El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la Junta de Extremadura en el contencioso que ésta mantenía contra las restricciones a las limitaciones de nuevas plantaciones, replantaciones y conversiones que fueron establecidas por el Gobierno de Mariano Rajoy en diciembre de 2017.
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado en concreto los apartados segundo, cuarto, quinto y sexto de la Resolución de 27 de diciembre de 2017 del Ministerio de Agricultura, por el que se autorizaba solo 57,4 hectáreas de nuevas plantaciones de viñedo para cava.
El fallo insta al Ministerio a la aprobación de una nueva resolución en la que tenga en cuenta los intereses de todas las regiones de producción de cava en España, en especial de regiones como Extremadura que son consideradas desfavorecidas, aclara la Unión de Extremadura.
Así el Ejecutivo regional ha ganado el contencioso que mantenía por las restricciones que, en materia de nuevas plantaciones, replantaciones y conversión de derechos de replantación, fueron establecidas por la Resolución de 27 de diciembre de 2017 de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios para el año 2018, cuando se encontraba al frente del Ministerio Isabel García Tejerina.
El fallo
La sentencia señala que el Ministerio entonces dirigido por el Partido Popular estableció limitaciones a las nuevas plantaciones “sin respetar el requisito de necesario acuerdo entre las partes y sin motivar su decisión de acuerdo a derecho”, explica la Junta de Extremadura.
“No se aprecian razones de devaluación sino más bien todo lo contrario, e ignorando el principio de unidad de mercado, las peculiaridades geográficas de la DOP Cava, las normas de derecho de la competencia y la propia consideración de Extremadura como beneficiaria de las acciones prioritarias de la Unión Europea, Objetivo I de los Fondos Estructurales, evitando los principios comunitarios de solidaridad entre las regiones y de ayuda a las menos desarrolladas”, señala la Junta en una nota de prensa.
Por otra parte el Tribunal estima que la resolución afectó al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que establece como objetivo primordial de la PAC garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola, en especial mediante el aumento de la renta individual de quienes trabajan en la agricultura.
De este modo la Resolución que fue impugnada de forma inmediata por la Junta de Extremadura “atentó contra la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, afectando a la unidad de mercado interior, a la libre competencia y despreciando los principios en que aquél se basa por no existir un acuerdo previo entre las partes”.
El Gobierno regional subraya que siempre manifestó, antes y después de que se produjeran, su oposición frontal a las restricciones que finalmente fueron impuestas por el Gobierno de Mariano Rajoy.
0