y urgentes negociaciones pendientes (como la prórroga de los ERTE y la recién aprobada Ley del Teletrabajo), así como por presiones de la Vicepresidencia Económica que lidera Nadia Calviño, donde no ven tan clara la relación laboral como en el equipo de Yolanda Díaz, según fuentes sindicales y del sector.

En el sindicato UGT, muy activo en la batalla en los tribunales e Inspección de Trabajo de este colectivo de trabajadores, temen que la regulación sea “una puerta” para el lobby de las plataformas digitales e insisten en que lo necesario “es que se cumpla la legislación que ya existe”, en palabras de este mismo miércoles de Gonzalo Pino, secretario de Acción Sindical. El responsable de la investigación del trabajo en estas plataformas en el sindicato, Rubén Ranz, ha presentando hoy un informe sobre la “explotación” de las multinacionales de sus repartidores, entre los que hay muchas personas en situación irregular y muy precaria, ha denunciado el sindicalista.

Etiquetas
stats