La Audiencia de Álava pide a De Miguel que entre en la cárcel “sin demora” y le recuerda sus graves delitos de corrupción
La Audiencia Provincial de Álava, en varias resoluciones firmadas la pasada semana y que han sido notificadas este lunes, ha denegado el enésimo intento de evitar la cárcel de Alfredo de Miguel, ex 'número dos' del PNV de Álava condenado a más de doce años de prisión por una suma de delitos de corrupción (nueve de cumplimiento efectivo). Insiste también en que su búsqueda de un indulto político por parte del Gobierno de España -su última bala en la recámara- tiene poco recorrido. Le demanda que cumpla la pena “sin demora” en atención a la gravedad de los hechos que cometieron. Ha pasado ya medio año desde la sentencia definitiva del 'caso De Miguel' en el Tribunal Supremo, que llegó en enero, y cinco desde el juicio.
Asimismo, el tribunal ha estimado que los problemas de salud que alegó otro de los exdirigentes condenados, Koldo Ochandiano, no le impiden entrar a la cárcel, en su caso para el cumplimiento de una pena de siete años. Ha recibido dos denegaciones de sus intentos por evitar este trance. Para el tercero en discordia, Aitor Tellería, se ha acordado ampliar el informe médico con el quiso evitar el cumplimiento de la condena, tal y como demandó el fiscal del caso, Josu Izaguirre, y pese al intento del afectado de bloquear ese trámite ya que contaba con un dictamen favorable para sus intereses.
En el caso de De Miguel, los magistrados Elena Cabero, Ana Jesús Zulueta y Francisco García Romo estiman que “más allá de las alegaciones y aludirse a los graves perjuicios que se derivarían para la persona condenada de su ingreso en prisión no concurren motivos que autoricen a considerar que le puede ser otorgada la medida de gracia”. “Sopesando los hechos juzgados y las condenas que se le impusieron (máxime cuando se le ha considerado cabecilla de la asociación ilícita que se formó), con las alegaciones en relación a sus circunstancias sociales y personales, la gravedad y la extensión de los hechos realizados a varias instituciones públicas de esta comunidad autónoma hacen difícil la prosperabilidad del indulto solicitado y tal conclusión a la que llega la sala avala la decisión de denegarle la suspensión solicitada conforme al artículo 4.4 del CP, debiendo cumplir sin demora la pena privativa de libertad impuesta en este expediente”, avisa el tribunal. Ese “sin demora”, en principio, serían diez días hábiles desde la notificación, esto es, dos semanas reales.
Recuerda el tribunal que De Miguel “ha sido condenado en esta causa por hechos graves separados en ocho bloques que afectaban a diversos ámbitos del servicio público, habiendo abusado del importante cargo que tenía en el Parque Tecnológico de Alava para realizar dichos hechos, y abarcando actuaciones tales como contrataciones públicas indebidas, recalificaciones de terrenos, asignación de obras públicas previo pago de comisiones ilícitas y otras más, todo ello aprovechándose de su posición de poder dentro de una institución pública y así mismo de su posición dentro del partido político”, en este caso el PNV. Y añade: “Tales hechos han generado una sentimiento de alarma en la sociedad, y este factor debe ser tenido en cuenta a la hora de decidir sobre la suspensión solicitada que, recordemos, es excepcional”.
La Audiencia, incluso, desmonta la tesis de que el paso del tiempo hace ya injusta la condena. “En este caso, valorando todas las circunstancias en su conjunto, la gravedad, impacto social y extensión de los hechos a muchos sectores y a las más importantes instituciones públicas tienen más importancia que las circunstancias alegadas por el solicitante, como se ha dicho anteriormente. Si bien los hechos datan de 2010, también es cierto que la complejidad de la instrucción, de la celebración del plenario, y la pandemia que sobrevino, dilataron la resolución definitiva del Tribunal Supremo que se ha emitido en enero de 2023”, argumentan. Y también que no debería entrar en la cárcel por problemas de conciliación familiar. “Quedó acreditado que la esposa del solicitante trabaja y que los dos menores de edad estarían atendidos, máxime cuando a la esposa del señor De Miguel se le ha concedido la suspensión de la pena privativa de libertad a la que fue condenada”, remarca la sala. Ainhoa Bilbao, que era testaferro de su marido al igual que las parejas de Tellería y de Ochandiano, no tendrá que entrar en la cárcel por este asunto.
Sobre Ochandiano, el tribunal indica que no cabe que no entre en la cárcel por problemas médicos. “Las patologías orgánicas que presenta no pueden considerarse una enfermedad muy grave, y que puede ser realizado el seguimiento dentro del centro penitenciario, incluso gestionando las interconsultas que deban realizarse con los servicios médicos externo”, indican. Y apostilla: “Asimismo se emitió informe psiquiátrico por la alegada dolencia [mental] y en el que se reseña que tampoco es una enfermedad grave pudiendo realizarse el tratamiento oportuno en los servicios médicos del centro penitenciario”.
Finalmente, a Tellería se le recuerda que las partes -en este caso la Fiscalía- tienen derecho a “admitir, contradecir o proponer que sean ampliados” los dictámenes médicos. En su caso, logró un informe que constataba sus problemas de salud pero el ministerio público quiere saber si esas patologías son o no de gravedad suficiente para justificar que no se atienda una pena por delitos graves, en este caso de seis años. Así, en su caso se tendrá que ampliar el chequeo por parte del Instituto Vasco de Medicina Legal y, después, se tomará la decisión sobre su pena.
En este caso, medio año después de la sentencia y tres meses después desde que fuera firme, solamente uno de la quincena de condenados ha entrado en prisión. Lo hizo Xabier Sánchez Robles en mayo, en plena campaña electoral. El que fuera exdirector de Juventud tiene una pena de un máximo de siete años y no ha presentado ni una sola alegación tras recibir el veredicto final. Su esposa, la diputada del PNV Josune Gorospe, se ha caído ahora de las listas para las elecciones generales. El resto de implicados o no tenían pena de prisión o han logrado una suspensión.
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