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Las dilaciones indebidas rebajan también las condenas en el 'caso Margüello' tras pasar por el filtro del Supremo

Primera sesión del juicio por el 'caso Margüello'.

elDiario.es Euskadi

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El Tribunal Supremo ha rebajado entre uno y cuatro años las condenas de inhabilitación que la Audiencia Provincial de Bizkaia impuso en 2018 por prevaricación a los tres condenados en el denominado 'caso Margüello', de irregularidades en contratos públicos del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza, al aplicarles atenuantes, entre ellas, la de dilaciones indebidas, que ya fue clave para que se redujeran las penas en otros asuntos como el 'caso De Miguel'. Ya en su momento se excluyó la pena de prisión en este procedimiento.

Así quedan las penas: la sala segunda del Supremo reduce de nueve a ocho años de prisión la pena del exdirector de Sanidad de Bizkaia, José Ramón Elorriaga, de nueve a cinco años y tres meses la del exjefe de Calidad del Hospital de Cruces, José Carlos Margüello, y de siete a tres años y medio la de la que fuera su socia, María Nieves Fernández. La Audiencia vizcaína condenó el 7 de septiembre de 2018, por delitos de prevaricación, a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público a Margüello y al exdirector de Sanidad de Bizkaia José Ramón Elorriaga, así como a siete años a la que fuera socia de Margüello, María Nieves Fernández, mientras que absolvió al exviceconsejero de Sanidad Rafael Cerdán, informa Europa Press.

La Fiscalía impugnó la resolución judicial y el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso y ha estimado parcialmente los presentados por los acusados. Por ello, aplica a los condenados la atenuante de dilaciones indebidas y, en el caso de José Carlos Margüello y María Nieves Fernández, también la atenuante prevista en el artículo 65.3 del Código Penal que puede aplicarse al inductor o el cooperador necesario en quienes no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor. La Audiencia Provincial de Bizkaia absolvió a los tres procesados de los delitos de malversación de caudales públicos y fraudes ilegales. Además, Margüello fue absuelto también del delito de negociaciones prohibidas a funcionarios.

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