Entra en vigor en Euskadi la distancia de 150 metros entre locales de juego y colegios
El Departamento de Seguridad del Gobierno vasco ha publicado un decreto este martes en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) que impone una distancia mínima de 150 metros entre los locales de juego y los centros educativos. Además, restringe a 170 el número de salones de juego en Euskadi, se establece que haya una distancia entre ellos de 500 metros como mínimo y se endurecen los requisitos de acceso.
La nueva normativa, que entra en vigor este martes, modifica el decreto por el que se aprobó el reglamento general del juego en Euskadi con el objetivo de prevenir la aparición de “situaciones de juego problemático o patológico” y reducir su incidencia en los jóvenes o adolescentes, entre los que se ha detectado un aumento de la adicción. Por ello, el decreto 19/2022, de 8 de febrero, establece que los locales de juego, excepto los casinos, deberán respetar distancias mínimas entre ellos de 500 metros, mientras que aumentará a 150 metros respecto a respecto a los centros de enseñanza de estudios reglados de primaria, secundaria y formación profesional, según informa Europa Press.
También endurece los requisitos para el acceso a estos establecimientos, de forma que se debe exigir el DNI incluso para acceder a la zona de hostelería. Los locales de juego que no dispongan de un control de admisión, deberán instalarlo y ponerlo en funcionamiento en el plazo de nueve meses desde su entrada en vigor. Por otro lado, reduce el número máximo de autorizaciones de locales de juego para mitigar la alta colmatación, estableciendo una ratio de un local de juego por cada 10.000 habitantes. Aplicando dicha ratio, se fijarían unos nuevos umbrales máximos: 170 salones de juego, 14 bingos, y 20 locales de apuestas por operador, manteniendo el cupo de casinos en tres, como hasta ahora.
La norma recuerda que el Observatorio Vasco del Juego ha evidenciado un aumento en la oferta y accesibilidad al juego, “especialmente debido a la irrupción de nuevos canales y tecnologías de la información”. En este sentido, cree “destacable el auge experimentado” en el juego online, y más concretamente la apuesta deportiva online, que además de ser accesible las 24 horas del día, permite la ocultación y privacidad de la práctica. También ha constatado que esta modalidad prolifera entre jóvenes y adolescentes. Como consecuencia de todo ello, la demanda por tratamiento por adicción o por comportamiento abusivo del juego está en aumento, según subrayan las asociaciones de rehabilitación.
Los datos de 2017 indican que un 0,2% de la población de la Comunidad Autónoma Vasca podría ser calificada como jugadora excesiva. Estas circunstancias han provocado que el 53,2% de la población vasca considere que las acciones de prevención dirigidas a menores y jóvenes constituya el ámbito de actuación prioritario de la Administración. Otros ámbitos que cuentan con un importante apoyo son las actuaciones de sensibilización sobre prácticas de riesgo y la regulación de la publicidad y control de acceso a los establecimientos. Por todo ello, se considera que acciones de prevención no pueden radicar únicamente en medidas de autocontrol o en la promoción genérica del juego responsable. Por otro lado, la regulación del juego debe abordarse desde el enfoque de la salud pública, tal como establece la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias. El artículo 50 de esta norma realiza un mandato al regulador del juego para que adopte medidas concretas con el fin de prevenir la aparición de situaciones de juego problemático o patológico.
Plan de acción
El Observatorio Vasco del Juego, en base a las evidencias de los estudios, ha elaborado un Plan de Acción que ha sido elevado a la Comisión Técnica Asesora de Juego y al Consejo Vasco del Juego, que, tras aprobarlo, acordó iniciar el proceso de revisión reglamentaria de acuerdo con las líneas de actuación propuestas. Concretamente, considera necesario adoptar medidas que modulen la oferta del juego teniendo en cuenta las demandas de la sociedad, así como el mandato realizado por la propia Ley de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.
Concretamente, plantea adoptar medidas para mejorar la gestión y el control de acceso al juego, especialmente de menores de edad y de personas con problemas de juego patológico. Además, debido a los desarrollos tecnológicos recientes, alerta de la necesidad de moderar el potencial adictivo del juego y reforzar los protocolos de control y auditoría del mismo, todo ello explotando el potencial de las Tecnologías de la información y la comunicación. En este sentido, destaca que los avances tecnológicos no sólo facilitan el acceso al juego, sino que repercuten en el propio desarrollo de los mismos, dificultando en ocasiones la transparencia de las reglas y reparto de premios pudiendo inducir a error a la persona consumidora o usuaria.
Por esta razón, cree conveniente asegurar la tecnología como instrumento para la correcta monitorización y trazabilidad de todas las operaciones de juego realizadas en cualquier sistema de juego presencial y/u online, reforzando la protección de las personas consumidoras/usuarias al mismo tiempo que se reduce la carga administrativa de las operadoras.
Municipios con concentración de locales
El Gobierno vasco ha evaluado el impacto de las distancias mínimas entre locales de juego y su ubicación, con el fin de fijar una distancia sostenible que evite puntos de alta colmatación de locales de juego. En el estudio, figuran los municipios con una alta concentración de locales de juegos y apuestas: Vitoria, Irún, Eibar, Gernika, Bilbao y Donostia. Asimismo, muestra que la planificación establecida en el año 2016 trasladó, en cierta medida, la oferta de juego a otros municipios y al extrarradio de las ciudades.
En base al análisis geoespacial realizado y a distintas simulaciones, se han modificado las distancias entre locales de juego, entre otras cosas. El decreto modifica ciertos aspectos relativos a los locales de juego, en cuanto al número de licencias, características del espacio interno y externo, aforos, tipos de máquinas de juego y premios. En este sentido, y con intención de reducir la cantidad total de máquinas de tipo B, se suspenden, hasta nueva revisión, las nuevas autorizaciones de este tipo de máquinas.
Se modifican aspectos relativos al funcionamiento de los juegos con el fin de asegurar la veracidad de los premios, mejorar su monitorización y asegurar unas reglas del juego entendibles para la persona consumidora y usuaria, incorporando elementos que moderen su potencial adictivo. Se prevé, asimismo, la introducción de la figura del arbitraje para resolver las disputas surgidas en el contexto de las reclamaciones entre personas jugadoras y locales de juego.
Por otra parte, se modifica la composición de la comisión técnica asesora del juego para incorporar, tanto a representantes del sector de fabricantes, como de los Departamentos competentes en materia de educación y de juventud, dado que su aportación puede ser relevante y no estaban incluidos en la composición original. El decreto incluye una Disposición Transitoria por la que se prohíben los traslados y las ampliaciones de locales de juego, mientras no se esté por debajo del máximo de locales permitidos. También se introduce una nueva Disposición Transitoria Décima que restablece una medida de apoyo al sector, que ya se adoptó anteriormente en 2020 y 2021 en las situaciones de estado de alarma, para amortiguar los perjuicios causados por las restricciones por la COVID-19.
0