Las bibliotecas deberán pagar a partir del 1 de enero de 2016 un canon por libro prestado o por usuario registrado en cada centro a las sociedades de autores o editores. Así lo establece el decreto aprobado el pasado 1 de agosto por el Gobierno central y que afectará a los municipios con más de 5.000 habitantes.
El Gobierno vasco ha recibido este anuncio con preocupación ya que “viene en un mal momento en el que en el conjunto del Estado se está registrando un descenso en la cuantía de los fondos para la compra de libros nuevos para las bibliotecas, y aplicar ahora este decreto puede repercutir en un mayor descenso del dinero destinado a nuevos ejemplares”, aseguran fuentes del departamento de Educación, Política Lingüistica y Cultura del Ejecutivo autónomo.
El decreto establece que son los titulares de las bibliotecas los encargados de pagar este canon, es decir los ayuntamientos o las diputaciones, por lo que “entendemos que no le corresponde al Gobierno hacerse cargo del mismo”, aseguran desde el departamento. Aún así el Gobierno vasco confirma su disposición a hablar con los municipios y buscar la fórmula para “compensar el gasto que va a suponer este desembolso y que puede repercutir en un descenso del número de libros, algo que entendemos que es perjudicial tanto para los autores como para los usuarios”, reconocen.
Una de las vías que maneja el Gobierno autónomo es mantener o aumentar la partida destinada a la compra de libros nuevos para “evitar el efecto negativo” que puede suponer el canon. En 2013 el Gobierno destinó 680.000 euros y en 2014 aumentó esta partida en 140.000. Los responsables del departamento tienen previsto, una vez pasadas las vacaciones, ponerse en contacto con los municipios afectados por esta medida para analizar de qué manera se aplicará el decreto y tomar las medidas más adecuadas porque según afirman “todavía no está claro de qué cuantía estamos hablando ni de qué manera deberá afrontar cada municipio este gasto”.
La aprobación de este decreto responde a un requerimiento del Parlamento Europeo que impone a los Estados miembros de la Unión Europea la obligación de reconocer a los autores el derecho de autorizar o prohibir el préstamo de originales y copias de obras protegidas por el derecho de autor. El decreto establece que a la hora de fijar el importe de esta remuneración se debe tener en cuenta el número de obras que son objeto de préstamo y el número de usuarios efectivos de este servicio. La cuantía que fija es de 0,0004 euros por ejemplar y 0,05 euros el número de usuarios inscritos anualmente en cada establecimiento que hayan hecho uso efectivo del servicio de préstamo en el año correspondiente.