Condenada la empresa Indumetal Recycling por gestión inadecuada de residuos peligrosos de aparatos electrónicos

La sección primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado por un delito contra el medioambiente con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas -es decir, por retrasos en la Justicia- a la empresa Indumetal Recycling S.A. de Erandio y a cuatro de sus responsables. En una sentencia de conformidad, aceptada por las partes, el tribunal impone una pena de dos años de cárcel y una multa de 19.500 euros al que fuera vicepresidente de Indumetal Recycling S.A entre 2008-2018 y al director general de la empresa. Además, condena a siete meses de prisión y multa de 7.500 euros al jefe de planta entre 2013 y 2017 y al encargado y responsable de Calidad, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo, condena a la persona jurídica Indumetal Recycling S.A a una multa de 60.000 euros por el citado delito.

El tribunal declara probado que la empresa, dedicada al reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y el resto de acusados, “cada uno en su parcela de responsabilidad”, incumplieron “de forma sistemática” al menos desde 2013 y hasta el inicio de la investigación por estos hechos, en 2016, las exigencias legales en la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y recogido Europa Press.

En la sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso, se indica que la empresa almacenaba “las materias primas y los residuos en lugar y modo inadecuados, al aire libre y sobre una solera agrietada que producía filtraciones, lugar donde igualmente volcaban y rompían los equipos haciéndolos impactar sobre el suelo empleando para ello vehículos denominados 'pulpo' y 'toro'”. También se precisa que, aunque la empresa disponía de una nave para la correcta gestión de todo tipo de residuos vinculados con aparatos eléctricos, como televisores, gran parte de los equipos con tubos de rayos catódicos y pantallas de cristal líquido se introducían en la denominada línea 0 donde un molino rompía y trituraba los equipos no descontaminados previamente, “provocando que todo el polvo fluorescente y el mercurio” que contenía se pudiera liberar sin control ni aspiración.

“La inadecuada gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos provocaba la liberación al aire, suelo, sedimentos y agua de los elementos químicos contenidos en su interior, lo cual generaba un riesgo de afección sustancial a la calidad del aire, suelo y agua”, añade la sentencia. En concreto, dice la resolución, “el polvo así liberado podía finalizar en el aire y en el sistema de alcantarillado de la empresa que acababa en depósitos de decantación de aceites y grasas, concebidos y diseñados para separar grasas, pero no productos químicos, de modo que gran parte podía desembocar en la ría de Asua”.

El tribunal considera que el que fuera vicepresidente y el director general, y por ende la empresa, diseñaron y establecieron unos procedimientos “inadecuados” como forma de tratar gran parte de este tipo de residuos en la planta de Erandio y que éstos se tomaron como protocolo a seguir por parte del resto de los trabajadores. “Estos procedimientos se asumían por parte de los mandos intermedios, quienes se encargaban de transmitir las órdenes y las instrucciones a los operarios, quienes, a su vez, se encargaban de llevar a cabo las operaciones de tratamiento inadecuadas relatadas”, dice la Audiencia de Bizkaia.

Así el entonces jefe de planta “daba las indicaciones precisas no imponiendo correcciones sobre dicho protocolo establecido” y el responsable de Calidad “solventaba algunas disfunciones en el ámbito medioambiental sin alterar las líneas marcadas desde las instancias superiores”, añade la sentencia. El tribunal reconoce asimismo la existencia de dilaciones indebidas para atenuar la pena, ya que a lo largo de la tramitación de esta causa se ha producido “un destacable periodo de inactividad” entre 2020 y el momento en el que se dictó el auto de julio de 2021 de transformación en procedimiento abreviado. Finalmente, la Audiencia de Bizkaia acuerda suspender la ejecución de las penas privativas de libertad por un plazo de dos años, condicionada a la no comisión de delitos en ese tiempo.

En 2022, este periódico informó que la empresa Indumetal Recycling había logrado ese año del Ayuntamiento de la localidad vizcaína de Zalla, gobernada por el PNV, una licencia de obra para la construcción de un pabellón industrial en el polígono de El Longar. El plan es instalar un proyecto llamado Induplast consistente en la valorización de los componentes de plástico de los aparatos electrónicos. Este movimiento suscitó polémica. Entonces la compañía estaba ya siendo investigada varios años por las prácticas contaminantes en Erandio, que llegaron a ser objeto de un programa de 'Equipo de Investigación' de La Sexta.

elDiario.es/Euskadi

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