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Zapatero sacó a Panamá de la lista de paraísos fiscales en 2011

Zapatero recibe en La Moncloa al entonces presidente panameño. Ricardo Martinelli, en julio de 2011. LA MONCLOA

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Panamá dejó de tener la consideración de paraíso fiscal para España tras la firma de un convenio para evitar la doble imposición entre ambos países el 7 de octubre de 2010. El acuerdo, que entró en vigor en 2011, se interpretó como una cesión del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero para allanar las multimillonarias adjudicaciones en ese país a constructoras españolas, en especial Sacyr, responsable de la ampliación del Canal.

¿Por qué España sacó a Panamá de la lista de paraísos fiscales?

Tal y como recordaba en octubre de 2014 el entonces inspector de Hacienda y hoy diputado de Ciudadanos, Francisco de la Torre, hasta la firma de ese convenio Panamá aplicaba la denominada cláusula de retorsión y consideraba paraíso fiscal a cualquier otro país que le incluyese en su lista. “Esto podía significar, entre otras cosas, limitaciones a la contratación pública; precisamente en la época en que se licitaba una de las mayores obras públicas de todos los tiempos: la ampliación del Canal”. Además, si el país desde el que se repatría los dividendos (beneficios) está en la lista de paraísos fiscales también se le impondrá otro régimen de tributación más exigente.

Un elemento primordial de los acuerdos de doble imposición es que la información sobre los contribuyentes no se intercambia de manera automática entre las autoridades fiscales de ambos países. Esta tiene que ser solicitada por una autoridad competente.

¿Con qué países intercambia Panamá información?

En los tratados de intercambio de información, (Panamá los ha firmado con EEUU, Canadá, Groenlandia, Islandia, Islas Feroe, Noruega, Suecia y Finlandia) el proceso es más ágil: si el país ha iniciado una investigación y demuestra que ha agotado todos los mecanismos para recabar datos sobre un obligado fiscal que tiene una sociedad anónima o cuenta bancaria en ese país, Panamá estará obligado a entregar la información con la que cuente.

¿Qué países consideran a Panamá paraíso fiscal?

Panamá sigue teniendo la consideración de paraíso fiscal para la Comisión Europea y nueve países europeos (Bulgaria, Croacia, Eslovenia, Grecia, Italia, Letonia, Lituania, Polonia y Portugal) que lo incluyeron en junio pasado en una lista negra de territorios opacos.

¿Qué ventajas tiene invertir en Panamá?

Las “muchas” ventajas de invertir en Panamá las resumía en enero pasado el abogado Franklin Briceño, del bufete Sucre, Briceño & Co, en una jornada celebrada en la Cámara de Comercio de Madrid en la que explicó que las sociedades panameñas, además de para tener empresas operativas en ese país, son vehículos “muy, muy flexibles”, que se pueden crear “en tres días, siendo lentos”, para la “tenencia de activos y organización patrimonial”.

Constituir una sociedad en Panamá no requiere comparecencia personal del socio o socios y se realiza a través de suscriptores, normalmente, personal de un despacho que está obligado por ley a no revelar a quién representa y cede el derecho de suscripción de las acciones a los verdaderos socios o beneficiarios de las mismas. La propiedad de esas acciones no es pública y ese secreto sólo puede ser levantado en caso de investigación penal por orden de la autoridad competente.

Las reuniones de los miembros del consejo de administración (un mínimo de tres personas, naturales o jurídicas, panameñas o extranjeras) no tienen ninguna obligación de periodicidad y se pueden realizar de forma telemática. Y el objeto social de una sociedad panameña puede ser, según Briceño, “tan restringido o amplio como se desee” y la sociedad “puede dedicarse a cualquier negocio no descrito” en el mismo “siempre que sea lícito”.

¿Qué impuestos se pagan en Panamá?

En cuanto al pago de impuestos, “toda renta producida en el extranjero está exenta al 100% del pago de impuestos en Panamá”. Por ejemplo, una compañía española puede facturar a una sociedad panameña servicios prestados en Brasil y el 100% de la renta generada estará exenta gracias a ese convenio para evitar la doble imposición.

En el ámbito de la planificación fiscal para grandes fortunas, también destacan las fundaciones panameñas de interés privado, que, inspirándose en los Stiftung de Liechtenstein (como el que utiliza el fundador de la sueca Ikea, Ingvar Kamprad, para controlar el grupo), desde 1995 permiten una totalidad opacidad a sus propietarios, que pueden utilizarlas para eludir el pago de impuestos, planificar herencias o controlar acciones de empresas.

En Panamá hay ocho regímenes fiscales especiales muy ventajosos para los inversores extranjeros. Entre ellos destaca la figura de “sede de empresas multinacionales” (para servicios de tesorería, contabilidad o logística), que están exentas de todo impuesto directo o indirecto, tanto para la multinacional como para el personal expatriado que trabaje en ella; o las denominadas “ciudades del saber”, orientadas a la transferencia de conocimiento (centros de investigación e innovación, parques tecnológicos, incubadoras de empresas...) y que gozan de exoneración de todo impuesto.

Entonces, ¿Qué es un paraíso fiscal?

A día de hoy sigue sin existir una definición perfecta de su naturaleza, pero hay organismos que tratan de delimitar su significado. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) los define como países a los que fluye dinero desde el extranjero, a los que se aplican facilidades legales y económicas, con el fin de evitar el pago de impuestos en su país de residencia.

La OCDE considera que son tres las características comunes a todos los paraísos fiscales. La primera es el bajo o nulo nivel de impuestos que permite no solo evitar su pago en el país de residencia, sino que facilita el depósito y manejo del dinero sin tributar (o a un nivel bajo) desde el paraíso.

Asimismo, la opacidad informativa con la que maniobran los paraísos fiscales facilita que personalidades de todo tipo puedan esconder su dinero sin que, en principio, sea revelada su identidad, ya que estos lugares se caracterizan por no hacer preguntas de ningún tipo a los depositarios.

La tercera propiedad refuerza la línea anterior y tiene que ver con la falta de transparencia en las operaciones, permitida por unas leyes laxas al respecto y que conforman una característica imprescindible para realizar movimientos de dinero sin levantar sospechas ni ser pillado.

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