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Nueva sentencia contraria a la alcaldesa de Barakaldo en su conflicto con los letrados del Ayuntamiento

Los tribunales han dado un nuevo varapalo a la alcaldesa de Barakaldo, Amaia del Campo (PNV), en el conflicto que mantiene con los letrados del ayuntamiento. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado la apelación del consistorio y ratificado la sentencia dictada por el contencioso-administrativo que consideraba que el despido de letrado titular por “falta de confianza” y su degradación a un puesto inferior es “contrario a derecho”, ya que no se trata de un cargo de libre designación, y que anulaba también cese posterior de la otra letrada del Ayuntamiento.

La alcaldesa, mediante decreto, había destituido al letrado titular, adscribiéndole el puesto de letrado interino, y por tanto despidiendo a la segunda letrada. En primera instancia la Justicia tumbó esta decisión, por lo que la alcaldesa tuvo que readmitir a los letrados, pero apeló al Superior, que ratifica ahora la sentencia anterior. El conflicto con estos letrados arrancó ya en la pasada legislatura por discrepancias sobre cómo debían llevarse los asuntos jurídicos del Ayuntamiento, lo que ha motivado que la alcaldía haya derivado a bufetes privados la mayoría de los contenciosos en los que se ha visto envuelto el consistorio. Ello ha provocado las criticas de la oposición. En estos momentos al letrado titular se le ha forzado a jubilarse, a los 66 años, aunque había pedido continuar hasta los 70 años, mientras que la otra letrada se encuentra de baja laboral.

La sentencia del Superior ratifica que el “cese por falta de confianza en el puesto de Letrado Asesor con cobertura mediante libre designación es contrario a derecho ya que no podía considerarse como tal el puesto, sino que fue asignado en el año 1988 y mediante oposición, como titular indefinido”. Y abunda: “Esta solución implica a su vez que el titular del puesto no puede ser destinado al ocupado interinamente por la otra recurrente ni esta, por tal causa, ver extinguido su nombramiento por cobertura reglamentaria del puesto de Letrado que interinamente ocupaba”. 

Recuerda la sentencia que el letrado “superó una oposición, logró una plaza y ocupó un puesto de trabajo”, lo que le convierte “en funcionario de carrera con una serie de derechos, entre ellos el derecho al cargo y a ser mantenido en el puesto en tanto no se diesen causas legales”. Y que no costa que el puesto hubiera cambiado al de libre designación por lo que rechaza la apelación del Ayuntamiento, que todavía tiene posibilidades de reclamar ante el Tribunal Supremo.

Un conflicto que arranca en 2018

El conflicto de la alcaldía con estos dos trabajadores arranca en 2018, cuando la entonces letrada interina solicita que se le equipare el puesto en la RPT (Relación de Puestos de Trabajo) con el de su compañero, el letrado titular, al considerar que realizan las mismas funciones. Aunque el pleno se posicionó mayoritariamente a su favor (su postura tiene el apoyo de PSE-EE, EH Bildu e Irabazi, la marca de la izquierda entonces) finalmente se desestimó el recurso de la trabajadora.

Tras varias reclamaciones de la trabajadora para que se reconozcan determinados complementos retributivos que la alcaldía rechaza por decreto, se produce en 2019 uno de los momentos de mayor tensión entre la alcaldía y los servicios jurídicos cuando elaboran un informe sobre la defensa judicial en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Fundación Miranda contra una moción aprobada por el pleno en septiembre de 2018. En ese informe, los letrados recomiendan revocar ese acuerdo plenario, ya que consideran que no se tenían competencias para aprobarlo y no se había seguido el procedimiento legal establecido. La alcaldesa decidió seguir adelante y defender la moción en los tribunales, que finalmente perdió. A partir de ese momento, la alcaldía deja constancia en un decreto fechado en marzo de 2019 que los letrados siguen la práctica procesal de solicitar por su cuenta suspensiones de procedimientos cuando consideran que no se ajustan a derecho sin contar para ello con la Aacaldía o el área concernida y Amaia del Campo dispone de una serie de instrucciones para obligarles a comunicar de forma previa todas las decisiones en el ámbito procesal. Este decreto, que restringe las funciones de los letrados, fue posteriormente declarado contrario a derecho y nulo por los tribunales, tras admitir el recurso contencioso-administrativo presentado por los letrados.

Unos meses más tarde, en octubre de 2019, la alcaldesa aprobó iniciar el procedimiento de “remoción” -privación de cargo o empleo- del letrado titular alegando “falta de confianza”, por un lado, por las actuaciones ante el juzgado sin contar con los órganos municipales, y, por otro, por el apoyo a la funcionaria interina en sus reclamaciones salariales. En enero de 2020 Amaia del Campo firma un decreto para destituir al jefe de servicio de la asesoría jurídica y le degrada al puesto de letrado asesor. Al día siguiente, también por decreto, despide a la que entonces era letrada asesora porque, al ser funcionaria interina, su puesto desaparecía al ser ocupado por el hasta entonces jefe de la asesoría jurídica. Otro decreto que un año después fue anulado por el juez y condenó al Ayuntamiento a restituirles en sus puestos, pagándoles lo que han dejado de percibir durante ese tiempo, incluida la Seguridad Social. Ahora el Superior ha rechazado la apelación.

Posteriormente el juzgado estimó también el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entonces letrada interina y reconoce su derecho a los complementos retributivos que reclamaba. Precisamente en junio de este año en la Junta de Gobierno se da cuenta de la sentencia del Superior que ratifica al abono durante los últimos cuatro años, más intereses, de las cantidades adeudadas a esta trabajadora en concepto de complementos retributivos. El último episodio se produjo el 9 de septiembre con el decreto la jubilación forzosa del letrado titular.

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