Principio de acuerdo político para una 'ley rider' a nivel europeo que aumente el derecho de los trabajadores de las plataformas digitales como Uber, Glovo o Cabify. El Parlamento Europeo, la Comisión y el Consejo de la UE, a instancias de la presidencia española representada en este caso por el ministerio de Trabajo, han logrado un entendimiento que ahora tendrá que ser ratificado tanto por los parlamentarios como por los 27. Los gobiernos tenían una posición conjunta más dura que la de España, que no votó a favor, aunque fuentes de Trabajo aseguran que han seguido ese mandato en las negociaciones.
Una vez sea ratificada, la norma afectará a más de 28 millones de personas en la UE que trabajan en alguna de las alrededor de 500 plataformas digitales de todo tipo (reparto, transporte, etc). La UE calcula que el número de trabajadores para este tipo de compañías ascenderá a 43 millones en los próximos dos años. De ahí que el gobierno comunitario pusiera sobre la mesa una legislación para dotarles de derechos dado que la estimación es que 5,5 millones son falsos autónomos. La inspiración de la normativa fue la denominada 'ley rider' que ya está vigente en España, aunque la directiva europea será menos ambiciosa.
El principal escollo de las negociaciones ha estado en la denominada presunción de laboralidad. La Eurocámara apostaba por que hubiera un principio general de presunción de empleo, es decir, que por defecto se consideraran trabajadores y fueran las plataformas las que tendrían que demostrar en un litigio judicial que no lo son y que son falsos autónomos. La posición del Consejo de la UE consideraba que son los 'riders' los que tienen que demostrar una serie de criterios. El acuerdo se acerca más a esa posición.
La presunción laboral no será general o automática sino que los empleados de las plataformas deberán demostrar que cumplen al menos dos condiciones de cinco (los estados miembros pueden designar más) para ser considerados como trabajadores por cuenta ajena, por ejemplo, cuando se da la circunstancia de que la plataforma es la que determina su remuneración o la plataforma la que controla el desempeño de la actividad profesional.
El otro gran asunto sobre el que han pivotado las negociaciones a tres bandas, que han concluido este miércoles de madrugada, ha sido el uso de los algoritmos, que quedan muy limitados. Estará prohibido que se procesen datos personales relativos a la afiliación sindical, las comunicaciones privadas, el estado emocional, etc. Las plataformas tampoco podrán tomar decisiones relevantes, como despidos y o suspensiones de cuenta, sin supervisión humana. Además, tendrán que ofrecer transparencia sobre su funcionamiento algorítmico, informando a los trabajadores y a sus representantes del uso y funcionamiento de los algoritmos, así como de los motivos de las decisiones importantes.
La directiva prevé también sanciones para las plataformas que incumplan las disposiciones, así como procedimientos administrativos y judiciales a disposición de los trabajadores que se consideran mal clasificados.
Fuentes de la negociación explican que la ley prevé incrementar las inspecciones de trabajo en las plataformas que hayan sido objetos de sentencias individuales y que se ha sorteado la denominada 'excepción francesa', que ha defendido el Consejo, y que pretendía introducir a través de los convenios colectivos la elusión de las disposiciones de la directiva sobre los indicadores de la presunción de laboralidad.
“Esta propuesta, que se ha inspirado en la 'ley rider' española, supone un gran avance para las mujeres y los hombres que trabajan en plataformas digitales. Si el Consejo de Unión Europea lo ratifica la semana que viene, supondrá que estas personas trabajadoras contarán con más derechos, sobre todo aquellas que han sido consideradas hasta ahora erróneamente como autónomas, porque tendrán una mejor protección laboral y social”, señala Yolanda Díaz en un comunicado.
La 'ley rider' europea ha tardado tiempo en cocinarse en las instituciones europeas. Hace un año, España, junto a otros ocho países, entre ellos Alemania, bloquearon una propuesta en el Consejo de la UE al entender que era muy descafeinada. En junio, se alcanzó un acuerdo en el seno de los 27 en el que España, Holanda, Portugal y otros mostraron sus reticencias al considerar que no daba suficientes garantías a los trabajadores de las plataformas. Esa posición, como la que se ha acordado finalmente, no daba automáticamente presunción de laboralidad sino que quedaba sujeta al cumplimiento de tres de siete criterios. El acuerdo alcanzado lo deja en dos de cinco (con la posibilidad de que los estados miembros lo amplíen).
“Se trata de un acuerdo revolucionario y del primer marco legislativo para los trabajadores de plataformas digitales. Tenemos transparencia y responsabilidad para los algoritmos, tenemos mejores derechos para los trabajadores menos protegidos del mundo y tenemos competencia leal para las plataformas. Hoy podemos decir a 40 millones de trabajadores de plataformas que Europa está ahí para ellos, también para los trabajadores más precarios”, ha celebrado la ponente del Parlamento Europeo, la socialdemócrata italiana Elisabetta Gualmini.
“Hasta el último momento, los lobbies de Uber y Deliveroo trabajaron entre bastidores para sabotear esta directiva. Me habría gustado que este acuerdo fuera más ambicioso, pero no tiramos la toalla. Uber no ha hecho su ley en Europa”, expresa la parlamentaria de Francia Insumisa Leïla Chaibi (La Izquierda).