La Sección Nº 2 de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha archivado una denuncia de la Fiscalía contra una tienda de CBD en Bilbao a la que acusaba de un presunto delito contra la salud pública por supuesto tráfico de estupefacientes al vender sus productos que contenían CBD. El CBD, o cannabidiol, es una sustancia química presente en la marihuana, que se puede comercializar legalmente en España siempre que su porcentaje de THC (tetrahidrocannabinol, el componente psicoactivo de la planta que produce el 'colocón') no supere el umbral del 0,5% que marca la legislación. Sin embargo, en muchas ocasiones quienes se dedican a vender este tipo de productos sienten que existe una persecución contra ellos, además del estigma de la sociedad.
“Esta sentencia es pionera”, detalla a este periódico Joan Bertomeu Castelló, abogado de Brotsanbert, despacho valenciano especializado en cannabis y quien ha llevado la defensa de la empresa bilbaína. “Ha evitado que una empresa que está dada de alta en Hacienda, paga sus impuestos y sus administradores, fuera juzgada por tráfico de drogas, a pesar de ser un establecimiento abierto al público. Este auto ha evitado que fueran a juicio porque la jueza entendió que los productos que venden no son considerados droga porque carecen de THC y tienen un alto nivel de CBD. Se considera que es cáñamo industrial y no es psicoactivo”, sostiene el abogado.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia del 19 de noviembre de 2020, indicó que “a diferencia del tetrahidrocannabinol (comúnmente denominado THC), otro componente del cáñamo, el CBD no parece tener efectos psicotrópicos ni efectos nocivos para la salud humana”, haciendo referencia a los conocimientos científicos actuales. Para definir el concepto “droga”, el tribunal europeo se remite a las definiciones de la Convención Única sobre Estupefacientes (1961) y al Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas (1971) de Naciones Unidas. Por tanto, clasificar el CBD como “estupefaciente”, dice el TJUE, “sería contrario al espíritu general de esta convención”, cuya finalidad es preservar “la salud física”.
No obstante, la interpretación que hace la Fiscalía Antidroga, haciendo referencia a la Convención Única sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas de 1961, es que cualquier “cogollo”, independientemente de la proporción de THC que contenga, se considera estupefaciente, exceptuando las plantaciones autorizadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), organismo dependiente del Ministerio de Sanidad.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia concluye que, tras el análisis realizado a los productos que se venden en la tienda, “por la Dependencia de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa únicamente se ha determinado en la analítica realizada sobre las sustancias ocupadas que todo el vegetal y polvo prensado se trataba de cannabis y resina de cannabis con un contenido en THC (tetrahidrocannabinol) inferior al 0,5%”, por lo que se trata de productos legales.
Una de las claves para lograr esta sentencia es la prueba documental aportada por la defensa. En ella, se deriva que las sustancias incautadas fueron adquiridas a empresas ubicadas en Italia y se trata de plantas y semillas incluidas en el Catálogo Común de la Unión Europea de semillas de la planta del cáñamo que pueden cultivarse por carecer de contenido psicoactivo. “Las pruebas analíticas realizadas en laboratorios facilitadas por las empresas proveedoras se desprende que las analizadas arrojan porcentajes totales de THC sobre las sustancias suministradas de CBD, CBN, CBG, THC y otros compuestos de la planta de 0,15, 0,19, 0,12, 0,16, 0,11, 0,17, 0,16, 0,27 y 0,18%”, sostiene el auto. Por lo tanto, inferiores al 0,5 considerado como ilegal.
“Es un precedente, porque deja claro que no se considera una droga ni se puede juzgar a las personas que tienen este tipo de negocios como traficantes. Por otro lado, es relevante también que se ha reconocido a nivel técnico que se debe aplicar el índice de psicoactividad para diferenciar lo que es cáñamo de lo que es marihuana. La Fiscalía se basa de manera sesgada y parcial, sin hacer un análisis pormenorizado de asunto, en que todo cogollo es marihuana y, por tanto, utiliza la jurisprudencia del Tribunal Supremo aplicable a la marihuana para este tipo de productos. Lo que ha hecho en este caso la Audiencia Provincial es matizarlo, decir que existe esa jurisprudencia sobre la marihuana, pero añade que es para la marihuana en concreto y no para este tipo de productos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lleva tiempo diciendo que cuando hablamos de cogollos de cáñamo industrial y de productos de CBD no podemos tratarlo como estupefacientes y esta sentencia se vale de ello para no considerar en este caso un delito de tráfico de estupefacientes”, explica el abogado.
Según reconoce en su trabajo como abogado especializado en este tipo de casos, a pesar de que las tiendas que venden productos de CBD como la de Bilbao, están en toda España, “la persecución que sufren es muy grande”. “La Fiscalía interpreta que no existe diferencia entre la droga dependiendo de si coloca o no, sino simplemente por su forma considera que son lo mismo”, lamenta.
Personas mayores, sus principales clientes
El responsable de la tienda, que prefiere no decir su nombre puesto que no es el único procedimiento judicial que hay en su contra, confiesa a este periódico estar “satisfechos” por el desenlace después de esta situación de “inestabilidad jurídica, vital y económica” que ha sufrido. “Somos unos jóvenes emprendedores. Confiamos en que se siga avanzando en este sentido. Unos de nuestros principales clientes son personas mayores que utilizan nuestros bálsamos para aliviar dolores musculares y articulares, sobre todo en casos de artrosis. Además, nuestros aceites ayudan a mitigar los brotes de dermatitis atópica”, reconoce.
De hecho, según explica, algunos de sus productos se venden en cadenas de distribución y herboristerías a nivel nacional. Sin embargo, este tipo de cadenas no sufren el “estigma y la persecución” que las tiendas de CBD, según lamenta. “Uno de los principales objetivos que tuvimos cuando creamos la empresa era deconstruir la concepción de la planta del cáñamo y sus usos, a la que le rodea un estigma y persecución a lo largo de la historia que ha conseguido cambiar la molécula del CBD”, concluye.