Facua sigue su cruzada contra las irregularidades en festivales y denuncia al Bilbao Blues Festival
La organización de consumidores Facua ha denunciado ante Kontsumobide al certamen musical Bilbao Blues Festival, celebrado del 28 al 30 de julio pasado en la capital vizcaína, por imponer como único método el pago con tarjeta de crédito, además de lo que considera “otras irregularidades” de la promotora, como no informar sobre los fines y tratamiento de datos de carácter personal que recabó durante la cita. Por este último extremo, la asociación ha elevado una instancia a la Agencia Española de Protección de Datos contra la promotora del evento, tal y como ha informado Facua en un comunicado.
Entre otras irregularidades detectadas, Facua-Consumidores en Acción ha denunciado que, en la web del festival, “no se informa de qué persona, física o jurídica es la titular o del número de registro o identificación fiscal de la entidad organizadora”.
En su comunicado, Facua ha explicado que, en primer lugar, ha elevado una instancia al Servicio Territorial de Bizkaia del Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, donde ha denunciado que, tal y como se desprende de la propia página web del Bilbao Blues Festival, “la promotora del evento prohibió el pago de las consumiciones y abonos en la moneda de curso legal: el euro”. De esta forma, y tal como podía leerse, “para poder agilizar la atención durante el festival, el único método de pago aceptado será la tarjeta de crédito”. “Por lo tanto, el abono de cualquier tipo de consumición, así como las camisetas y otros productos de merchandising sólo se podrá realizar de esta forma”, cita la web.
Ante estos requisitos, la asociación ha advertido de que “no es de recibo que, durante el desarrollo de un espectáculo público, como en el presente caso, se impida que un consumidor haga sus compras utilizando billetes y monedas que se correspondan con la moneda de curso legal en España”.
Al respecto, Facua ha recordado que “la única limitación” es la que deviene del artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, que establece “un importe máximo menor o igual a 1.000 euros que se puede abonar con monedas y billetes de euro”.
Por tanto, a su entender, esta práctica que se aplicó en el Bilbao Blues Festival “podría suponer una infracción sancionable por la autoridad de consumo conforme a la Ley 4/2023, de 27 de abril, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias, que recoge expresamente en su artículo 139, apartado 30, que ”constituyen infracciones en materia de contratos con personas consumidoras y usuarias la realización de transacciones en las que se impongan injustificadamente a la persona consumidora o usuaria condiciones, recargos o cobros indebidos, así como la no aceptación de los medios de pago admitidos legalmente u ofertados“.
Facua ha subrayado que ha podido comprobar “cómo en la página web del Bilbao Blues Festival no se informaba en ninguno de sus apartados de qué persona, física o jurídica, es la titular de esta web, ni ninguna clase de número de registro o de número de identificación fiscal”.
Además, meses después de la celebración del evento, el “aviso legal” sigue sin ofrecer la información exigible que permita a los consumidores identificar a la promotora, obstaculizando el derecho que le asiste, por ejemplo, a poner una reclamación“.
La asociación ha denunciado ante la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial estos presuntos incumplimientos de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) cometidos en la página web del festival, donde no se recogían los datos que la normativa obliga a que sean proporcionados a los usuarios.
Así, el artículo 10 de la citada normativa indica, entre otros, que debe aportarse “nombre o denominación social”, “datos de inscripción en el Registro Mercantil” y “número de identificación fiscal” de los promotores del evento.
Para Facua, la promotora del festival “está obligada”, conforme a este artículo, a ofrecer información sobre “los datos relativos a dicha autorización y los identificativos del órgano competente encargado de su supervisión” así como del “número de identificación fiscal que le corresponda”, o sobre los precios de los productos y servicios que ofrezca, “indicando si incluye o no los impuestos aplicables”.
En la misma línea, el apartado primero del artículo 43 de la Ley 34/2002 menciona que “la imposición de sanciones por el incumplimiento de lo previsto en esta Ley corresponderá, en el caso de infracciones muy graves, a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y en el de infracciones graves y leves, a la persona titular de la Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial”.
Datos personales
En otro orden de cosas, Facua ha elevado asimismo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) una denuncia contra la promotora del Bilbao Blues Festival por no informar a los usuarios de los fines y del tratamiento de los datos de carácter personal que la entidad recaba.
Como pudo verificar la asociación antes de formular la denuncia, “nada se mencionaba en la web relación a los datos personales que pudieran obtener de los usuarios que accedan a esta plataforma”.
Tampoco, prosiguen desde Facua, “ni de cuáles serán los fines que darán a estos datos ni cómo los interesados pueden ejercitar sus derechos sobre el tratamiento de sus datos personales, ni si existe algún responsable designado para esta clase de menesteres”.
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